ENMIENDAS al Convenio estableciendo la Organización Europea de Telecomunicaciones por Satélite (EUTELSAT), adoptadas en Cardiff (Reino Unido) el 20 de mayo de 1999.

Fecha de Entrada en Vigor28 de Noviembre de 2002
MarginalBOE-A-2003-1684
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Asuntos Exteriores

ENMIENDAS AL CONVENIO ESTABLECIENDO LA ORGANIZACI”N EUROPEA DE TELECOMUNICACIONES POR SAT…LITE (EUTELSAT)

CONVENIO ENMENDADO

Pre·mbulo

Los Estados Partes en el presente Convenio,

Subrayando la importancia de las telecomunicaciones por satÈlite para el desarrollo de las relaciones entre sus pueblos y sus economÌas, asÌ como su voluntad de reforzar su cooperaciÛn en este ·mbito;

Teniendo en cuenta que la OrganizaciÛn Europea Provisional de Telecomunicaciones por SatÈlite (EUTELSAT INTERINA) fue creada con la finalidad de explotar sectores espaciales de sistemas europeos de telecomunicaciones por satÈlite;

Considerando las disposiciones pertinentes del Tratado sobre los principios que deben regir las actividades de los Estados en la exploraciÛn y utilizaciÛn del espacio ultraterrestre, incluso la Luna y otros cuerpos celestes, hecho en Londres, Mosc˙ y Washington el†27 de enero de†1967;

Deseando proseguir el establecimiento y la explotaciÛn del sistema de telecomunicaciones por satÈlite Como parte de una red transeuropea de telecomunicaciones, con la finalidad de ofrecer servicios de telecomunicaciones a todos los Estados participantes, sin perjuicio de los derechos y obligaciones de los Estados que son partes en los acuerdos comunitarios e internacionales pertinentes,

Reconociendo la necesidad de seguir la evoluciÛn tÈcnica, econÛmica, normativa y polÌtica en Europa y en el mundo y de adaptarse a la misma en caso necesario, y en particular la voluntad de transferir las actividades operativas y los activos correspondientes de EUTELSAT a una sociedad anÛnima sometida a una jurisdicciÛn nacional, sociedad que deber· gestionarse sobre una base econÛmica y financiera sÛlida de conformidad con los principios acordados en materia comercial, y con el Arreglo,

Han acordado lo siguiente:

ArtÌculo†1.?Definiciones.

A los efectos del presente Convenio:

a)?El tÈrmino ´Convenioª designar· el Convenio referente a la creaciÛn de la OrganizaciÛn Europea de Telecomunicaciones por SatÈlite (EUTELSAT), incluidos su pre·mbulo y sus anexos, abierto a la firma de los Gobiernos el†15 de julio de†1982 en ParÌs, con las enmiendas incorporadas desde entonces.

b)?La expresiÛn ´Acuerdo Provisionalª designar· el Acuerdo referente a la constituciÛn de una OrganizaciÛn Europea Provisional de Telecomunicaciones por SatÈlite (EUTELSAT INTERINA), concluido en ParÌs el†13 de mayo de†1977 entre Administraciones y empresas privadas de explotaciÛn reconocidas competentes, depositado ante la AdministraciÛn francesa.

c)?La expresiÛn ´Acuerdo ECSª designar· el Acuerdo Adicional al Acuerdo Provisional, referente al sector espacial del sistema de telecomunicaciones por satÈlite del servicio fijo (ECS), hecho en ParÌs el†10 de marzo de†1978.

d)?El tÈrmino ´Parteª designar· un Estado respecto al cual el Convenio ha entrado en vigor o se aplica a tÌtulo provisional.

e)?El tÈrmino ´Director general de EUTELSATª designar· al jefe del Ûrgano ejecutivo de EUTELSAT.

f)?El tÈrmino ´Secretario ejecutivo de EUTELSATª designar· al jefe de la SecretarÌa Ejecutiva de EUTELSAT.

g)?El tÈrmino ´Sociedad EUTELSAT, Sociedad AnÛnimaª designar· una sociedad regida por la legislaciÛn de una de las Partes; inicialmente estar· situada en Francia.

h)?La expresiÛn ´Sector espacialª designar· tanto un conjunto de satÈlites de telecomunicaciones como las instalaciones de seguimiento, de telemedida, de telemando, de control, de vigilancia y los dem·s equipos asociados, necesarios para el funcionamiento de estos satÈlites.

i)?La expresiÛn ´Sistema de satÈlitesª designar· al conjunto constituido por un sector espacial y por las estaciones terrenas que tengan acceso a dicho sector espacial.

j)?El tÈrmino ´Telecomunicacionesª designar· toda transmisiÛn, emisiÛn o recepciÛn de signos, seÒales, escritos, im·genes, sonidos o informaciones de cualquier naturaleza, por hilo, radioelectricidad, medios Ûpticos u otros sistemas electromagnÈticos.

k)?La expresiÛn ´Principios b·sicosª designar· los principios recogidos en el artÌculo III.a) del Convenio.

l)?El tÈrmino ´Arregloª designar· el Arreglo entre EUTELSAT y la ´Sociedad Eutelsat, Sociedad AnÛnimaª por el que se definan las relaciones entre EUTELSAT y la ´Sociedad Eutelsat, Sociedad AnÛnimaª y sus respectivas obligaciones y, en particular, por el que se establezca un marco que permita a EUTELSAT garantizar la supervisiÛn y el respeto por la ´Sociedad Eutelsat, Sociedad AnÛnimaª de los principios b·sicos.

ArtÌculo†2.?Establecimiento de EUTELSAT y de la ´Sociedad Eutelsat, Sociedad AnÛnimaª.

a)?Por el presente Convenio, las Partes crean la OrganizaciÛn Europea de Telecomunicaciones por SatÈlite (EUTELSAT), a continuaciÛn denominada EUTELSAT.

b)?i)?La ´Sociedad Eutelsat, Sociedad AnÛnimaª se crear· para explotar un sistema de satÈlites y prestar servicios de satÈlite, a cuyo fin se transferir·n a la ´Sociedad Eutelsat, Sociedad AnÛnimaª los activos y las actividades operativas de EUTELSAT.

ii)?La ´Sociedad Eutelsat, Sociedad AnÛnimaª se regir· por sus instrumentos constitutivos y por las leyes del paÌs de su constituciÛn. iii) Cualquier Parte en cuyo territorio se encuentre la sede de la ´Sociedad Eutelsat, Sociedad AnÛnimaª o en la que se hallen o se exploten activos de la misma tomar· las medidas necesarias, de conformidad con los acuerdos a que llegue dicha Parte con la ´Sociedad Eutelsat, Sociedad AnÛnimaª para facilitar la creaciÛn y el funcionamiento de la ´Sociedad Eutelsat, Sociedad AnÛnimaª.

c)?La relaciÛn entre EUTELSAT y la ´Sociedad Eutelsat, Sociedad AnÛnimaª se regular· en el Arreglo.

d)?Las disposiciones pertinentes del anexo A del Convenio tienen como finalidad asegurar la continuidad entre las actividades de EUTELSAT y las de la ´Sociedad Eutelsat, Sociedad AnÛnimaª.

ArtÌculo†3.?Objetivos de EUTELSAT.

a)?EUTELSAT tendr· como misiÛn principal velar por que la ´Sociedad Eutelsat, Sociedad AnÛnimaª respete los principios b·sicos establecidos en el presente artÌculo, a saber:

i)?obligaciones de servicio p˙blico/servicio universal: estas obligaciones se aplicar·n al segmento espacial y a su uso para la prestaciÛn de servicios relacionados con la red telefÛnica p˙blica conmutada; los servicios audiovisuales y los servicios futuros se prestar·n de conformidad con las normas nacionales y los acuerdos internacionales pertinentes, en particular con las disposiciones del Convenio Europeo sobre televisiÛn transfronteriza, teniendo en cuenta los que se apliquen al concepto de servicio universal y a la sociedad de la informaciÛn;

