Corrección de errores de la Resolución de 9 de octubre de 1985, de la Subsecretaría de Economía y Hacienda, por la que se ordena la publicación del acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de octubre de 1985 por el que se fijan los complementos específicos correspondientes a puestos de trabajo del Ministerio de Justicia.

MarginalBOE-A-1985-24110
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Economia y Hacienda
Rango de LeyCorrección
36864
Jueves
21
noviembre
1985
BüE
numo
279
Segundo.-Estos derechos estarán en vigor
~esde.
,la
fecha de
publicación de la presente
Orden
has13 su modlficaclOo.
Lo que comunico a
V.
1.
para su conocimiento yefectos.
Dios
~arde
aV. I. muchos años.
Madnd,
20 de noviembre de 1985.
SOLCHAGA CATALAN
Ilmo. Sr. Director general de
~
Pólítica Arancelaria eImportación.
Pe~tas
Tm
n~ta.
Contado: 5.682
Mes
en
curso: 5.682
Diciembre: 5.396
Enero: 5.462
Contado:
10
Mes en curso:
10
1
Pan.ida
aLancdaria
10,07.C.1I
1O.07.D.1I
PrOOl.lcto
Alpiste.
24110
Sorgo.
CORRECClON
de errores
de
la
Resolución de 9
de-
octubre de 1985. de la Subsecretalia de Economia y
Hacienda. por
la
que
se
ordena
la
publicación del
acuerdo del Consejo de Minis.tras de 2de octubre de
1985 por
et
que se fijan
Jos
complementos especificos
correspomjientes aptUstos de trabajo del Ministerio de
Justicia. .
Advertidos errores
en
el texto remitido pata
su
publicación de
la mencionada Resolució'o, inserta
en
-el «Boletín Oficial del
Estado» número·245. de fecha
12
de octubre de 1985. acontinua-
ción
se
formulan las oportunas rectificaciones:
En
la
página 32247, primera·columna, línea
7,
donde dice: «Jefe
del Servicio Jurídico CEE yTribunal Estrasburgo.», debe decir:
«.Jef~
del Servicio Jurídico para la Comisión Europea yTribunal
Europeo de Derechos Humanos.», yen la
'línea
22, donde dice:
«Subdirector general Notariado yRegistros.», debe decir: «Subdi-
rector general del Notariado yde los Registros de la Propiedad y
Mercantiles.».
g) Informar la Memoria anual de publicaciones.
h) Asesorar ala Secretaría General Técnica
en
cuantas mate-
rias hagan referencia apublicaciones oficia.les.
Art. 5,° Las propuestas de edición que se formulen con
posterioridad aaprobación del programa editorial.
podrán
~r
autorizadas por
el
Presidente de la Comisión Asesora de Publica-
ciones, {'revisto el
informe
previsto
en
el
artículo
4
b)
de
la
presente
Orden, mc1uyéndose
en
el programa editorial del Departamento a
.efectos de lo previsto
en
el articulo 8del Real Decreto 1434/1985.
Art.6.0. Las funciones de la Secretaria de la Comisión.Asesora
de Publicaciones serán las siguientes:
a) Prestar asistencia técnica a
la
Comisión yejecutar los
acuerdos de
la
misma.
b) Emitir certificación acreditativa de la inclusióri de las
publicaciones
en
el programa editorial del Departamento. aefectos
de lo previsto
en
el articulo 8del Real Decreto 1434fl985
..
e)
Elaborar la Memoria anual de publicaciones. .
d)
Mantener
lJls
comunicaciones necesarias con los Centros
directivos, Entidades yOrganismos
autónomos
del Departamento,
en
las materias relacionadas con las competencias de la Comisión.
Art. 7.0
La
Comisión Asesora de Publicaciones
se
reu~'ürá,
al
menos, previa convocatoria de su Presidente,
para
el ejercicio de
las competencias previstas
en
el artículo 6a) ye) del Real Decreto
1434/
I
'85,
Y
una
vez al trimestre para el ejercicio de sus funciones
de seguimiento del programa editorial.
Art.
