Orden SAS/888/2010, de 24 de marzo, por la que se da cumplimiento a la sentencia de la Audiencia Nacional, Sala de lo Contencioso-administrativo, sección 4ª, por la que se estima parcialmente el recurso contencioso-administrativo nº 324/2008, interpuesto por el Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos.

MarginalBOE-A-2010-5823
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio de Sanidad y Política Social
Rango de LeyOrden

Habiéndose declarado firme la sentencia dictada el día 20 de enero de 2010 por la Audiencia Nacional, Sala de lo Contencioso-administrativo, Sección 4.ª, en el recurso contencioso-administrativo número 324/2008, interpuesto por el Ilustre Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos contra la Orden SCO/2802/2008, de 19 de septiembre, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Médicos Titulares, así como contra la Orden SCO/3377/2008, de 4 de noviembre, por la que se modifica la composición del Tribunal Calificador de dicho proceso selectivo, se procede a dar cumplimiento a las disposiciones contenidas en su fallo.

El fundamento de derecho sexto de la meritada sentencia contiene el pronunciamiento jurisprudencial, dimanante de la doctrina fijada por el Tribunal Supremo, según el cual el requisito o principio de especialización exige que la mitad más uno, al menos, de los miembros del Tribunal Calificador, Titular y Suplente, ostenten la condición de ser licenciados en Medicina, al tratarse de un proceso selectivo para ingreso en el Cuerpo de Médicos Titulares.

En consecuencia, al haberse obviado en la Orden SCO/3377/2008, de 4 de noviembre, la mención de los requisitos exigidos por dicho pronunciamiento jurisprudencial, se acuerda publicar de forma íntegra la composición del Tribunal Calificador, Titular y Suplente, resultante de la meritada Orden, que actuó en el proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Médicos Titulares convocado por la Orden SCO/2802/2008, de 19 de septiembre, con expresión de la titulación académica y cuerpo o escala funcionarial de pertenencia de todos y cada uno de sus miembros. Subsanado el defecto apreciado en la sentencia, y no alterándose con ello el resto de los presupuestos en los que se fundan las posteriores actuaciones del procedimiento, se declaran expresamente válidas todas las actuaciones realizadas por dicho Tribunal Calificador.

Tribunal titular:

Presidenta: Doña Carmen...

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