Resolución de 29 de septiembre de 2010, de la Dirección General de Cooperación Local, por la que se efectúa formalización definitiva de adjudicaciones del concurso ordinario de provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios con habilitación de carácter estatal.

MarginalBOE-A-2010-15291
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio de Política Territorial
Rango de LeyResolución

Los Presidentes de las Entidades Locales con puestos incluidos en el concurso ordinario de provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios con habilitación de carácter estatal, cuyas bases y convocatorias específicas fueron publicadas conjuntamente, en extracto, por Resolución de esta Dirección General de 8 de junio de 2010 (publicada en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 146, de 16 de junio de 2010), y posteriores correcciones de errores efectuadas por Resolución de 5 de julio de 2010 («Boletín Oficial del Estado» núm. 171, de 15 de julio de 2010), y Resolución de 30 de agosto de 2010 («Boletín Oficial del Estado» núm. 215, de 4 de septiembre de 2010), han remitido en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 22.1 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, de provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, las resoluciones de adjudicación correspondientes.

Observadas, tras el estudio conjunto de dichas resoluciones, múltiples adjudicaciones a favor de un mismo concursante, y una vez llevado a cabo el preceptivo proceso de coordinación, según dispone el artículo 22.2 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, al objeto de evitar nombramientos simultáneos en más de una Entidad Local,

Esta Dirección General, en uso de las atribuciones que le confiere el Real Decreto 1040/2009, de 29 de junio, mediante la presente, ha resuelto:

Primero.–Efectuar la asignación final de puestos a los concursantes que hubieran obtenido más de una adjudicación, atendiendo a su orden de preferencia.

Segundo.–Formalizar, en los términos contemplados en el anexo de la presente Resolución, los nombramientos definitivos de los concursantes en los puestos adjudicados, de acuerdo con las resoluciones de las respectivas Entidades Locales.

Tercero.–Los restantes puestos convocados y no relacionados en el Anexo de la presente Resolución, han quedado desiertos tras la fase de coordinación o no han sido adjudicados por las Corporaciones Locales convocantes conforme a la normativa vigente.

Cuarto.–El plazo de toma de posesión en los nuevos destinos será de tres días hábiles, si se trata de puestos en la misma localidad, o de un mes, si se trata de primer destino o de puestos de trabajo en localidad distinta.

El plazo de toma de posesión empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la presente Resolución en el «Boletín Oficial del Estado». Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo el plazo de toma de posesión deberá computarse desde dicha publicación.

Por necesidades del servicio, mediante acuerdo de los Presidentes de las Corporaciones en que haya de cesar y tomar posesión el concursante, se podrá diferir el cese y la toma de posesión hasta un máximo de tres meses, debiendo el segundo de ellos dar cuenta del acuerdo al órgano correspondiente de la/s Comunidad/es Autónoma/s respectiva/s.

Quinto.–Las Entidades Locales deberán remitir al órgano correspondiente de la Comunidad Autónoma respectiva, copia del acta de toma de posesión y cese dentro de los tres días hábiles siguientes a aquél en que se produzcan.

Sexto.–Los puestos que han quedado desiertos o no se han adjudicado se incluirán en el próximo concurso unitario de provisión de puestos reservados a funcionarios con habilitación de carácter estatal, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 25.1 b) y c) del Real Decreto 1732/1994 de 29 de julio, modificado por el Real Decreto 834/2003 de 27 de junio.

Séptimo.–Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante esta Dirección General o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a elección de los interesados, ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid o el correspondiente a la circunscripción donde tengan su domicilio, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la redacción dada por la Ley 4/1999, así...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR