Resolución de 16 de mayo de 1984, de la Dirección General de Enseñanza Universitaria, por la que se modifica la Resolución de la Dirección General de Universidades e Investigación de 29 de abril de 1975 sobre pruebas de aptitud para acceso a la Universidad, en los párrafos primero, segundo y tercero de su apartado 4º.

MarginalBOE-A-1984-11912
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Educacion y Ciencia
Rango de LeyResolución
14B52 2R
mAy",
lP84
BOE.-Núm.
127
11911
11912
MINISTERIO
DE
EDUCACION
yCIENCIA
ORDEN
de
22 de
mayo
de
1984
sobre
conhnuación
de estudios
en
la
Facultad
de
Bellas
Artes
por
tos
alumnos
que
no
lo.
hubiesen
concluido
en
las
antiguas
Escuela,
Superiores
de
Bellas Artes.
Ilustrísimos
señores:
La
disposición
transitoria
segunda
del
Real
Decreto
988/19"l8,
de
14
de
abril,
sobre
transformación
de
las
Escuelas
Superiores
de
Bellas
Artes
en
Facultades
Universitarias,
disponía
que
los
alumnos
matriculados
en
las
Escuelas
Superiores
de
Bellas
Ar-
tes
en
el
afio
académico
1977-78 y
en
cursos
anteriores,
segui-
rían
sus estudios
en
las
citadas
Escuelas conforme alos
planes
'!
régimen
entonces
vigentes
y
con
sj.ljeción alo
esbrblecido
en
la
disposición
transitoria
primera.
2 y
3,
de
la
Ley Genera.l
de
Educación.
Asimismo,
y
coherentemente
con
lo
dispuesto.en
la
disposición
transitoria
primera
del
citAdo
Real
Decreto,
dicha
previsión
resulta
también
de
aplicación
a
quienes
se
hubiesen
ma1;ricülado
en
las
Escuelas
Superiores-
de
Bellas
Artes
previa
superación
de
las
pruebas
de
ingreso
en
el
curso
académico
1978-79.
Ante
la
próxima
extinción
de
los
estudios
cursados
en
las
Escuelas
Superiores
de
Bellas
Artes
que
hayan
podido
reali-
zarse
al
amparo
de
lo
previsto
en
las
disposiciones
transitorias
primera
y
segunda
del
Re&l
Decreto
988/1978,
de
14
de
abril,"
se
hace·
preciso
dictar
le.
disposición
oportuna
que,
respetando
los
derechos
adquiridos
por
los
alumnos
da
las
Escuelas
Supe-
riores
de
Bp.llas
Artes,
permium
la
inserción
de
los
mismos
en
el
nivel
universitario,
a
través
de
la
matncula
en
las
corres-
pondientes
Facultades
de
Bellas
Artes,
previas
la8
convalida"
ciones
oportunas.
RESOLUCION
de
16
de
mayo
de 1984, de la
Direc-
ción
General
de Enseñan.za
Universitaria.
por
la
que
se
modtftca
la
Resolución
de
la
Dirección
Ge-
neral
d.
Universidades
e
Investigación
de
29
de
abril
de 1975
sobre
prueba,
de
aptitud
para
acceso
ala
Universidad.
en las
pdrrofos
primero.
segundo
y
tercero
de
su
apartado
4.·
El
último
Inciso
del
péITafo
primero
y
el
pérrafo
segundo
del
apartado
4.°
de
la
Resolución
de
la
Dirección
General
de
Universidades
e
Investigación
de
29
de
abril
de
1975,
"Ins-
cripción
para
las
pruebas.,
fueron
modificados
por
Resolución
de
esta
Dirección
General
de
3
de
mayo
de
1979,
en
consonancia
con
la
Orden
ministerial
de·
2
de
mayo
de
1979,
dictada
como
consecuencia
de
la
regulación
del
Curso
de
Orientación
Uni-
versitaria
llevado
a
cabo
por
las
Ordenes
de
22
de
marzo
de
1975
y
11
de
septiE"mbre
de
1976,
lo
que
obligó
a
determinadas
madi·
ficac10nes
en
el
proceso
documental
de
inscripción
de
los
alum-
nos
en
las
pruebas
de
aptitud
para
acceso
a
la
Universidad,
si
bien
se
mantenia
el
principio
del
sistema
de
inscripción
que
dicho
punto
regulaba,
confiéndolo
en
su
eJecución
a
los
Cen-
tros
que
impartfan
el'
Curso
de
Orientación
Universitaria.
Ahora
bien,
la
experiencia
viene
demostrando
qUe
esta
ges-
tión
confiada
alos
Centros
en
los
que
se
imparte
el
COU
altera
considerablemente
el
funcionamiento
de
los
mismos,
con
graves
repercusiones
en
el
normal
desarrollo
de
sus
tareas
adminis·
trativas,
que,
aparte
de
su
desfavorable
incidencia
frente
a
los
propios
administrados,
presenta
una
evIdente
disfuncionalidad
en
la·
gestión
del
servicio
qUe
parece
prudente
corregir.
Por
todo
lo
cual
se
estima
procedente
encomendar
íntegra·
mente
a
las
propias
Universidades
la
gestión
administrativa
del
proceso
de
las
pruebas
de
aptitud
para
acceso
a
la
Universt·
dad,
desde
la
inscripción
del
alumno
hasta
BU
calificación
de-
finitiva
en
las
mismas.
En
consecuencia
y
previo
informe
de
la
Junta
Nacional
de.
Universidades,
y
haciendo
uso
de
las
facultades
qua
le
confiere
la
Orden
de
9
de
enero
de
1975
en
su
articuio
2.·,
Esta
Dlrecclón
General
ha
resuelto:
Primero.-Los
párrafos
primero
y
segundo
del
apartado
4.°
de
la
Resolución
de
la
DirecciÓn
General
de
Universidades
e
En
su
virtud,
previo
informe
de
la
Junta
Nacional
de
Univer-
sidades,
Este
Ministerio
ha
dispuesto:
Primero.-Los
alumnos
a
que
se
refieren
las
disposiciones
transitorias
primera
y.
segunda
del
Real
Decreto
968/1978,
de
14
de
abril.
que
no
hayan
concluido
su
estudios
en
las
respectivas
Escuelas
Superiores
de
Bellas
Artes,
en
los
plazos
previstos
en
la
disposición
transitoria
primera,
2.
de
la
Ley
General
de
Ed.u~
cación,
podrán
continuarlos
en
las.
Facultades
de
Bellas
Artes.
con
sujeción
a
los
planes
de
estudio
actualmente
vigentes.
Los
alumnos
a
que
se
refiere
el
párrafo
anterior
deberán
tener
aprobado
el
Curso
de
OrientB'eión
Universitaria
y
superar
las
pruebas
de
aptitud
correspondientes,
o
bien
superar
las
prue-
bas
para
mayores
de
veinticinco
años
previstas
en
el
artícu·
lo 36.3
de
la
Ley
General
de
Educación.
Segundo-A
los
efectos
de
la
aplicación
de
eshr
Orden
se
autoriza
alos
Rectores
para
tramitar
y
resolver
los
expedientes
de
convalidación
de
estudios,
de
conformidad
con
lo
dispuesto
en
la
Orden
ministerial
de
17
de
mayo
de
1009
("Boletín
Oficial
del
Estado.
del
29),
Y
disposiciones
complementarias.
Tercero.-Queda
facultada
la
Dirección
General
de
Enseñan~
·za
Universitaria
para
dictar
las
resoluciones
necesarias
para
el
desarrollo
yapltca.ción
de
la
presente
Orden,
que
entraré
en
vi·
gor
al
día
siguiente
de
su
publicación
en
el
"Boletin
Oficial
del
Estado
•.
Lo
que
comunico
aVV.
11.
para
su
conocimiento
y
efectos.
Madrid,
22
de
mayo
de
1984.
MARAVALL
HERRERO
Ilma.
Sra.
Secretaria
de
Estado
de
Universidades
e
Investiga·
ción
eIlmo.
Sr.
Director
general
de
Enseñanza
Universitaria.
Investigación
de
29
de
abril
de
1975.
"Inscripción
para
las
prue.-
bas.,
según
quedaron
redactados
por
la
Resolución
de
3
de
mayo
de
1979,
quedan
sustituidos
por
los
siguientes:
"Inscripción
para
las
pruebas
•.
-Las
Universidades
realiz.arán
la
inscripción
de
aquellos
a.lumnos
que
hayan
alcanzado
eva-
luación
global
positiva
en
el
Curso
de
Orientación
Universi-
taria
yqUe
deseen
presentarse
a
las
pruebas
de
acceso.
Para
ello,
dichos
alumnos
presentarán
en
1&
oficina
señalada
al
efecto
el
libro
de
calificación
escolar
y,
debidamente
cumpll-
mentado,
el
documento
A
del
anexo,
certificado
por
el Secre.-
tario
del
Instituto,
a
la
vista
del
certificado
del
Director
del
Centro
en
el
que
el
alumno
haya
seguido
el
Curso
de
Orienta~
ción
Universitaria.
En
dicho
documento
constarán
claramente
los
nombres
y
apellidos,
la
opción
A o B
elegida
por
el
aiumno,
las
dos
materias
optativas
elegidas
dentro
de
la
opción
y
las
medias
de
la
nota
de
los cursOs
de
Bachillerato
Unificado
Poli~
valente
o
de
Formación
Profesional
de
segundo
grado
y
Curso
de
Orientación
Universitaria
del
alunmo.
Las
relaciones
de
alumnos
que
cada
Universidad
confeccione
para
control
de
los
alumnos
inscritos
en
las
pruebas
serAn
numeradas
y
por
orden
alfabético
de
apellidos
y
el
de
las
ma-
terias
optativas
según
el
orden
establecido
en
la
Orden
minis~
terial
de
11
de
septiembre
de
1976
(_Boletín
Oficial
del
Estado.
del
22),
consignando
la
opción
elegida
por
el
alumno
y
la
nota
media
de
su
expediente
académico.
Segundo.-Queda
derogado
el
párrafo
tercero
del
aparta-
do
4.°
de
la
Resolución
de
la
Dirección
General
de
Universi-
dades
e
Investigación
29
de.
abrIl
de
1975.
Tercero.-La
presente
Resolución
entrará
en
vigor
en
el
curso
académico
lQ84-B5,
siendo
de
aplicación
en
la
co~vocatoria
de
las
prnebas
de
aptitud
para
acceso
a
la
UniverSIdad
de
junio
de
dicho
curso
y
siguientes
convocatorias.
Lo
digo
aV. S.
para
su
conocimiento
y
efectos.
Madrid,
16
de
mayo
de
1984.-El
Director
general,
Emilio
Lamo
de
Espinosa.
Sr.
Subdirector
general
de
Ordenación
Aca~émica
Universitaria.

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