ORDEN APA/1018/2003, de 23 de abril, por la que se establecen los requisitos básicos para los esquemas de selección y los controles de rendimientos para la evaluación genética de los équidos de raza pura.

Fecha de Entrada en Vigor 1 de Mayo de 2003
MarginalBOE-A-2003-8791
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Agricultura, Pesca y Alimentacion
Rango de LeyOrden

En el marco de las competencias atribuidas para la elaboración de la normativa básica estatal en materia de producción ganadera, para la conservación y mejora de los animales, en el Real Decreto 376/2003, de 28 de marzo, por el que se establece la estructura orgánica del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, mediante la presente disposición se regulan los requisitos básicos de los esquemas de selección y el control de rendimientos para la valoración genética de los animales.

El Real Decreto 1133/2002, de 31 de octubre, por el que se regula en el ámbito de las razas equinas, el régimen jurídico de los libros genealógicos, las asociaciones de criadores y las características zootécnicas de las distintas razas, supone la base para el desarrollo de las normativas que afectan a las razas puras equinas con vistas a su conservación, ordenación, mejora y fomento, y mediante la presente Orden ministerial se desarrollan los criterios técnicos para lograr esos objetivos.

Una vez que ya están definidas reglamentariamente las condiciones de inscripción de los animales en los libros genealógicos, es preciso avanzar en los esquemas de selección y planes de mejora, así como definir los controles de rendimientos, que permitan alcanzar el progreso genético de nuestras razas equinas.

Estos esquemas deben ser elaborados, ejecutados y desarrollados por las organizaciones de criadores oficialmente reconocidas para las diversas razas y aprobados por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

Los esquemas de selección y planes de mejora deben incorporar, además de la información genealógica, los resultados de la valoración de reproductores y de los controles de rendimientos, realizados a través de los datos recogidos en las diversas pruebas y disciplinas hípicas establecidas para cada raza, incluidas las pruebas en centros de testaje o estaciones de control, las pruebas de campo y los resultados de los concursos en los que participen los équidos.

El objetivo que se persigue es la determinación del valor genético de los équidos con el fin de que, a través de los mejores genotipos para unas determinadas aptitudes, se puedan diseñar los acoplamientos entre los reproductores para optimizar el máximo progreso genético y aumentar la competitividad de nuestras razas equinas en el mercado internacional.

La presente Orden ministerial se adopta de conformidad con la disposición final primera del Real Decreto 1133/2002, de 31 de octubre.

En su tramitación han sido consultadas las Comunidades Autónomas y las entidades afectadas.

En su virtud, dispongo:

Artículo 1 ?Objeto.

La presente disposición establece las condiciones básicas para la valoración genética de los équidos a través de los esquemas de selección y planes de mejora, así como las características de los controles de rendimientos en las diversas razas.

Artículo 2 ?Esquemas de selección y planes de mejora.
  1. ?Los esquemas de selección y planes de mejora tendrán un carácter único para cada raza ganadera y serán elaborados, desarrollados y ejecutados por las organizaciones o asociaciones de criadores oficialmente reconocidas, con la colaboración del órgano gestor de los libros genealógicos, debiendo estar avalados por un departamento de la Universidad, un centro de investigación o un organismo técnico cualificado que diseñe su estructura y procese toda la información necesaria para la valoración genética de los animales. Asimismo, deberán estar ejecutados por personal cualificado para la realización de las diversas fases integrantes de los esquemas y que sean necesarias para su adecuada aplicación.

  2. ?Las organizaciones o asociaciones de criadores oficialmente reconocidas presentarán las propuestas de esquemas de selección y planes de mejora a la Dirección General de Ganadería para su aprobación y financiación, en su caso.

  3. ?Los esquemas de selección y planes de mejora deberán adecuarse a los parámetros y etapas que figuran en el Anexo de la presente Orden.

  4. ?Los ganaderos podrán solicitar su participación en los esquemas de selección y planes de mejora a las organizaciones o asociaciones de criadores oficialmente reconocidas. Una vez que los ganaderos se hayan incorporado a un esquema de selección, deberán prestar la máxima colaboración al mismo, mediante la puesta a disposición de sus animales en las fases del esquema a las que se adhieran.

  5. ?Los esquemas de selección deberán incorporar y desarrollar, al menos, los siguientes apartados:

    a)?Definición de los objetivos de mejora y sus criterios de selección.

    b)?Obtención de información de los registros genealógicos y productivos.

    c)?Control de rendimientos y ponderación de los diversos datos a evaluar en el esquema.

    d)?Determinación del valor genético de los animales controlados y elección de los potenciales reproductores.

    e)?Estrategia de utilización de los reproductores elegidos y difusión de la mejora obtenida.

  6. ?Los esquemas de selección y planes de mejora deberán establecer y definir cuáles de los parámetros que figuran en el apartado A del Anexo de la presente disposición son incorporados a los mismos y la metodología para su consideración y ponderación final en la evaluación genética de los animales.

  7. ?Los esquemas deberán estructurarse en fases de selección de reproductores, conectadas entre sí, que deberán quedar expresamente definidas para cada raza y que, como marco de referencia, figuran en el apartado B del Anexo de la presente Orden.

  8. ?Se deberán establecer parámetros y criterios de selección precoces en animales jóvenes y desarrollar métodos estadísticos y genéticos para optimizar la utilización de los resultados obtenidos en las diferentes pruebas.

Artículo 3 ?Controles de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR