Real Decreto 3143/1983, de 7 de Diciembre, por el que se amplia el Plazo establecido en la Disposicion transitoria segunda del Real decreto 2656/1982, de 15 de Octubre.

MarginalBOE-A-1983-33767
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Administración Territorial
Rango de LeyReal Decreto

El Real Decreto 2656/1982, de 15 de octubre, por el que se establece el régimen jurídico de los Secretarios de Ayuntamiento, a extinguir, y habilitados en propiedad, determina en la disposición transitoria segunda que, en el plazo de un año desde la entrada en vigor de este Real Decreto, todas las secretarías de Ayuntamiento desempeñadas por personas que no ostenten la condición de funcionarios, se agruparán con las de alguno de los Ayuntamientos limítrofes o se acumularán a un Secretario de Cuerpo Nacional en las condiciones legalmente establecidas. Sin embargo, la futura Ley Reguladora de las bases de régimen local y las normas que en desarrollo de la misma puedan dictarse, introducirán importantes modificaciones en la regulación vigente de la función pública local, lo que aconseja ampliar el plazo establecido en dicha disposición transitoria.

En su virtud, a propuesta del Ministro de administración territorial y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 7 de diciembre de 1983, dispongo:

Artículo único Se amplía hasta el 31 de diciembre de 1984, el plazo establecido en la disposición transitoria segunda del Real Decreto 2656/1982, de 15 de octubre.

Dado en Madrid a 7 de diciembre de 1983.- Juan Carlos R.- El Ministro de administración territorial, tomás de la quadra salcedo fernández del castillo.

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