Resolución de 13 de mayo de 2008, de la Secretaría General de Energía, por la que se regulan las emisiones primarias de energía previstas en la disposición adicional única del Real Decreto 324/2008, de 29 de febrero, por el que se establecen las condiciones y el procedimiento de funcionamiento y participación en las emisiones primarias de energía eléctrica.

Fecha de Entrada en Vigor29 de Mayo de 2008
MarginalBOE-A-2008-9155
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Industria, Turismo y Comercio
Rango de LeyResolución

La disposición adicional decimosexta de la Ley 54/97, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, modificada por la ley 17/2007, de 4 de julio, habilita al Gobierno a establecer subastas primarias de energía con carácter obligatorio para los Operadores Dominantes.

Por su parte, el Real Decreto 324/2008, de 29 de febrero, por el que se establecen las condiciones y el procedimiento de funcionamiento y participación en las emisiones primarias de energía eléctrica desarrolla dicha disposición habilitando al Secretario General de Energía a definir sus características por resolución.

Conforme a lo previsto en la disposición adicional única del Real Decreto mencionado, la presente resolución define las características de las opciones, la potencia concreta a subastar y las características del precio de ejercicio, y la forma de entrega y nominación de las opciones.

Las emisiones primarias se configuran como opciones de compra de la energía asociada a una potencia preestablecida que se reparte al 50% entre las empresas Endesa e Iberdrola.

De esta forma, este mecanismo de emisión primaria de energía instrumentado a través de la venta de opciones de compra da lugar a un incremento significativo de la competencia en el mercado eléctrico al reducirse en la práctica el incentivo al ejercicio del poder pivotal de los operadores con mayor cuota de mercado y producir, en consecuencia, una mejora de la estructura competitiva del mercado.

Visto el informe de la Comisión Nacional de Energía.

Esta Secretaría General ha resuelto:

Artículo 1 Objeto.

Constituye el objeto de esta Resolución la regulación de las características de las subastas para la adjudicación de las emisiones primarias de energía previstas en la disposición adicional única del Real Decreto 324/2008, de 29 de febrero, por el que se establecen las condiciones y el procedimiento de funcionamiento y participación en las emisiones primarias de energía eléctrica.

Artículo 2 Características de los productos.

Se subastarán dos productos diferentes: Producto Base y Producto Punta.

Producto Base. Consistente en opciones horarias ejercitables durante las 24 horas del día, de todos los días del período de entrega. El nominal de cada contrato es de 10 MW.

Producto Punta. Consistente en opciones horarias ejercitables únicamente en las horas definidas como punta de todos los días del período de entrega, excepto sábados, domingos y festivos nacionales. El nominal de cada contrato es de 10 MW.

Artículo 3 Períodos de entrega de la energía.

Los periodos de entrega prefijados para cada una de las dos subastas previstas en la disposición adicional única del Real Decreto 324/2008, de 29 de febrero, por el que se establecen las condiciones y el procedimiento de funcionamiento y participación en las emisiones primarias de energía eléctrica son:

Subasta n.º 6:

Semestre comprendido entre las 0:00 h del 1 de octubre de 2008 y las 24:00 h del 31 de marzo de 2009.

Año comprendido entre las 0:00 h del 1 de octubre de 2008 y las 24:00 h del 30 de septiembre de 2009.

Subasta n.º 7:

Semestre comprendido entre las 0:00 h del 1 de abril de 2009 y las 24:00 h del 30 de septiembre de 2009.

Año comprendido entre las 0:00 h del 1 de abril de 2009 y las 24:00 h del 31 de marzo de 2010.

Artículo 4 Potencia a subastar.

La potencia total obligatoria a ofertar, en MW semestrales equivalentes, en las subastas número 6 y número 7 establecidas en la disposición adicional única del Real Decreto 324/2008, de 29 de febrero, por el que se establecen las condiciones y el procedimiento de funcionamiento y participación en las emisiones primarias de energía eléctrica, será la siguiente:

Subasta n.º 6: 2.230 MWs.

Subasta n.º 7: 2.230 MWs.

Dicha potencia será repartida entre los productos Base y Punta utilizando los porcentajes que se establezcan por resolución de la Secretaría General de Energía...

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