CORRECCIÓN de errores del Real Decreto 2820/1998, de 23 de diciembre, por el que se establecen tarifas de acceso a las redes.

MarginalBOE-A-1999-4316
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Industria y Energia
Rango de LeyCorrección

CORRECCIÓN de errores del Real Decreto 2820/1998, de 23 de diciembre, por el que se establecen tarifas de acceso a las redes.

Advertidos errores en el texto del Real Decreto 2820/1998, de 23 de diciembre, por el que se establecen tarifas de acceso a las redes, publicado en el 'Boletín Oficial del Estado' número 312, de 30 de diciembre de 1998, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:

En la página 44098, primera columna, artículo 3, apartado 3, párrafo b), octava línea, donde dice: '... de los complementos de tarifa, a estos efectos,...'; debe decir: '... de los complementos de la tarifa, se considerará, a estos efectos,...'.

En la página 44098, primera columna, artículo 4, apartado 1, sexta línea, donde dice: '... adicionales aplicando lo...'; debe decir: '... adicional aplicando lo...'.

En la página 44098, segunda columna, artículo 4, apartado 2, primer párrafo, penúltima línea, donde dice:

'... en baja tensión y las tarifas en alta...'; debe decir:

'... en baja tensión y las tarifas generales en alta...'.

En la página 44098, segunda columna, artículo 4, apartado 4, primer párrafo, quinta línea, donde dice:

'... de 26 de noviembre, por el que...'; debe decir:

'... de 26 de diciembre, por el que...'.

En la página 44099, segunda columna, artículo 7, apartado 1, modo 2, párrafo a), tercera línea, donde dice:

'... de +15 y --15 por 100,...'; debe decir: '... de + 5 y --15 por 100,...'.

En la página 44100, primera columna, apartado 1, modo 3, primer párrafo, primera línea, donde dice:

'P3 = potencia a considerar en horas llano y valle...';

debe decir: 'P3 = potencia a considerar en horas valle...'.

En la página 44101, primera columna, artículo 8, apartado 1, párrafo d), tipo 3, en el cuadro de horas punta, llano y valle, para la zona 5, en horario llano de verano, donde dice:

'01

9-19

23-24', debe decir:

'0-1

9-19

23-24', En la página 44101, segunda columna, artículo 8, apartado 1, párrafo d), tipo 4, en el cuadro de horas punta, llano y valle, para la zona 5, en horario de verano, donde dice:

'01

9-17

23-24', debe decir:

'0-1

9-17

23-24'.

En la página 44102, segunda columna, artículo 9, segundo parrafo, séptima línea, donde dice: '... considerado por un precio...'; debe decir: '... considerado por su precio...'.

En la página...

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