Real Decreto 2544/1983, de 28 de julio, por el que se prorroga la resolución-tipo para la construcción, en régimen de fabricación mixta, de unidades enfriadoras con motocompresor, condensador y evaporador desde 500.000 frigorías/hora hasta 4.500.000 frigorías hora (P. A. 84.15.C.II.d).

MarginalBOE-A-1983-25857
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Economia y Hacienda
Rango de LeyReal Decreto

El Real Decreto 785/1979, de 16 de marzo ( de 19 de abril), aprobó la Resolución-tipo para la fabricación mixta de unidades enfriadoras con motocompresor, condensador y evaporador desde 500.000 frigorías/hora hasta 4.500.000 frigorías/hora, con una vigencia de dos años. Esta resolución-tipo ha sido prorrogada y modifcada por Real Decreto 2453/1981, de 20 de agosto ( de 27 de octubre).

Persistiendo las mismas circunstancias que aconsejaron su establecimiento y posterior prórroga y considerando que está prevista la aprobación de algunas autorizaciones-particulares, al amparo de la Resolución-tipo, es conveniente proceder a una nueva prórroga de su plazo de vigencia.

En su virtud, a propuesta del Ministro de Economía y Hacienda y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 27 de julio de 1983, dispongo:

Artículo 1 Queda prorrogada por dos años, a partir de la fecha de su caducidad, la vigencia de la Resolución-tipo establecida por Real Decreto 785/1978, de 16 de marzo, para la fabricación mixta de unidades enfriadoras eon motocompresor, condensador y evaporador desde 500.000 frigorías/hora hasta 4.500.000 frigorías/hora.

Art. 2. El presente Real Decreto entrará en vigor el día de su publicación en el .

Dado en Madrid a 28 de julio de 1983.- JUAN CARLOS R.- El Ministro de Economía y Hacienda, Miguel Boyer Salvador.

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