Orden DEF/3573/2008, de 3 de diciembre, por la que se establece la estructura de los servicios de prevención de riesgos laborales en el Ministerio de Defensa.

Fecha de Entrada en Vigor11 de Diciembre de 2008
MarginalBOE-A-2008-19958
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Defensa
Rango de LeyOrden

El artículo 22 del Real Decreto 1755/2007, de 28 de diciembre, de prevención de riesgos laborales del personal militar de las Fuerzas Armadas y de la organización de los servicios de prevención del Ministerio de Defensa, establece la estructura de los servicios de prevención que será coordinada por una unidad dependiente de la Subsecretaría de Defensa, con las características que recoge el artículo 24 del mismo real decreto, y de la cual dependerán funcionalmente los órganos de los servicios de prevención de los ejércitos y de las unidades, centros y organismos ajenas a los mismos.

Dado que el fin de la actividad preventiva es la protección de las personas en el ámbito de su puesto de trabajo, además de crear la estructura ordenada por el real decreto antes citado, se considera oportuno proporcionar también unos criterios generales que faciliten la homogeneidad de la estructura general, traten esta disciplina como un todo integrado y ayuden a un mejor funcionamiento del sistema de prevención de riesgos laborales.

En su virtud, y de acuerdo con las atribuciones que me confiere la disposición final segunda del Real Decreto 1755/2007, de 28 de diciembre, de prevención de riesgos laborales del personal militar de las Fuerzas Armadas y de la organización de los servicios de prevención del Ministerio de Defensa, dispongo:

Primero. Objeto.-Esta orden tiene por objeto:

  1. Establecer la estructura de los servicios de prevención de riesgos laborales en el Ejército de Tierra, la Armada, el Ejército del Aire y en las unidades, centros u organismos (UCO,s) ajenos a la estructura de los ejércitos.

  2. Crear la Unidad de Coordinación de los Servicios de Prevención de Riesgos Laborales.

  3. Proporcionar criterios para organizar los servicios de prevención de riesgos laborales.

    Segundo. Creación de la Unidad de Coordinación.-Dependiente de la Subsecretaría de Defensa se crea la Unidad de Coordinación de los Servicios de Prevención de Riesgos Laborales, con la estructura, funciones y dependencias que se establecen en los apartados siguientes.

    Tercero. Estructura de la Unidad de Coordinación.-La Unidad de Coordinación de los Servicios de Prevención de Riesgos Laborales se estructura del modo siguiente:

  4. Unidad Técnica de Seguridad en el trabajo.

  5. Unidad Técnica de Higiene Industrial.

  6. Unidad Técnica de Ergonomía y Psicosociología aplicada.

  7. Unidad Técnica de Medicina del Trabajo.

    El número y las características de los puestos de trabajo con los que se dote a la citada unidad estarán fijados en las relaciones de puestos de trabajo.

    Cuarto. Secciones y servicios de prevención.-Las unidades que coordinan los servicios de prevención en cada uno de los ejércitos se denominarán Secciones de Prevención...

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