Corrección de errores del Real Decreto 1699/2011, de 18 de noviembre, por el que se regula la conexión a red de instalaciones de producción de energía eléctrica de pequeña potencia.

MarginalBOE-A-2012-2082
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Industria, Energía y Turismo
Rango de LeyCorrección

Advertidos errores en el Real Decreto 1699/2011, de 18 de noviembre, por el que se regula la conexión a red de instalaciones de producción de energía eléctrica de pequeña potencia, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 295, de 8 de diciembre de 2011, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:

En la página 130047, en la disposición transitoria primera, donde dice: «… en el artículo 6 y en la disposición adicional tercera…», debe decir: «… en el artículo 6 y en la disposición adicional decimotercera del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica…».

En la página 130048, en la disposición final primera, apartado dos, en el primer párrafo del punto 1, donde dice: «1. Para todas las instalaciones de generación de régimen ordinario y régimen especial no contempladas en el presente real decreto el coste…», debe decir: «1. Para todas las instalaciones de generación de régimen ordinario y régimen especial a las que no les sea aplicable la normativa específica reguladora de la conexión a red de las instalaciones de producción de energía eléctrica de pequeña potencia el coste…».

En la página 130057, en la disposición final cuarta, apartado dos, en el cuarto párrafo del punto 2, donde dice: «... el plazo máximo para resolver y notificar será de seis meses desde que la Dirección...

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