Orden de 11 de enero de 1996 por la que se dictan instrucciones a «Telefónica de España, Sociedad Anónima», para establecer un servicio de acceso a información a través de la red telefónica publica conmutada y red digital de servicios integrados.

MarginalBOE-A-1996-1708
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente
Rango de LeyOrden

El Real Decreto 804/1993, de 28 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento técnico y de prestación de servicio de telecomunicación de valor añadido de suministro de conmutación de datos por paquetes o circuitos, regula la prestación de dicho servicio a través de concesionarios en régimen de libre competencia y faculta al Ministro de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente para dicta cuantas disposiciones sean precisas para su desarrollo y ejecución.

El desarrollo desde la fecha de aprobación de dicho Real Decreto de la prestación del servicio por los distintos concesionarios, ha puesto de manifiesto la necesidad de establecer las condiciones en que estos prestadores pueden utilizar los servicios portadores de «Telefónica de España, Sociedad Anónima», con el fin de garantizar la igualdad de trato en la utilización de dichas infraestructuras y facilitar el acceso a las mismas a efectos de un mayor desarrollo de dicho servicio.

La prestación del servicio a que se refiere esta Orden, consiste fundamentalmente en el acceso desde los abonados del servicio telefónico o red digital de servicios integrados (RDSI), a la información suministrada por proveedores de información o de servicios de información, a través de la red telefónica conmutada hasta un punto de interconexión donde se conectan los concesionarios del servicio de conmutación de datos.

La importancia cada vez más acentuada de las telecomunicaciones como factor dinamizador de la economía y de la sociedad, como están poniendo de relieve iniciativas en el marco de las denominadas «autopistas de la información» o de la «sociedad de la información», cuyo primer exponente lo constituye la red global conocida genéricamente con el nombre de Internet, hace imprescindible extender la posibilidad de utilización de estos recursos a la mayor parte de los ciudadanos.

La red telefónica pública conmutada es en la actualidad por su capilaridad la única capaz de proporcionar un acceso universal a los nodos o servidores establecidos por los proveedores de servicios de información, facilitando la utilización de nuevas tecnologías de la información a sectores cada vez más amplios de la población. Por ello, los principales operadores europeos están estudiando la posibilidad de poner en funcionamiento servicios similares al señalado que, mediante la utilización de dicha red, permitan el acceso de los usuarios a la información y nuevos servicios de información a precios asequibles para los mismos.

La implantación de un servicio de las características del señalado, abrirá, sin duda, nuevos mercados y posibilidades de desarrollo de las telecomunicaciones, tanto a nivel tecnológico como social, especialmente el de proveedores de información.

Por otra parte, el escenario de liberalización de los servicios y, en particular, de los de transmisión de datos, hace imprescindible que la prestación del servicio se realice con estricto cumplimiento del principio de neutralidad por el operador de la red telefónica pública conmutada, de forma que los distintos operadores de servicios de transmisión de datos disfruten de idénticas posibilidades de desarrollo de dichos servicios.

En este contexto, la Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a la aplicación de la Oferta de Red Abierta (ONP) a la telefonía vocal, establece que la autoridades nacionales de reglamentación velarán por que los organismos de telecomunicaciones respondan a solicitudes razonables para el acceso especial a la Red Telefónica Pública Fija, accesos como el que contempla esta Orden para la prestación de servicios de conmutación de datos.

...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR