Corrección de errores del Real Decreto 1475/1981, de 24 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de los Cuerpos Especiales de la Dirección General de Correos y Telecomunicación.

MarginalBOE-A-1981-21863
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Transportes, Turismo y Comunicaciones
Rango de LeyCorrección

Advertidos errores en el texto remitido para su publicación del citado Real Decreto, inserto en el «Boletín Oficial del Estado» número 174, de 22 de julio de 1981, páginas 16639 a 16652, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:

En el Reglamento, artículo 2.º, número 3, líneas sexta y séptima; número 4, líneas octava y novena; número 5, líneas novena y décima; número 9, líneas sexta y séptima; número 10, líneas séptima y octava, y número 11, líneas quinta y sexta, donde dice en todos ellos: «conforme a lo previsto en los artículos 31.1 y 53.2», debe decir: «conforme a lo previsto en los artículos 31 y 52.2».

Artículo 22

líneas tercera y cuarta, donde dice: «de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10», debe decir: «de conformidad con lo dispuesto en el articulo 9».

Artículo 34

última línea, donde dice: «en el párrafo segundo del artículo 33», debe decir: «en el párrafo segundo del artículo 32.

Artículo 36

cuarta línea, donde dice: «detallan en el artículo 40», debe decir: «detallan en el artículo 39».

Artículo 39

líneas sexta y séptima, donde dice: «los requisitos señalados en los artídulos 37 y 38», debe decir: «los requisitos señalados en los articules 36 y 37».

Artículo 44

línea segunda, donde dice: «una plaza de las previstas en el artículo 43», debe decir; «una plaza de las previstas en el artículo 42».

Artículo 45

línea cuarta, donde dice: «previstas en loe artículos 43 y 37», debe decir: «previstas en los artículos 42 y 36».

Disposición...

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