Resolución de 23 de noviembre de 2010, de la Presidencia de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora, por la que se establece un nuevo campo relativo a la transferencia de conocimiento e innovación y se actualizan los criterios específicos en cada uno de los campos de evaluación.

MarginalBOE-A-2010-18882
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Educación
Rango de LeyResolución

La Orden de 2 de diciembre de 1994 («BOE» del 3), dictada en desarrollo del Real Decreto 1086/1989, de 8 de agosto, sobre retribuciones del profesorado universitario, vino a establecer el procedimiento para la evaluación de la actividad investigadora, determinando en su anexo II los campos científicos a efectos de organizar dicha evaluación.

En concreto, dicho anexo articuló la actividad evaluatoria en torno a once campos relativos respectivamente a Matemáticas y Física; Química; Biología Celular y Molecular; Ciencias Biomédicas; Ciencias de la Naturaleza; Ingenierías y Arquitectura; Ciencias Sociales y Políticas; Ciencias Económicas y Empresariales; Derecho y Jurisprudencia; Historia y Arte y Filosofía, Filología y Lingüística.

Posteriormente, mediante Orden ECI/3184/005, de 6 de octubre, se aprobó el reglamento de funcionamiento interno de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora (CNEAI), cuyo artículo 6 atribuye al Pleno de la citada Comisión, entre otras funciones, la determinación del número de campos científicos, así como su denominación y las áreas adscritas a los mismos.

Resulta indudable que el proceso reglado de evaluación de la actividad científica a que se ha hecho referencia ha constituido a lo largo de las dos últimas décadas un excelente incentivo de la promoción científica e investigadora en España en todos los campos del conocimiento tanto en el seno de las universidades como de los organismos públicos de investigación.

Por otra parte, la transferencia a la sociedad, y al tejido productivo en particular, del conocimiento y la tecnología resultante de la realización de proyectos de investigación, permite aumentar el bienestar social y económico y, de esta manera, visualizar por parte del ciudadano la rentabilidad de la inversión en I+D. Además de formar parte de las misiones fundamentales de la universidad, la innovación y transferencia del conocimiento al tejido productivo es esencial para conseguir la transformación progresiva de nuestras empresas hacia una economía basada en el conocimiento.

Sin embargo, el sistema actual no contempla la posibilidad de valorar adecuadamente aspectos ligados a los esfuerzos de los investigadores en el ámbito de los resultados de innovación y transferencia, lo que hace que las universidades y los propios investigadores no vean plenamente reconocida ni recompensada su labor integral en las tres misiones universitarias y su acercamiento y compromiso con la sociedad y sus empresas, en un momento como el actual, en el que se propugna un cambio de modelo productivo que, en buena medida, debe estar pilotado por la propia universidad y los centros de investigación.

La CNEAI, consciente de la importancia que para el futuro del país tiene la innovación y la transferencia de los resultados de la investigación realizada en las Universidades y en los Organismos Públicos de Investigación a las empresas o a otros agentes sociales, considera que el trabajo que los investigadores desarrollan en dicho proceso de transferencia es parte integrante y sustancial de su labor investigadora. Ello no...

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