RESOLUCIÓN DE 14 DE OCTUBRE DE 1996, de la Direccion general de Trabajo y Migraciones, por la que se dispone la Inscripcion en el Registro y Publicacion del Contenido del acuerdo nacional sobre Formacion continua para el Sector de Transportes de Enfermos y accidentados en ambulancias.

MarginalBOE-A-1996-23787
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Trabajo y Asuntos Sociales
Rango de LeyResolución

Visto el contenido del Acuerdo Nacional sobre Formación Continua para el sector de Transportes de Enfermos y Accidentados en Ambulancias, que fue suscrito con fecha 30 de julio de 1996, de una parte por la Federación Estatal de Transportes y Telecomunicaciones de la Unión General de Trabajadores (FETTC-UGT) y la Federación Estatal de Transportes, Comunicaciones y Mar de Comisiones Obreras (FETCOMAR-CC OO), y de otra, por la Organización Empresarial Federación Nacional de Empresarios de Ambulancias (ANEA), y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 83.3, en relación con el 90 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo, Esta Dirección General de Trabajo y Migraciones acuerda:

Primero.-Ordenar la inscripción del citado Acuerdo Nacional en el correspondiente Registro de este Centro Directivo.

Segundo.-Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 14 de octubre de 1996.-La Directora general, Soledad Córdova Garrido.

ACUERDO NACIONAL SOBRE FORMACIÓN CONTINUA PARA EL SECTOR DEL TRANSPORTE SANITARIO

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La formación profesional continua constituye un valor estratégico ante los procesos de cambio económico, tecnológico y social en el que estamos inmersos. El futuro de nuestro sistema productivo depende, en gran parte, de las cualificaciones de la población activa, tanto de los trabajadores como de los empresarios, especialmente los de las pequeñas y medianas empresas, y por ello, la formación profesional de calidad constituye una verdadera inversión.

La necesidad de formación profesional se acentúa en el sector del transporte sanitario, donde los cambios tecnológicos y la fuerte competencia a la que se enfrentan las empresas, hacen necesaria una rápida cualificación o recualificación de los trabajadores del sector.

La libre circulación de los trabajadores y la instauración del Mercado Único, exigen desarrollar medidas de formación continua, cuyas funciones fueron señaladas por la Resolución del Consejo de Comunidades Europeas sobre Formación Profesional Permanente (5 de junio de 1989).

También, hay que tener en cuenta, que la filosofía en materia de formación continua, debe basarse en la coordinación del Estado con las empresas y organizaciones sindicales y empresariales, para la administración de los fondos destinados a la misma.

Los trabajadores tienen derecho, en su relación de trabajo, por otra parte, a la promoción y formación profesional para su cualificación.

Por todo ello, el 16 de...

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