CORRECCIÓN de errores del Real Decreto 2820/1998, de 23 de diciembre, por el que se establecen tarifas de acceso a las redes.
Marginal | BOE-A-1999-4316 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Ministerio de Industria y Energia |
Rango de Ley | Corrección |
CORRECCIÓN de errores del Real Decreto 2820/1998, de 23 de diciembre, por el que se establecen tarifas de acceso a las redes.
Advertidos errores en el texto del Real Decreto 2820/1998, de 23 de diciembre, por el que se establecen tarifas de acceso a las redes, publicado en el 'Boletín Oficial del Estado' número 312, de 30 de diciembre de 1998, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:
En la página 44098, primera columna, artículo 3, apartado 3, párrafo b), octava línea, donde dice: '... de los complementos de tarifa, a estos efectos,...'; debe decir: '... de los complementos de la tarifa, se considerará, a estos efectos,...'.
En la página 44098, primera columna, artículo 4, apartado 1, sexta línea, donde dice: '... adicionales aplicando lo...'; debe decir: '... adicional aplicando lo...'.
En la página 44098, segunda columna, artículo 4, apartado 2, primer párrafo, penúltima línea, donde dice:
'... en baja tensión y las tarifas en alta...'; debe decir:
'... en baja tensión y las tarifas generales en alta...'.
En la página 44098, segunda columna, artículo 4, apartado 4, primer párrafo, quinta línea, donde dice:
'... de 26 de noviembre, por el que...'; debe decir:
'... de 26 de diciembre, por el que...'.
En la página 44099, segunda columna, artículo 7, apartado 1, modo 2, párrafo a), tercera línea, donde dice:
'... de +15 y --15 por 100,...'; debe decir: '... de + 5 y --15 por 100,...'.
En la página 44100, primera columna, apartado 1, modo 3, primer párrafo, primera línea, donde dice:
'P3 = potencia a considerar en horas llano y valle...';
debe decir: 'P3 = potencia a considerar en horas valle...'.
En la página 44101, primera columna, artículo 8, apartado 1, párrafo d), tipo 3, en el cuadro de horas punta, llano y valle, para la zona 5, en horario llano de verano, donde dice:
'01
9-19
23-24', debe decir:
'0-1
9-19
23-24', En la página 44101, segunda columna, artículo 8, apartado 1, párrafo d), tipo 4, en el cuadro de horas punta, llano y valle, para la zona 5, en horario de verano, donde dice:
'01
9-17
23-24', debe decir:
'0-1
9-17
23-24'.
En la página 44102, segunda columna, artículo 9, segundo parrafo, séptima línea, donde dice: '... considerado por un precio...'; debe decir: '... considerado por su precio...'.
En la página...
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