Real Decreto 2681/1982, de 24 de Septiembre, por el que se encomienda al instituto nacional para la Conservacion de la Naturaleza (icona) la Repoblacion forestal-ornamental de Terrenos del ayuntamiento de Santa cruz de Tenerife.

MarginalBOE-A-1982-28006
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Educacion y Ciencia
Rango de LeyReal Decreto

En cumplimiento de los fines específicos que el Decreto-Ley diecisiete mil novecientos setenta y uno, de veinticinco de octubre, asigna al Instituto Nacional para la conservación de la naturaleza (icona), y en el marco del programa titulado "adecuación de zonas forestales para su utilización recreativa", consideró dicho organismo autónomo la conveniencia de participar en la creación de zonas verdes urbanas o suburbanas, complementando las actuaciones que en el mismo sentido y con arreglo a sus posibilidades, realizan las Entidades Locales necesitadas de áreas de expansión y recreo para su vecindario. Motivaciones de esta índole dieron lugar a la promulgación de varios decretos por los que encomendó al Instituto Nacional para la conservación de la naturaleza (icona), la repoblación forestalornamental de terrenos pertenecientes a los Ayuntamientos afectados.

Análogas circunstancias concurren en Santa Cruz de Tenerife cuyo Ayuntamiento es propietario de terrenos en "monte de las mesas", que circundan la ciudad, "cuya superficie asciende a ciento cincuenta y dos hectáreas, que reúnen inmejorable situación para la formación de zonas verdes que se enmarquen en el paisaje, contribuyan al ornato de aquélla y, por otra parte, constituyen un inestimable elemento de purificación ambiental y al disfrute ciudadano.

Resulta, pues, aconsejable que la trayectoria iniciada por el icona con estas finalidades se continúe en apoyo del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, imposibilitado de acceder, por sus propios medios al logro de su justa aspiración, de establecer la conveniente masa forestal Ornamental en los terrenos antes citados.

En su virtud, a propuesta del Ministro de Agricultura, pesca y alimentación y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día veinticuatro de septiembre de mil novecientos ochenta y dos,

Dispongo:

Artículo primero Se encomienda al Instituto Nacional para la conservación de la naturaleza (icona), la repoblación de carácter Ornamental y obras auxiliares de los terrenos no urbanizables en "monte de las mesas", propiedad del excelentísimo Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, que dicha corporación pondrá a su disposición con el expresado fin.
Artículo segundo El Instituto Nacional para la conservación de la naturaleza (icona), satisfará, con cargo a sus fondos, todos los gastos inherentes a los trabajos de repoblación y obras auxiliares señalados en el artículo primero.
Artículo tercero El Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife realizará, con cargo a sus presupuestos, las obras necesarias para dotar de agua a la zona objeto de repoblación.
Artículo cuarto Una vez finalizados los trabajos citados en el artículo primero se procederá a la entrega de la zona repoblada al excelentísimo Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, de cuya cuenta correrá la conservación de la zona verde creada.
Artículo quinto Se faculta al Ministerio de Agricultura, pesca y alimentación para adoptar las medidas y dictar las disposiciones precisas para el cumplimiento de este Real Decreto.

Así lo dispongo por el presente Real Decreto, dado en Madrid a veinticuatro de septiembre de mil novecientos ochenta y dos.

Juan Carlos R.

El Ministro de Agricultura, pesca y alimentación,

Jose Luis Garcia ferrero

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