ORDEN SCO/2259/2005, de 6 de julio, por la que se convoca para el 2005 la concesión de ayudas económicas a Corporaciones Locales para el desarrollo de programas de prevención de las drogodependencias, con cargo al fondo de bienes decomisados por tráfico de drogas y otros delitos relacionados, en aplicación de la Ley 17/2003, de 29 de mayo.

MarginalBOE-A-2005-12165
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Sanidad y Consumo
Rango de LeyOrden

ORDEN SCO/2259/2005, de 6 de julio, por la que se convoca para el 2005 la concesión de ayudas económicas a Corporaciones Locales para el desarrollo de programas de prevención de las drogodependencias, con cargo al fondo de bienes decomisados por tráfico de drogas y otros delitos relacionados, en aplicación de la Ley 17/2003, de 29 de mayo.

Una vez hechas públicas las 'Bases reguladoras de las convocatorias para la concesión de ayudas económicas a Corporaciones Locales para el desarrollo de programas de prevención de drogodependencias, con cargo al Fondo de Bienes decomisados por tráfico de drogas y otros delitos relacionados, en aplicación de la Ley 17/2003, de 29 de mayo', en el 'Boletín Oficial del Estado' de 9 de octubre de 2004, y dado que el Consejo de Ministros aprobó los criterios de distribución del Fondo de bienes decomisados por tráfico de drogas y otros delitos relacionados para este ejercicio, en su reunión del 11 de marzo de 2005 y que la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones ha destinado fondos para subvenciones a programas de prevención de drogodependencias desarrollados por Corporaciones Locales, procede la convocatoria de dichas ayudas, por lo que, a propuesta de la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas, dispongo:

Primero. Objeto.Con el objetivo de fomentar la realización de actividades saludables alternativas al consumo de sustancias tóxicas en el tiempo de ocio juvenil, se convocan ayudas económicas a Corporaciones Locales españolas que cumplan los requisitos señalados en el apartado segundo, en régimen de concurrencia competitiva.

Los programas subvencionados habrán de desarrollarse desde la concesión de la subvención hasta el 31 de agosto de 2006.

En todos los puntos no especificados de esta convocatoria se estará a lo establecido en las 'Bases reguladoras' de estas subvenciones y, en todo caso, a lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Segundo. Solicitantes.Las ayudas económicas cuyo otorgamiento se regula en la presente Orden podrán ser solicitadas por aquellas corporaciones locales que reúnan los siguientes requisitos:

  1. Ser capitales de provincia o de comunidad autónoma o tratarse de cabildos o consejos insulares.

  2. Tener elaborada una planificación de actuaciones en drogodependencias en su ámbito territorial.

  3. Que dicha planificación esté en consonancia con las previsiones de su correspondiente Plan Regional o Autonómico de drogodependencias.

    Tercero. Presentación de las solicitudes.

    1. El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente a la fecha de publicación de esta convocatoria en el 'Boletín Oficial del Estado'.

    2. La documentación, por triplicado, se dirigirá a la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas (Calle Recoletos, 22, 28001

    Madrid) y podrá presentarse en los registros u oficinas previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, sin que a estos efectos sea válido el registro efectuado por la propia entidad solicitante.

    Para la presentación de solicitudes se utilizarán los modelos de Anexo I y Anexo II que se acompañan.

    Cuando la solicitud no se presente directamente en el registro de la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas, se enviará en la misma fecha el Anexo I por fax, al número 91.822.61.87, con el sello de fecha del lugar donde se ha presentado.

    Cuarto. Documentación exigida.Para formular la solicitud de las ayudas económicas reguladas en la presente convocatoria deberá aportarse, por triplicado, la siguiente documentación:

  4. Instancia conforme al modelo que se incorpora como Anexo I a la presente Orden. Dicha instancia deberá suscribirla quien ostente la representación de la entidad o poder suficiente para ello, debiendo quedar este extremo acreditado documentalmente. Además se presentará copia compulsada del Documento Nacional de Identidad de quien suscriba la instancia.

  5. Descripción del programa objeto de la solicitud, de acuerdo con el contenido del Anexo II que se incorpora a la presente Orden, y que habrá de referirse exclusivamente a las acciones a desarrollar hasta el 31 de agosto de 2006, teniendo en cuenta que los apartados no cumplimentados en el Anexo II no podrán ser considerados a efectos de su valoración.

  6. Certificado del Plan Regional o Autonómico de Drogodependencias correspondiente en el que conste que el programa presentado está en consonancia con sus previsiones de actuación.

    Quinto. Programas a...

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