Resolución de 19 de diciembre de 2008, del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria, por la que se convoca proceso selectivo para acceso, a la condición de personal estatutario fijo en plazas de la categoría de Facultativos Especialistas de Área en Hematología y Hemoterapia de las Instituciones Sanitarias del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria.

MarginalBOE-A-2009-936
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio de Sanidad y Consumo
Rango de LeyResolución

En cumplimiento de lo dispuesto en los Reales Decretos 120/2007, de 2 de febrero («Boletín Oficial del Estado» número 33, de 7 de febrero), y 66/2008, de 25 de enero («Boletín Oficial del Estado» número 26, de 30 de enero), por los que se aprueban las Ofertas Públicas de Empleo de la Administración General del Estado para los años 2007 y 2008, en cuyos Anexos se incluyen las plazas correspondientes de personal sanitario del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria,

Esta Dirección en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 15.4 del Real Decreto 1087/2003, de 29 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 208, de 30 de agosto), ha resuelto convocar proceso selectivo para el acceso a la condición de personal estatutario fijo como Facultativo Especialista de Área en Hematología y Hemoterapia, cuyas bases han sido negociadas y acordadas con las Organizaciones Sindicales presentes en la Mesa Sectorial el día 9 de julio de 2008, e informadas favorablemente por la Dirección General de la Función Pública del Ministerio de Administraciones Públicas y por la Asesoría Jurídica Central de esta Entidad Gestora.

La presente convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres en el acceso al empleo público, de acuerdo con lo que establece el artículo 14 de la Constitución Española; la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público («Boletín Oficial del Estado» número 89, de 13 de abril); la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de Mujeres y Hombres («Boletín Oficial del Estado» número 71, de 23 de marzo), así como el Acuerdo de Consejo de Ministros de 4 de marzo de 2005, por el que se aprueba el Plan para la Igualdad de Género en la Administración General del Estado, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes

Bases de convocatoria

Primera. Normas generales.

1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir tres plazas de la categoría de Facultativo Especialista de Área en Hematología y Hemoterapia, por el sistema de acceso libre, según se especifica en el Anexo I.

Este proceso selectivo constará de dos fases: fase de oposición y fase de concurso de méritos. 1.2 El ejercicio de la fase de oposición se realizará en las localidades que se determinen, de conformidad con lo establecido en la base 5.5 de la presente Resolución. 1.3 Del total de plazas ofrecidas en esta convocatoria, conforme establece el artículo 59.1 de la Ley 7/2007, del Estatuto Básico del Empleado Público, y artículo 30.6 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 301, de 17 de diciembre), del Estatuto Marco del personal estatutario de los Servicios de Salud, se reservará un cinco por ciento, para ser cubiertas por personal con discapacidad con grado de minusvalía igual o superior al 33 por 100, siempre que cumplan los requisitos que en dichas normas se establecen, y que el número de plazas convocadas sea igual o superior a veinte.

1.4 El presente proceso selectivo se regirá por las presentes bases y por lo dispuesto en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, y en lo que no se oponga a la misma por la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los Servicios de Salud, y por el Real Decreto-ley 1/1999, de 8 de enero («Boletín Oficial del Estado» número 8, de 9 de enero), sobre selección de personal estatutario y provisión de plazas en las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social, que resulta de aplicación con rango reglamentario y sin carácter básico. 1.5 A los aspirantes que superen el proceso selectivo les será de aplicación el Estatuto Básico del Empleado Público, el Estatuto Marco del personal estatutario de los Servicios de Salud, así como las normas que se dicten en su desarrollo. 1.6 Las plazas estarán dotadas con las retribuciones establecidas en el Real Decretoley 3/1987, de 11 de septiembre («Boletín Oficial del Estado» número 219, de 12 de septiembre), y normativa de desarrollo, en las cuantías fijadas presupuestariamente para cada ejercicio. 1.7 El régimen de prestación de servicios será el legalmente establecido. 1.8 La Directora del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria resolverá cuantas incidencias se susciten en el desarrollo de esta convocatoria, sin perjuicio de las que corresponden al Tribunal de Selección según lo dispuesto en la base 6.14.

Segunda. Requisitos de participación. Para poder participar en este proceso selectivo, las personas aspirantes deberán reunir en la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes, los requisitos que se indican a continuación y mantenerlos hasta el momento de la toma de posesión:

a) Edad: Tener cumplidos los dieciséis años y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa. b) Nacionalidad:

1. Tener la nacionalidad española. 2. También podrán participar, como personal estatutario, en igualdad de condiciones que los españoles a los empleos públicos, con excepción de aquellos que directa o indirectamente impliquen una participación en el ejercicio del poder público o en las funciones que tienen por objeto la salvaguardia de los intereses generales del Estado y de las Administraciones Públicas:

a) Los nacionales de los Estados Miembros de la Unión Europea. b) El cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar los descendientes menores de veintiún años o mayores de dicha edad que sean dependientes. c) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

Los aspirantes no residentes en España incluidos en el apartado 2.b), así como los extranjeros incluidos en los apartados 2.b) y 2.c), deberán acompañar a su solicitud documento que acredite las condiciones que se alegan. c) Titulación: Poseer el título de Licenciado o Doctor en Medicina y Cirugía y título de Médico Especialista en Hematología y Hemoterapia, expedido por el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, o por los órganos competentes de los países citados en el apartado anterior, o por cualquier otro país siempre que estén oficialmente reconocidos y/u homologados por el citado Ministerio; o estar en condiciones de obtener dicho título, habiendo finalizado la formación exigida para su obtención, dentro del plazo de presentación de solicitudes. d) Capacidad: Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones que se derivan del correspondiente nombramiento.

e) Habilitación: No haber sido separado del servicio, mediante expediente disciplinario, de cualquier Servicio de Salud o Administración Pública en los seis años anteriores a la convocatoria, ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas ni, en su caso, para la correspondiente profesión.

En el caso de los nacionales de los otros Estados mencionados en el apartado 2.b) no encontrarse inhabilitado, por sanción o pena, para el ejercicio profesional, o para el acceso a funciones o servicios públicos en un Estado miembro ni haber sido separado por sanción disciplinaria, de alguna de sus Administraciones o Servicios Públicos en los seis años anteriores a la convocatoria. f) No poseer plaza en propiedad en la categoría de Facultativo Especialista de Área en Hematología y Hemoterapia, como personal estatutario fijo, cualquiera que sea su situación administrativa. g) Haber abonado las tasas a que se refiere la base 4.3 de la presente convocatoria, salvo aquellos aspirantes que estén exentos legal o reglamentariamente, según se establece en la base 4.4 de la convocatoria.

Tercera. Aspirantes que concurran por el cupo de reserva de plazas para personas con discapacidad y/o soliciten adaptaciones de tiempo y/o medios.

3.1 En este cupo sólo podrán participar aquellos aspirantes con grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100 que reúnan los requisitos previstos en la base segunda, debiendo indicar en el apartado correspondiente de la solicitud su participación a través de este cupo. 3.2 Con independencia de que hagan uso o no de la reserva para personas con discapacidad, aquellos aspirantes que precisen adaptaciones de tiempo y/o medios para la realización de las pruebas de examen, deberán formular la correspondiente petición concreta en la solicitud de participación, en la que se reflejen las necesidades específicas que tiene el candidato para acceder al proceso de selección en igualdad de condiciones, acompañando el certificado médico acreditativo de la necesidad de la adaptación solicitada. 3.3 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en aquellos casos que resulte necesario, de forma que los aspirantes que hubieran solicitado adaptaciones de tiempo y/o medios en la forma prevista en el apartado anterior, gocen de similares condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de los participantes. En ningún caso las adaptaciones solicitadas podrán desvirtuar el carácter de las pruebas selectivas.

A tal efecto, el Tribunal podrá recabar informe y, en su caso, colaboración de los órganos competentes de los Servicios Sociales. 3.4 En el supuesto de que alguno de los aspirantes con discapacidad que se haya presentado por el cupo de reserva superase el concurso-oposición, pero no obtuviera plaza en dicho cupo y su puntuación fuera superior a la obtenida por otros aspirantes del sistema general, éste, será incluido por su orden de puntuación en el sistema de acceso general.

Cuarta. Solicitudes.

4.1 Los impresos de solicitud para participar en estas pruebas selectivas, se cumplimentarán a través de los formularios modelos oficiales que aparecen insertados en la página web del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria...

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