Resolución de 17 de enero de 2007, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se aprueban las directrices generales del Plan General de Control Tributario 2007.

MarginalBOE-A-2007-1888
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Economia y Hacienda
Rango de LeyResolución

El control de los incumplimientos tributarios y la lucha contra el fraude constituye una de las líneas de actuación básica de la Agencia Tributaria para el cumplimiento de la misión que tiene encomendada de aplicación efectiva del sistema tributario estatal y aduanero, así como de aquellos recursos de otras Administraciones Públicas cuya gestión se le atribuye por ley o por convenio.

El Plan General de Control constituye un instrumento fundamental en la planificación de las actuaciones de control tributario y aduanero que la Agencia Tributaria va a realizar anualmente. El Plan detalla la cuantía y cualidad de las actuaciones de control a desarrollar y que van a permitir alcanzar los objetivos fijados del ejercicio. El artículo 116 de la Ley General Tributaria establece la obligación de elaborarlo anualmente, y le atribuye carácter reservado, salvo en lo que afecta a las directrices generales que lo informan, las cuales son publicadas en el Boletín Oficial del Estado.

El Plan de Control de 2007 continua la línea iniciada con el Plan de Control del 2005, fiel a las directrices fijadas en el Plan de Prevención del Fraude Fiscal. La Ley 36/2006, de 29 de noviembre, de Medidas para la Prevención del Fraude Fiscal (BOE de 30 de noviembre) completa las medidas operativas aprobadas en el Plan de Prevención del Fraude Fiscal e incorpora nuevos instrumentos de lucha contra el fraude que inciden en las líneas de actuación del Plan de Control.

El Plan de Control de 2007 mantiene una línea continuista respecto a los planes de 2005 y 2006 habida cuenta de las ventajas del actual sistema de planificación y de la necesidad de asentar y consolidar los cambios realizados desde 2005 en el marco del Plan de Prevención del Fraude.

La planificación de 2007 continúa reflejando como en años anteriores la revisión de los métodos y estrategias de actuación para hacer frente a los cambios que van experimentando las tipologías más graves de fraude, en la que juega un papel preponderante el nuevo marco de relaciones entre la Agencia Tributaria y los distintos sectores económicos afectados, a través de la firma de acuerdos de entendimiento, así como el permanente desarrollo y aplicación de las nuevas tecnologías. En particular, los nuevos acuerdos y desarrollos informáticos tendrán especial incidencia en la investigación de tramas de fraude del IVA intracomunitario, en el control del sector inmobiliario, en las exenciones y bonificaciones en los Impuestos Especiales de fabricación, en el control de la producción y distribución de alcohol y bebidas derivadas, y en las importaciones procedentes de Asia y de determinados productos agrícolas y de la pesca.

Se exponen a continuación las directrices generales del Plan, que detallan las áreas de riesgo fiscal de atención preferente, clasificadas de acuerdo con la naturaleza del control a efectuar en control intensivo, control extensivo y control en la fase recaudatoria. Se completan además, con otros dos apartados, en los que se recogen las principales líneas de actuación coordinada entre los diferentes tipos de control, y las actuaciones prioritarias a desarrollar en colaboración con las Administraciones tributarias autonómicas en el marco del control de los tributos cedidos. Finalmente, se explican las líneas básicas de la estructura del Plan General de Control y de los cuatro planes parciales que lo integran.

Con la publicación de las directrices generales, se hacen públicos los criterios básicos que informan el Plan de Control.

  1. Áreas de riesgo fiscal de atención preferente

    1.1 Actuaciones de control intensivo.-El control intensivo comprende las actuaciones que se dirigen al descubrimiento, regularización y represión de las formas más graves y complejas de fraude, así como a la comprobación en profundidad del correcto cumplimiento de las obligaciones tributarias por un contribuyente. Son actuaciones con un fuerte componente investigador que se realizan por los órganos que ejercen funciones inspectoras, integrados funcionalmente en los Departamentos de Inspección y de Aduanas e Impuestos Especiales. Se incluyen también en este grupo las actuaciones que se realizan por el área operativa de Aduanas en la prevención y represión de tráficos ilícitos de mercancías sujetas a restricciones o prohibiciones.

    En el ámbito del control intensivo, las áreas prioritarias de actuación en 2007 serán las siguientes:

    1. Lucha contra las tramas de fraude en el ámbito del IVA que grava las operaciones intracomunitarias. Esta área mantiene su carácter prioritario para tratar de dar una respuesta adecuada a un problema que afecta a todos los países de la Unión Europea.

      De acuerdo con la estrategia de actuación definida en el Plan de Prevención del Fraude Fiscal, y en consonancia con lo realizado en el año 2006, se potenciarán las actuaciones de control de carácter preventivo, en relación al acceso y seguimiento de empresas en los Registros de Operadores Intracomunitarios y en el de Exportadores y Otros Operadores Económicos, así como respecto de los contribuyentes, aparentemente inactivos, domiciliados en los llamados nidos de sociedades y sociedades buzón. Se potenciarán las actuaciones de obtención y tratamiento de información de los sectores afectados, en particular de la procedente de la colaboración internacional, para facilitar la detección precoz del fraude.

      Se mantendrá especial atención al control de devoluciones solicitadas por contribuyentes vinculados con tramas de fraude, tanto en el caso de solicitudes de carácter anual como mensual.

    2. Sector inmobiliario, en el que se continuará avanzando en la planificación integral de las actuaciones. En especial, durante el año 2007 se va a incidir en los siguientes aspectos relevantes: control de la actividad de promoción inmobiliaria, basando este control en un análisis económico de la actividad que permita detectar supuestos de rentabilidad que resulten anormales en la actual situación del mercado, control de las transmisiones patrimoniales de inmuebles, para lo cual se emplearán técnicas informáticas de cálculo de los precios de venta para verificar que se adaptan al concepto de precio de mercado que se fija en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y en el Impuesto sobre Sociedades y, finalmente, en el control de las sociedades que dedicándose a la actividad de promoción inmobiliaria han declarado improcedentemente como sociedades patrimoniales al objeto de aprovechar la menor tributación de las plusvalías de estas entidades, no reuniendo los requisitos para ello. Igualmente, se realizarán actuaciones especiales de control en materia de subcontratación y operaciones inmobiliarias de adquisición, tenencia y transmisión de inmuebles por no residentes.

      También en materia de control del sector inmobiliario, se mantendrá la práctica de importantes actuaciones de captación de información masiva y normalizada cuyo uso pueda resultar relevante a los efectos de detección de posibles bolsas de fraude tributario, especialmente en lo que se refiere a los desarrollos urbanísticos. En este sentido, las actuaciones de control descritas en el párrafo anterior se nutren ya en este año 2007 de la información obtenida en años anteriores, por lo que las actuaciones de control que se inicien servirán a su vez para conocer la calidad de la información captada y las carencias que deban de ser subsanadas con las actuaciones de captación de información del año 2007.

      Durante el año 2007 se impulsarán las Unidades de Investigación en las distintas Dependencias de Inspección, cuyo objetivo principal será la investigación de los principales desarrollos urbanísticos y la detección tanto de situaciones irregulares administrativas en materia tributaria que hayan de ser regularizadas por los Equipos y Unidades de Inspección como, en su caso, la detección de posibles delitos contra la Hacienda Pública que pudieran suponer la necesaria traslación de lo investigado a los órganos judiciales competentes.

      Estas actuaciones de control inmobiliario seguirán suponiendo en el año 2007 el porcentaje más significativo de actuaciones de la Inspección de los Tributos.

    3. Investigación de operaciones de ingeniería fiscal y de interposición de sociedades sin nivel relevante de actividad económica. Las actuaciones se dirigirán a la detección de formas de fraude basadas en la utilización de figuras negociales anómalas o en el uso abusivo de determinados beneficios fiscales. La puesta en marcha en el Departamento de Inspección de una base de datos de negocios anómalos permitirá el análisis e identificación de las nuevas formas complejas de fraude, constituyendo un nuevo instrumento para la configuración del Plan de Inspección.

    4. Se consolidará la implantación de unidades dedicadas en exclusiva a la investigación e identificación de las formas más graves y complejas de fraude, así como a la elaboración de propuestas de trabajo dirigidas a su represión. La planificación de estas actuaciones y la responsabilidad de su desarrollo serán coordinadas a nivel nacional y territorial, adquiriendo un papel esencial la colaboración entre los distintos órganos de la Agencia con responsabilidades de control, especialmente del Área Operativa de Aduanas e Impuestos Especiales, y con otros órganos administrativos, así como la judicialización o interposición de denuncias cuando se aprecien elementos que permitan presumir la existencia de conductas ilícitas en las actividades investigadas. En este punto, tendrá una gran importancia la investigación de estructuras fiduciarias consistentes en entramados societarios dirigidos al blanqueo de capitales, así como el análisis de las operaciones en las que se detecte el empleo de billetes de alta denominación, conforme a la información captada por la Oficina Nacional de Investigación del Fraude.

    5. Se mantiene como ámbito específico de actuación la detección y regularización de emisores y receptores de facturas falsas. Se planificarán actuaciones de carácter...

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