Resolución de 9 de mayo de 2013, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se convocan ayudas a Federaciones Deportivas Españolas para actividad en Centros Especializados de Alto Rendimiento, Centros de Tecnificación Deportiva y Centros Especializados de Tecnificación Deportiva, en el año 2013.

MarginalBOE-A-2013-5892
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Educacion, Cultura y Deporte
Rango de LeyResolución

La Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte, en su artículo 8.d) atribuye al Consejo Superior de Deportes (en adelante C.S.D.) competencia para conceder las subvenciones económicas que procedan a las federaciones deportivas y demás entidades y asociaciones deportivas inspeccionando y comprobando la adecuación de las mismas al cumplimiento de los fines previstos en dicha ley.

Por su parte el Real Decreto 2195/2004, de 25 de noviembre, por el que se regula la estructura orgánica y las funciones del C.S.D., atribuye a este organismo competencias destinadas a desarrollar el mandato constitucional de fomento de la educación física y el deporte y las que se le atribuyan en la normativa legal y reglamentaria, incluyendo entre las atribuciones de su Presidente, el conceder las subvenciones económicas que procedan con cargo a los presupuestos del organismo.

Se pretende que las Federaciones Deportivas Españolas compatibilicen el trabajo de perfeccionamiento de sus deportistas menores más destacados con los planes de alta competición, concentrando la aplicación de los esfuerzos en aquellos deportistas con auténtico potencial, con la intención de unificar sus objetivos con los de los diferentes Programas Autonómicos existentes en los Centros Especializados de Alto Rendimiento (C.E.A.R.), Centros de Tecnificación Deportiva (C.T.D.) y Centros Especializados de Tecnificación Deportiva (C.E.T.D.), estableciendo el mayor control posible para ubicar y consolidar a sus deportistas en la élite internacional, y haciendo todo ello compatible con el desarrollo de programas integrales para los jóvenes deportistas que nos representarán en el futuro.

Estos programas, además de contar con la planificación técnica oportuna, deberán ayudar a los deportistas a desarrollarse en el entorno social y educativo adecuados para jóvenes en períodos tan sensibles de su desarrollo personal, proporcionándoles ayuda específica para su formación educativa, a través de diferentes formas de ayuda a la docencia; así como el seguimiento médico-deportivo que garantice tanto su adecuado desarrollo físico y la protección de su salud ante situaciones especiales de esfuerzo, como el apoyo científico necesario para su mayor progreso deportivo.

Es intención del C.S.D. fomentar la actividad de Tecnificación y Alta Competición de las Federaciones Españolas en los C.T.D., C.E.T.D. y C.E.A.R., en algunos de las cuales es preciso llevar a cabo una actividad subvencionada bajo el régimen previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en su Reglamento de desarrollo, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.

Por todo ello, de acuerdo con la Orden ECD/2681/2012, de 12 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones y ayudas por el C.S.D., y en uso de las atribuciones conferidas en el art. 4.2.e) del ya citado Real Decreto 2195/2004, dispongo:

Primero. Objeto y ámbito de la aplicación.

1) Convocar ayudas o subvenciones económicas a las Federaciones Españolas para actividades deportivas realizadas en el año 2012 y/o ya realizadas o pendientes de realizar en el año 2013 en los Centros que hayan sido clasificados por el C.S.D., en cumplimiento de la Resolución de 17 de junio de 2002 (BOE de 12 de julio), por la que se clasifican las instalaciones deportivas para el desarrollo del deporte de alto nivel y de competición, para colaborar en los gastos de realización de actividades deportivas llevadas a cabo en los ejercicios 2012 y 2013.

2) Las beneficiarias de las ayudas o subvenciones serán las Federaciones Deportivas Españolas que desarrollen programas de tecnificación en los C.T.D. y C.E.T.D., y/o alto nivel en los C.E.A.R. cuya titularidad o gestión corresponde a la Comunidad Autónoma.

3) Se subvencionarán inicialmente las actividades del año 2012 hasta un máximo de 500.000 euros. Posteriormente, y en el caso que exista mayor crédito, podrán concederse mediante una resolución posterior subvenciones para las actividades del año 2013.

4) Actividades del año 2012 que pueden ser objeto de subvención:

Técnicos.

Concentraciones permanentes.

Concentraciones puntuales.

5) Actividades del año 2013 que pueden ser objeto de subvención:

Concentraciones permanentes.

Concentraciones puntuales.

Técnicos.

Personal de apoyo (médicos, fisioterapeutas, tutores, preparadores físicos, etc.)

Servicios de apoyo al entrenamiento.

Competiciones no oficiales.

Actividad formativa.

Otros relacionados directamente con la actividad.

Segundo. Solicitudes.

Uno. Habrán de ser presentadas por las Federaciones Deportivas Españolas ya definidas, con las siguientes opciones:

  1. Actividad en los C.T.D. y C.E.T.D. cuya titularidad o gestión corresponda a las Comunidades Autónomas.

  2. Actividad en los C.E.A.R. o C.A.R. cuya titularidad o gestión corresponda a las Comunidades Autónomas.

    Dos. La subvención deberá solicitarse para concentraciones permanentes, concentraciones puntuales, técnicos, personal de apoyo (médicos, fisioterapeutas, tutores, preparadores físicos, etc.), servicios de apoyo al entrenamiento, competiciones, actividad formativa y otros relacionados directamente con la actividad.

    Tercero. Documentación.

    Uno. Formato y documentación: En la solicitud de subvención pública, que debe ajustarse a los modelos publicados en la página web del C.S.D. (www.csd.gob.es), debe especificarse el importe que se solicita.

    Dos. Documentación: La solicitud deberá ir acompañada de los...

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