Orden SCO/3441/2006, de 30 de octubre, por la que se procede al nombramiento y declaración de excedencia voluntaria en la categoría de Gobernantas.

MarginalBOE-A-2006-19425
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio de Sanidad y Consumo
Rango de LeyOrden

Por Orden de 29 de noviembre de 2001 (B.O.E. de 7 de diciembre), se convocó proceso extraordinario de consolidación y provisión de plazas de personal estatutario de la categoría y especialidad de Gobernantas.

Finalizada la fase de selección se procedió mediante Orden SCO/2986/2004, de 30 de agosto (B.O.E. de 16 de septiembre) a la declaración de la situación de expectativa de destino a los aspirantes que habían superado el concurso oposición.

Por Orden SCO/3897/2004, de 10 de noviembre (B.O.E. de 29 de noviembre), se inició la fase de provisión del citado proceso extraordinario.

Habiendo finalizado la fase de provisión y de acuerdo con lo dispuesto tanto en la Ley 16/2001, de 21 de noviembre, como en las bases de la convocatoria, este Ministerio, resuelve:

Primero.-Nombrar personal estatutario fijo como Gobernantas, procediendo a su declaración en situación de excedencia voluntaria, a los aspirantes relacionados por orden alfabético en el anexo de esta Orden, que habiendo superado la fase selección y participando en la fase de provisión desde la situación de expectativa de destino, no han sido adjudicatarios de plaza.

Segundo.-De acuerdo con lo previsto en la Disposición adicional cuarta de la Ley 16/2001, de 21 de noviembre, al personal que se declara por esta Orden en situación de excedencia voluntaria, no le resulta de aplicación la exigencia prevista en el artículo 67.2 del Estatuto Marco del personal estatutario de los Servicios de Salud, en orden a la necesidad de que transcurran dos años para solicitar el reingreso.

Disposición final

Contra esta Orden podrá interponerse alternativamente, recurso potestativo de reposición ante el Ministerio de Sanidad y Consumo (Paseo del Prado, 18,20. 28071-Madrid), dentro del plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta Orden (artículos 116 y 117 y disposición transitoria segunda, párrafo segundo, de la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de RJAPyPAC), o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, dentro del plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Orden (artículo 9.a de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa; BOE de 14 de julio).

Madrid, 30 de octubre de 2006.-La Ministra de Sanidad y Consumo, P.D. (Orden SCO/2475/2004, de 8 de julio), el Director...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR