Orden ESD/936/2009, de 25 de marzo, por la que se convocan premios a materiales educativos en soporte electrónico que puedan ser utilizados y difundidos en Internet.

MarginalBOE-A-2009-6351
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Educación, Política Social y Deporte
Rango de LeyOrden

Las tecnologías de la información y la comunicación permiten, en el marco actual de la Sociedad de la Información, extender a un gran número de personas contenidos y servicios educativos y culturales, con modelos innovadores de formación y de acceso a la cultura y al conocimiento, basados en las redes mundiales de telecomunicación. En los momentos actuales, existe una demanda social creciente de dichos servicios, tanto desde los ámbitos académico y profesional como desde sectores cada vez más amplios de población interesados en la adquisición constante de nuevos conocimientos. Atendiendo a esta demanda, el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, a través del Instituto Superior de Formación y Recursos en Red para el Profesorado, desarrolla acciones que favorecen la creación de recursos educativos multimedia interactivos y mantiene en Internet un portal educativo, desde el que se accede a estos recursos.

Los expertos en educación y tecnologías de la información y la comunicación coinciden en afirmar que buena parte del éxito de los proyectos de integración de los ámbitos educativos en la Sociedad de la Información se debe a la disponibilidad de contenidos suficientes y didácticamente eficaces para su uso en el aula o en el hogar, por el profesorado, el alumnado y las familias.

Por otra parte, en los procesos educativos se da la oportunidad de fomentar la convivencia democrática y el respeto a las diferencias individuales, promoviendo la solidaridad y la no discriminación. Por ello, los contenidos educativos deben cumplir con la condición de accesibilidad para ser comprensibles, utilizables y practicables por todas las personas en condiciones de seguridad y comodidad y de la forma más autónoma y natural posible.

Procede, en consecuencia, publicar una Orden que establezca la concesión de premios al desarrollo de contenidos educativos que, por su eficacia didáctica probada, su accesibilidad y su adecuación para ser distribuidos a través de Internet, puedan contribuir al desarrollo de la Sociedad de la Información en los centros educativos.

En su virtud, previo informe del Servicio Jurídico e Intervención Delegada del Ministerio de Economía y Hacienda en el Departamento, he tenido a bien disponer:

Primero.-Esta orden se dicta de conformidad con el régimen general establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la misma, así como en la Orden ECI/1305/2005, de 20 de abril (BOE 12 de mayo), de bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva del entonces Ministerio de Educación y Ciencia.

Segundo. Objeto de la convocatoria.-Se anuncia la convocatoria de premios a materiales educativos, con el fin de estimular y reconocer la tarea del profesorado y otras personas e instituciones en la producción de recursos basados en las tecnologías de la información y la comunicación.

Los materiales presentados se ajustarán en sus contenidos a la normativa curricular española vigente sobre las enseñanzas de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Formación Profesional, y estarán diseñados para su difusión y uso a través de Internet, de manera que puedan ser directamente utilizados mediante cualquiera de los navegadores web estándar.

La cantidad prevista para distribuir entre los trabajos premiados es de ciento noventa y dos mil trescientos veinte euros (192.320 €). Los premios que se convocan por la presente

Orden se financiarán con cargo a la aplicación presupuestaria 18.05.322J.485.01 de los

Presupuestos Generales del Estado para el ejercicio 2009. Tercero. Participantes.-Podrán concurrir a la presente convocatoria:

Las personas físicas y las entidades sin ánimo de lucro (fundaciones, instituciones, entidades benéficas) para el tipo A, en sus diversas modalidades.

Los centros de enseñanza públicos y privados cuyos materiales hayan sido elaborados por un equipo de profesores/as de dichos centros y que cuente con la participación de su alumnado, para el tipo B, en sus diversas modalidades.

Cuarto. Premios.-Se establecen 3 modalidades de soporte electrónico que pueden optar a estos premios, y que se enumeran a continuación:

Recursos educativos multimedia interactivos: modalidad I. Blogs educativos: modalidad II.

