Orden ITC/4142/2004, de 30 de noviembre, por la que se efectúa la convocatoria de los programas nacionales de gestión de la demanda para 2004 y se determinan los requisitos y el procedimiento para su aprobación.

MarginalBOE-A-2004-21261
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Industria, Comercio y Turismo
Rango de LeyOrden

ORDEN ITC/4142/2004, de 30 de noviembre, por la que se efectúa la convocatoria de los programas nacionales de gestión de la demanda para 2004 y se determinan los requisitos y el procedimiento para su aprobación.

La gestión de la demanda eléctrica es una actividad orientada a que los consumidores tengan en cuenta los costes del suministro de la energía a la hora de organizar y realizar su demanda eléctrica. Se promueve que se aumente el rendimiento del equipamiento eléctrico y se mejore la forma de usarlo, tanto a nivel doméstico como empresarial e industrial. El objetivo último es reducir el consumo de energía eléctrica, y por lo tanto el coste asociado a dicho consumo, pero satisfaciendo las necesidades del consumidor con la misma calidad.

A través de la gestión de la demanda se busca lograr una mayor eficiencia en el consumo energético, de forma que se obtenga un beneficio tanto para el consumidor como para la sociedad.

La Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, en su artículo 46, sobre programas de gestión de la demanda, establece que las empresas distribuidoras y comercializadoras podrán desarrollar programas de actuación que, mediante una adecuada gestión de la demanda eléctrica, mejoren el servicio prestado a los usuarios y la eficiencia y ahorro energéticos. Para que se reconozcan los costes en los que incurran por su puesta en marcha, los programas deberán ser aprobados por el Ministerio de Industria y Energía, actualmente Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.

Con base en lo anterior, según se dispone en el artículo 5 del Real Decreto 1802/2003, de 26 de diciembre, por el que se establece la tarifa eléctrica para 2004, el actual Ministerio de Industria, Turismo y Comercio está facultado para establecer programas nacionales de incentivación de gestión de la demanda a través del sistema tarifario, con el objeto de promover la eficiencia en el ahorro de energía eléctrica y el desplazamiento de la curva de carga del sistema. La cuantía fijada será distribuida entre las empresas de acuerdo con la normativa vigente.

Mediante la presente orden se realiza la convocatoria de los programas de gestión de la demanda para 2004 y se determinan los requisitos y el procedimiento para su aprobación. Por otra parte, hay que considerar que la efectividad de estos programas de gestión de la demanda depende de su continuidad en el tiempo, sin perjuicio de la necesaria revisión de su configuración y sus objetivos.

En su virtud, dispongo:

Primero. Objeto.?Constituye el objeto de esta orden realizar la convocatoria de los programas de gestión de la demanda para 2004 y determinar los requisitos y el procedimiento para su aprobación.

Segundo. Programas y líneas de actuación.?El objetivo general de los programas de gestión de la demanda para este año 2004 es la reducción del consumo de energía, tanto en el entorno doméstico como en el empresarial e industrial. Para ello, se establecen dos líneas de actuación:

  1. Sector doméstico:

    La línea principal de actuación destinada a los consumidores domésticos es la distribución de una guía de uso eficiente de la energía en el entorno doméstico, que será común para todas las empresas distribuidoras y comercializadoras y editada por el Instituto para la Diversificación y Ahorro Energético (en lo sucesivo, IDAE).

    No obstante, dado que entre los objetivos de este programa nacional de gestión de la demanda se encuentra promover, además de una mayor eficiencia energética, un desplazamiento adecuado de la curva de carga del sistema, se podrán presentar programas que incluyan medidas destinadas a promover un aplanamiento de la curva de demanda de los consumidores domésticos a través de la instalación de contadores que permitan la...

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