RESOLUCIÓN 2/2002, de 22 de enero, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se aprueban las Directrices Generales del Plan General de Control Tributario 2002.

MarginalBOE-A-2002-2507
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Hacienda
Rango de LeyResolución

El control del cumplimiento tributario constituye un pilar fundamental de las tareas que desarrolla la Agencia Tributaria para la consecución de la misión que tiene encomendada, consistente en garantizar la aplicación del sistema tributario estatal y aduanero con arreglo a los principios constitucionales de generalidad y equidad en la contribución de los ciudadanos al sostenimiento de las cargas públicas.

El control tributario constituye un elemento indispensable en el fomento del cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias, por sus efectos no sólo sobre los contribuyentes que son objeto de actuaciones de control, sino también sobre los que pueden serlo, y por su contribución a mejorar la confianza en el sistema, garantizando la detección y regularización de los incumplimientos que se producen.

La disminución del fraude fiscal reporta indudables beneficios a la sociedad, ya que con la generalización del pago de los impuestos se consigue reducir la carga fiscal que debe soportar cada ciudadano; en el ámbito empresarial, se evitan las distorsiones en el mercado

que producen las situaciones de competencia desleal. En definitiva, se obtiene una mayor confianza y credibilidad en la justicia del sistema por parte de quien cumple con sus obligaciones tributarias.

El Programa Director del Control Tributario 1999-2002 seña la como finalidades esenciales de la lucha contra el fraude el restablecimiento de la disciplina fiscal que el fraude vulnera, mediante la regularización de los incumplimientos tributarios detectados; y un mejor cumplimiento general de las obligaciones fiscales, ante la posibilidad de ser objeto de una actuación de control. Añade el Programa Director que las dos finalidades se persiguen en todas las actuaciones de control pero que, sin embargo, cada actuación se orienta en mayor medida a una de dichas finalidades. En concreto, las actuaciones de control intensivo (típicas de los órganos de Inspección Financiera y Tributaria y de Inspección de Aduanas e Impuestos Especiales), que afectan a un menor número de contribuyentes pero a un mayor número de períodos y conceptos impositivos, están orientadas a la finalidad de restablecer la disciplina fiscal, en tanto que las actuaciones de carácter extensivo (típicas de los órganos de Gestión Tributaria, Aduanera o de Impuestos Especiales), que afectan a mayor número de contribuyentes pero con relación a un menor número de ejercicios y conceptos impositivos, se centran en la finalidad desincentivadora o disuasoria del incumplimiento.

Para que los resultados del control alcancen estas dos finalidades, restablecedora de la disciplina fiscal y disuasoria o desincentivadora, debe mantenerse el adecuado equilibrio en el grado de intensidad de ambos tipos de actuación.

La actividad de control tributario está integrada por un conjunto de tareas constitutivas de un proceso que atraviesa distintas etapas: En un primer momento se desarrollan actuaciones de investigación y captación de información, que se dirigen al descubrimiento del fraude; a continuación, se realiza la selección de los contribuyentes en los que se hayan detectado irregularidades y se regularizan los incumplimientos cometidos; finalmente la gestión recaudatoria persigue el cobro de las deudas que resultan de las actuaciones anteriores.

Además, estas tareas de control son de diversa naturaleza: Pueden tener lugar en el ámbito del sistema tributario estatal o en el del aduanero; consistir en controles masivos de carácter extensivo o en comprobaciones de naturaleza inspectora; o encaminarse a la recaudación en período ejecutivo de las deudas que no se ingresen en período voluntario.

En consonancia con lo anterior, la actual estructura de la Agencia Tributaria presenta una distribución funcional de las tareas de control en cuatro áreas: Inspección Financiera y Tributaria, Aduanas e Impuestos Especiales, Gestión Tributaria y Recaudación, con la que se da respuesta a las exigencias de especialización que se derivan de la diferente naturaleza de dichas tareas.

Esta distribución funcional, sin embargo, no es incompatible con la concepción unitaria del control que inspira la actividad planificadora de la Agencia Tributaria, que permite integrar y coordinar las tareas que se realizan por las distintas áreas, lo que explica que la planificación anual del control no sólo contemple las tareas a realizar en el ámbito de cada una de las áreas, sino que también establezca las reglas que ordenan las relaciones entre ellas. Esta visión integral contribuye decisivamente a evitar que el fraude se desplace hacia aquellas áreas de control que resultarían más vulnerables si no trabajasen en coordinación con el resto.

La búsqueda de la mayor eficacia en el control que se realiza desde la Agencia Tributaria requiere disponer de los adecuados instrumentos de planificación. Continuando con la línea de trabajo emprendida hace algunos años, esta tarea planificadora para 2002 se asienta en cuatro instrumentos básicos: El ya citado Programa Director del Control Tributario (1999-2002), el Plan General de Control Tributario 2002, el Plan de Objetivos 2002 y el Programa Especial de Calidad 2002.

El Programa Director del Control Tributario, con vigencia en el período 1999-2002, define las líneas estratégicas básicas en las que se enmarcan los planes anuales de control de la Agencia Tributaria, y confiere a la lucha contra el fraude la necesaria coherencia y continuidad en el tiempo. En el Plan General de Control Tributario de 2002, al igual que en los planes de los años anteriores, se concretan para este período los programas de actuaciones en los que se materializan dichas líneas estratégicas. El carácter anual del Plan General permite la rápida adaptación de las actuaciones que comprende a la cambiante realidad económica y social.

La adecuada comprensión del proceso planificador se obtiene contemplando el Plan General de Control Tributario 2002 como el documento que detalla los trabajos y actuaciones que es necesario acometer para alcanzar los resultados establecidos en materia de control en el Plan de Objetivos para este mismo período. Por ello, ambos Planes se complementan, al expresar el primero las actuaciones a desarrollar y el segundo los resultados a obtener en tales actuaciones.

Entre las novedades que incorpora el Plan General de Control para el año 2002, es preciso resaltar el impulso que en el Área de Inspección Financiera y Tributaria reciben determinadas actuaciones y medidas que son reflejo del proceso de modernización que se está acometiendo en el área con el fin de incorporar el uso de las nuevas tecnologías a los procedimientos que se desarrollan en su ámbito, y aumentar con ello su calidad y eficacia.

Resultan destacables en este proceso, las iniciativas dirigidas a mejorar los sistemas de selección de contribuyentes mediante la incorporación de técnicas de análisis pasivo de riesgo y de la tecnología de 'data warehousing', lo que introducirá mayor racionalidad en el sistema; la redefinición de los procedimientos de trabajo, por medio de la implantación de un método de comprobación básica fundado en el uso de herramientas ofimáticas, en apoyo de las actuaciones inspectoras, y mediante la elaboración de manuales sobre procedimiento inspector y la normalización de documentos; el impulso de la gestión del conocimiento mediante la consolidación y el desarrollo de la base documental del área; y la potenciación de otros usos de las nuevas tecnologías, con implantación de aplicaciones de 'intranet'.

La mayor parte de estas mejoras también se extenderán a la Inspección de Aduanas e Impuestos Especiales.

Respecto de los programas en los que se enmarcan las actuaciones de control, cabe mencionar los de detección y, en su caso, regularización de operaciones de colocación de dinero no declarado a la Hacienda Pública con motivo de la introducción del euro, el desarrollo de actuaciones en sectores de actividad considerados como potencialmente generadores de actividad sumergida o de dinero fiscalmente opaco, y la continuidad de las actuaciones dirigidas a la represión del fraude del IVA cometido en operaciones intracomunitarias. Se impulsan también en este área las actuaciones de investigación de las nuevas modalidades de fraude fiscal, con especial incidencia en las que se derivan de operaciones financieras, continuándose además el estudio de las relaciones económicas y fiscales que surgen de la sociedad de la información.

En el Área de Gestión Tributaria se potenciarán las técnicas de análisis de riesgo para mejorar la eficacia de las actuaciones de comprobación, y se reforzarán los controles previos y a posteriori respecto de los contribuyentes que se incorporen al censo, en particular, al censo de operadores intracomunitarios. Se dedicará atención preferente a la declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias y al control de la correcta tributación de las entregas y adquisiciones intracomunitarias, y se reforzará el control de las obligaciones periódicas trimestrales, extendiéndolo al modelo de retenciones sobre rendimientos obtenidos en determinados arrendamientos.

El Área de Aduanas e Impuestos Especiales actualiza sus programas de control para adaptarlos a los nuevos ámbitos de riesgo y potencia las actuaciones de colaboración en el control aduanero con otros Estados Miembros de la Unión Europea, especialmente para la detección de áreas de riesgo fiscal y selección de contribuyentes.

Por último, en el Área de Recaudación se introducen en 2002 determinadas novedades, entre las que cabe citar la actualización de los indicadores de resultados de la gestión recaudatoria, la inclusión en el Plan de los controles realizados a las entidades de crédito y la inclusión del número de derivaciones y declaraciones de responsabilidad impulsadas por los órganos de Recaudación. Asimismo, destaca el mejor seguimiento de la rotación del cargo en fase de embargo, buscando el acercamiento temporal entre...

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