Ley 99/1966, de 28 de diciembre, estableciendo en las Escuelas Técnicas Superiores el título de Doctor «Honoris Causa».

Fecha de Entrada en Vigor17 de Enero de 1967
MarginalBOE-A-1966-19734
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorJefatura del estado
Rango de LeyLey

Por diversas Escuelas Técnicas Superiores se solicita la concesión de títulos «Honoris Causa», en el grado de Doctor Ingeniero o Doctor Arquitecto, a personas de relevante significación en la ciencia, en la técnica o en la investigación, tanto nacionales como extranjeras.

No habiéndose previsto en la Ley de veinte de julio de mil novecientos cincuenta y siete, de Ordenación de las Enseñanzas Técnicas, ni en la de veintinueve de abril de mil novecientos sesenta y cuatro la posibilidad de otorgar tales distinciones como es norma corriente en toda clase de Centros extranjeros y en los Universitarios de nuestro país –el artículo veintiuno de la Ley de Ordenación Universitaria de veintinueve de julio de mil novecientos cuarenta y tres lo regula en las Facultades–, es conveniente establecer en las Escuelas Técnicas Superiores el título «Honoris Causa».

En su virtud, y de conformidad con la propuesta elaborada por las Cortes Españolas.

DISPONGO:

Artículo primero

Los Institutos Politécnicos y las Universidades que tengan adscritas Escuelas Técnicas Superiores podrán conferir el título de Doctor Ingeniero o Doctor Arquitecto «Honoris Causa» a personalidades de relevante significación científica, técnica o investigadora, tanto nacionales como extranjeras, previa autorización expresa para cada caso del Ministerio de Educación y Ciencia.

Artículo segundo

Se autoriza al Ministerio de Educación y Ciencia Para promulgar cuantas disposiciones se requieran para el desarrollo y ejecución de la presente Ley.

Dada en el Palacio de El Pardo a veintiocho de diciembre de mil novecientos sesenta y seis.

FRANCISCO FRANCO

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