8.0
En
lo
no
previsto
por
la presente
Orden
se estará alo
dispuesto
en
el capítulo
11
del título l. de
la
Ley
de Procedimiento
Administrativo. sobre funcionamiertto de órganos colegiados.
Art. 9.° Queda derogada la
Orden
de
II
de mayo de 19761"'r
la que
se
constituía
en
la Presidencia del Gobierno la Comisión
Asesora de Publicaciones.
Art.
10.
La
presente
Orden
entrará en vigor el día siguiente al
de su publicación
en
el «Boletín Oficial del Estado».
Lo
que comunico aV. I.
para
su conoCimiento yefectos.
Madrid,
19
de noviembre de 1985.
MOSCOSO DEL
PRADO
Y
MUÑOZ
Ilmo.
Sr.
Su
bseéretario.
24109
MINISTERIO
DE
ECONOMIA
y
HACIENDA
ORDEN
de 20 de noviembre de 1985 sobrejijación del
,derecho regulador para
la
importacLón de cereales
..
Ilustrísimo señ,9r:
De conformidad con el articulo 5.° del Real Decreto 2332/1984,
de 14 de noviembre, .
Este Ministerio ha tenido abien disponer:
Primero.~La
cuantía del derecho regulador.para las importacio·
nes
en
la Península eislas Baleares
de
los cereales que
se
indican
es
la
que
acontinuación
se-
detalla
para
los mismos:
Producto Partida Pesetas Tmneta
arancelaria
Centeno. 1O.02.B Contado: 6.429
Mes
en
curso: 6.429
Cebada. 10.03.B Contado: 1.829
Mes
en
curso: 7.829
Diciembre: 8.636
Enero: 9.928
Avena.
10.04.8"
Contado: 3.639
Mes
en
curso: 3.639
Maíz. 1O.05.B.1I Contado: 6.114
Mes
en
curso: 6.114
Diciembre: 6.872
Enero:
70459
Mijo.
1O.07.B
Contado: 3.330
Mes
en
curso: 3.330
MINISTERIO
DE
EDUCACION
y
CIENCIA
24111 .
CQRRECClON
de errores del -
Real
Decreto
1280/1985. de 5de junio, por el que se aprueban los
Estatutos de
la
Universidad de Alcalá de Henares.
Advertidos etrores en
el
texto del mencionado Real Decreto,
publicado e
..
el «Boletín Oficial del Estad""
número
181. de 30 de
Julio
de
1985, se transcriben las
oportunas
rectificaciones:
En la página 24071, artículo 32,
punto
4, donde dice: «
...
Titular
del Departamento más antiguo de la Universjdad de Alcalá de
Henares». debe decir: «... Titular del Departamento más antiguo
en
la Universidad
de
Alcalá de Henares»
..
En la página 24071, articulo 37, apartado
bl;
donde dice:
~Unipersona1es:
Decano oDirector; Vicedecano oSubdirectores y
Secretario», debe decir: «Unipersonales: Decano oDirector, Vice-
decanos oSubdirectores y
Secre~rio».
.
En la página 24071. articulo
38,
apartado cl, donde dice:
«Resolver convalidaciones yhacer propuestas
de
convalidaciones»,
de~,
decir: «Resolver
.validacion~
yhacer propuestas de convali-
dacIones».
En la página 24071, artículo 40, apartado al, párrafo 2.°, donde
dice: «Todos los componentes del grupo Aconstituirán el 60 por
100 de la Junta del Centro»o, debe decir: «Todos los componentes
del grupo a) constituirán el 60
por
100 de la
Junta
del Centro».
En la página 24072, artículo 64, apartado el, donde dice:
«lnfonne
preceptivo para la contratación con entidades públicas y
privadas ocon personas físicas», debe decir:
«Infonne
preceptivo
para la contratación de nuevos
~iembros
ypara la adscripción
compartida de Profesores pertenecientes aDepartamentos».
En la página 24073, articulo 78, apartado dI, donde dice: «Una
representación de Profesores numéricos iguaL.», debe decir:
«LT
na
representación de Profesores numéricamente
igua1.
..
».

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