Webquests educativas: modalidad III.

Conforme a esta clasificación, se otorgarán los siguientes premios:

1. Tipo A. Destinados a materiales elaborados por personas físicas y entidades sin ánimo de lucro:

A.1 Primeros premios. Tres primeros premios, uno por cada modalidad, que se repartirán de la siguiente manera:

  1. Veinticinco mil euros (25.000 €) para la modalidad I (recursos educativos multimedia interactivos). b) Seis mil euros (6.000 €) para la modalidad II (blogs educativos). c) Tres mil euros (3.000 €) para la modalidad III (webquests educativas).

    Si la Comisión de Selección, constituida de acuerdo con el apartado undécimo de la presente Orden, determinase que los trabajos presentados no reúnen la calidad suficiente para obtener estos premios, las cuantías de los mismos se aplicarán a aumentar el número de los segundos y/o terceros premios (A.2 y A.3), con independencia de sus modalidades. En caso de considerarse que existe más de un trabajo que merezca ser premiado, la Comisión de Selección podrá proponer que todos ellos sean acreedores a un primer premio, siempre que la cantidad prevista en el apartado segundo, punto 2, de la presente Orden, no sea superada. En tal caso, se reducirá el número de los segundos o terceros premios (A.2 y A.3).

    A.2 Segundos premios. Seis segundos premios, dos por cada modalidad, dotados con las siguientes cuantías:

  2. Quince mil euros (15.000 €) para cada uno de la modalidad I (recursos educativos multimedia interactivos). b) Cuatro mil euros (4.000 €) para cada uno de la modalidad II (blogs educativos). c) Mil quinientos euros (1.500 €) para cada uno de la modalidad III (webquests educativas).

    En caso de considerarse que los trabajos no reúnen la calidad suficiente para obtener estos premios, las cuantías de los que se declaren desiertos podrán aplicarse a aumentar el número de los primeros y/o terceros premios (A.1 y A.3), con independencia de las modalidades.

    A.3 Terceros premios. Nueve terceros premios, tres por cada modalidad, dotados con las siguientes cuantías:

  3. Siete mil euros (7.000 €) para cada uno de la modalidad I (recursos educativos multimedia interactivos). b) Dos mil euros (2.000 €) para cada uno de la modalidad II (blogs educativos). c) Mil euros (1.000 €) para cada uno de la modalidad III (webquests educativas).

    En caso de considerarse que los trabajos no reúnen la calidad suficiente para obtener estos premios, las cuantías de los que se declaren desiertos podrán aplicarse a aumentar el número de los primeros y/o segundos premios (A.1 y A.2), con independencia de las modalidades.

    En caso de que la cantidad total de los premios otorgados en el tipo A sea inferior a la presupuestada, la diferencia entre ambas podrá aplicarse a aumentar los premios del tipo B.

    2. Tipo B. Destinados a materiales presentados por centros educativos.

    Tres primeros premios, uno por cada modalidad, con el fin de estimular el uso educativo de las tecnologías de la información y la comunicación y promover la utilización de las herramientas de comunicación en los centros educativos, así como favorecer la creación de contenidos digitales por parte de su profesorado. La dotación de los premios se distribuirá de la siguiente manera, cualquiera que sea la modalidad premiada: una parte, para el centro educativo, en reconocimiento de la facilitación en el uso de recursos educativos digitales para la innovación en las aulas; y otra, a distribuir a partes iguales entre los/as docentes autores/as de los materiales.

    Las cuantías de los premios son las siguientes:

  4. Cuarenta y seis mil euros (46.000 €) para la modalidad I (recursos educativos multimedia interactivos), a distribuir: diez mil euros (10.000 €) para el centro y treinta y seis mil euros (36.000 €) para el equipo docente. b) Veinte mil quinientos euros (20.500 €) para la modalidad II (blogs educativos), a distribuir: cinco mil euros (5.000 €) para el centro y quince mil quinientos euros (15.500 €) para el...

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