ii)?cobertura paneuropea del sistema de satÈlites: mediante la cobertura paneuropea de su sistema de satÈlites, la ´Sociedad Eutelsat, Sociedad AnÛnimaª procurar· dar servicio, con criterios econÛmicos, a todas las zonas en las que se requieran servicios de satÈlite en los Estados miembros;

iii)?no discriminaciÛn: los servicios se prestar·n a los usuarios con criterios equitativos, con sujeciÛn a las exigencias de la flexibilidad comercial y de conformidad con la legislaciÛn aplicable;

iv)?competencia leal: la ´Sociedad Eutelsat, Sociedad AnÛnimaª se ajustar· a todas las disposiciones legales y reglamentarias aplicables en materia de competencia.

b)?Otro de los objetivos de EUTELSAT ser· garantizar la continuidad en relaciÛn con los derechos y obligaciones internacionales derivados de la explotaciÛn del sector espacial de EUTELSAT transferido a la ´Sociedad Eutelsat, Sociedad AnÛnimaª, en particular de conformidad con el Reglamento de radiocomunicaciones por lo que respecta al uso de frecuencias.

ArtÌculo†4.?Personalidad jurÌdica.

a)?EUTELSAT gozar· de personalidad jurÌdica.

b)?EUTELSAT tendr· la plena capacidad requerida para el ejercicio de sus funciones y el logro de sus objetivos, en particular:

i)?Firmar contratos.

ii)?Adquirir, tomar en arrendamiento, tener y ceder bienes muebles e inmuebles.

iii)?Actuar en juicio.

iv)?Concluir acuerdos con Estados u organizaciones internacionales.

ArtÌculo†5.?Costes.

a)?EUTELSAT y la ´Sociedad Eutelsat, Sociedad AnÛnimaª celebrar·n acuerdos para sufragar los costes y gastos de EUTELSAT, de conformidad con el Arreglo.

b)?De conformidad con el p·rrafo a) del artÌculo V, la ´Sociedad Eutelsat, Sociedad AnÛnimaª sufragar·, dentro de los lÌmites m·ximos establecidos en el Arreglo, los costes derivados de la creaciÛn y el funcionamiento de la SecretarÌa, incluidos, aunque sin car·cter exhaustivo, los alquileres y costes conexos de mantenimiento de oficinas, sueldos y emolumentos del personal, costes derivados de la organizaciÛn y celebraciÛn de reuniones de la Asamblea de las Partes, los gastos de las consultas entre EUTELSAT y las Partes y otras organizaciones y los gastos derivados de la aplicaciÛn de las medidas adoptadas por EUTELSAT en virtud del artÌculo III para garantizar el respeto de los principios b·sicos por la ´Sociedad Eutelsat, Sociedad AnÛnimaª.

ArtÌculo†6.?Estructura de EUTELSAT.

a)?EUTELSAT tendr· los siguientes Ûrganos:

i)?La Asamblea de las Partes.

ii)?La SecretarÌa, dirigida por el Secretario ejecutivo.

b)?Cada Ûrgano actuar· dentro de los lÌmites de las atribuciones que le son conferidas por el Convenio.

ArtÌculo†7.?Asamblea de las Partes. ComposiciÛn y reuniones.

a)?La Asamblea de las Partes estar· compuesta por todas las Partes.

b)?Una Parte podr· estar representada por otra Parte en una reuniÛn de la Asamblea de las Partes, pero ninguna Parte podr· representar a m·s de dos de las otras Partes.

c)?La primera reuniÛn ordinaria de la Asamblea de las Partes se convocar· en el aÒo que sigue a la fecha de entrada en vigor del Convenio. Las reuniones ordinarias posteriores se celebrar·n cada dos aÒos, salvo si la Asamblea de las Partes decide en una reuniÛn ordinaria que la siguiente se celebre en un plazo diferente.

d)?La Asamblea de las Partes podr· celebrar asimismo reuniones extraordinarias a solicitud de una o varias Partes, si tal solicitud recibe...

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