Resolución de 3 de junio de 2005, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se regulan Registros Telemáticos.

Fecha de Entrada en Vigor16 de Junio de 2005
MarginalBOE-A-2005-10070
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Economia y Hacienda
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN de 3 de junio de 2005, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se regulan Registros Telemáticos.

Sobre la base de lo establecido en el artículo 38, apartado 9 y el artículo 45 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE de 27) y, de forma más específica, en el Real Decreto 772/1999, de 7 de mayo, por el que se regula la presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones ante la Administración General del Estado, la expedición de copias de documentos y devolución de originales y el régimen de las oficinas de registro -BOE de 22-, la Resolución de 23 de julio de 2002, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (BOE de 29 de agosto) creó en la Agencia Estatal de Administración Tributaria un Registro Telemático General y un Registro Telemático en materia de Personal. Mediante Resolución de 25 de julio de 2002, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (BOE de 30 de agosto), se reguló la presentación por vía telemática de instancias, solicitudes, escritos y comunicaciones en procedimientos internos de gestión de recursos humanos.

El Real Decreto 772/1999, de 7 de mayo, fue modificado por el Real Decreto 209/2003, de 21 de febrero, por el que se regulan los registros y las notificaciones telemáticas, así como la utilización de medios telemáticos para la sustitución de la aportación de certificados por los ciudadanos (BOE de 28), mediante la incorporación de un nuevo capítulo VI 'Registros Telemáticos'. En particular, el artículo 14 del Real Decreto establece el contenido mínimo que habrán de tener las disposiciones de creación de registros telemáticos.

Procede por tanto, adaptar el contenido de la Resolución de 23 de julio de 2002, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria al Real Decreto 209/2003.

Dicha adaptación se refiere tanto a la regulación del Registro Telemático General como del Registro Telemático en materia de Personal de la Agencia. La Resolución de 25 de julio de 2002, por la que se regula la presentación por vía telemática de instancias, solicitudes, escritos y comunicaciones en procedimientos internos de gestión de recursos humanos, mantiene su vigencia, en cuanto no se oponga a lo dispuesto en la presente Resolución.

Dada la importancia de la modificación proyectada y atendiendo a razones de seguridad jurídica, así como a las exigencias de claridad expositiva de las normas, se ha considerado conveniente dictar una nueva Resolución, que sustituye a la ya citada de 23 de julio de 2002.

Con el fin de facilitar el continuo desarrollo de los Registros Telemáticos a medida que evolucionan las tecnologías de la información y la comunicación, se recoge en la Resolución la delegación, en los directores de los Departamentos de Organización, Planificación y Relaciones Institucionales y de Recursos Humanos y Administración Económica, de la competencia para incluir nuevos procedimientos, trámites y comunicaciones en los que cabe presentación de documentos electrónicos en el Registro Telemático General y en el Registro Telemático en materia de Personal, respectivamente.

Asimismo, la presente Resolución incluye los anexos técnicos que contienen los requerimientos técnicos mínimos necesarios para el acceso y la utilización del Registro Telemático General y del Registro Telemático en materia de Personal.

En virtud de lo anterior, y de acuerdo con la habilitación conferida a esta Presidencia para la creación de órganos administrativos de rango inferior al de Subdirección General, prevista en el apartado decimoquinto de la Orden de 2 de junio de 1994 (BOE de 9), por la que se desarrolla la estructura de la Agencia Tributaria, dispongo:

Primero. Objeto.

  1. La presente Resolución regula el Registro Telemático General para la recepción y salida de declaraciones, solicitudes, comunicaciones y demás escritos que se transmitan por medios telemáticos a través de Internet, en relación con los trámites y procedimientos del Anexo I.

    El Registro se regula en los términos previstos en el artículo 38, apartado 9, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Este Registro depende del Departamento de Informática Tributaria de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

  2. Asimismo, esta Resolución regula el Registro telemático para la recepción y salida de instancias, solicitudes, escritos y comunicaciones que se transmitan por sus empleados por medios telemáticos, en relación con los trámites y procedimientos del Anexo II. Este registro depende del Departamento de Recursos Humanos y Administración Económica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, y tiene la consideración de Registro Telemático en Materia de Personal de la Agencia, de acuerdo con lo previsto en el artículo...

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