Ley 193/1961, de 23 de diciembre, por la que se conceden varios suplementos de crédito, importantes en total 11.925.000 pesetas, al Ministerio de Educación Nacional para satisfacer remuneraciones del personal dependiente de la Dirección General de Archivos y Bibliotecas durante el segundo semestre del año en curso.

MarginalBOE-A-1961-23952
EmisorJefatura del estado
Rango de LeyLey
D.
O.
del
E.-Nıim.
312
30
diciembre
1961
18415
LEY
1921195l,
cte
23
a}
cliciembre.
por
la
qııe
se
concede
un
supleınento
de
crcdito
de
788.955
pesetas
Mintste-
no
de
Educacitin
National
para
complctar
la
subven.
c!on
otorgact.a
p01
_
el
E~tac!o
al
Hospitaı
i
Cltnico
Prer
vincial
de
Barcelona.
corre8pondientp.
al
1JTe3ente
ejer.
cıcio
economicacle
1951,'
E1
regiınen
eSlX'c1aı
~ue
para
el
funcionam1ento
del
Hospltal
Cllnlco
y
Provlnciaı
de
Barcelona
estab!ecleron
los
Decreto~'
de
dje-~
de
octubre
de
mıı
naveclentas
cincuenta
y
dos
y
velntiuno
de
jul10
de
nn!
noveclentos
clncuenta,
y
clnco.
convalidado
este
con
!ueı-lƏ.
de
Ley
por
La
de
dlecislete
de
jUl10
de
mil
nove-
dentos
clncueııı:ı
y
seıs.
lnıpusieron
al
Mlnlsterl0
de
Educaci6n
Nacional
la
obligacı6ıı
decontribulr
a
los
gastos
de
aquel
e~ta~
blecimlento
en
cuantlG
equivalente
al
ve!ııtid6s
por
c1ento
de!
Importe
de
IOS
ınl,;mo~
,
A
tal
efecto
tlgura
co~sıgnada
cn
el
Presupuesto
de
Ga.sıos
de
dicho
Departameııto
una
dotaclôn
que
por
10
Que
se
refim
al
ejerclclo
en
curw.
resulta
insuficlente
a
cubıir
la
aportaci6n
menclonada.
ca~ol'me
resulta
de
la
prevlsl6n
aprobada
para
el
iuncıonanıJ.ento
ael
hospltal
durante
el
pl'esente
aiıo.
Eıı
su
virtud.
y
de
conformldad
con
la
propuesta
elaboradu
per
las
Cortes
Espaiiolas.
0ISPONGO:
Articulo
prlmero,-Se
concede
un
suplemento
de
credJto
de
seteclentas
ocher.ta
y
acha
mil
novec!entas
c1ncuenta
y
clnco
pe;etas.
apl\cado
al
Presupuesto
en
vlgor
de
la
Secclon
d1eclocho
de
Obligacloncs
d~
los
Dep:ırt:ımenuıs
ministeriales.
«M1nlster!o
·
de
.Educac16n
Naclonalıı:
capitu!o
cuatroclentos.
«(Subvencloııes.
auxıılos
y
partıcipacione8
en
lngresosıı;
articu!o
cuatrocientos
dl~z.
(A
favor
de
Organısınas
aut6noıııııs
y
Entldades
y
Empre-
sas
ıptibllcas»;
servlclO
trescientos
cuarent:ı
y
tres.
«Dlreccl6n
General
de
Enseıianza
Onlversitarll1»:
concepto
CU8troclentos
ence·
trescientos
cu a r e n
tay
tres.
«Subvenciones
en
tirme
a
las
Unlversldades));
subconcepto
dos.
«Clinıcas»;
partıda
uno.
·
«Barceloııaı).
como
resta
de
la
subveııci6n
Que
el
Mln1sterlo
de
Educaclôn
Nacıonal
debe
sat1sfacer
al
Hospltal
Clinlco
y
Pro-
vlnclal
por
el
ejerclcıo
de
m11
'uovecJentos
sesenta
y
uno
ArticUıo
segundo,-El
importe
a
que
asciende
el
menclonado
ııup!emento,
de
credito
se
cubririı
en
la
forma
determlnada
por
el
articulo
cuarenta
y
uno
de
la
vlgente
Ley
de
Adııı1nlstraclcn
y
Contabilldad
de
la
fiacienda
Ptibl1ca.
Dada
en
el
Palaclo
de
El
Pardo
a
velntitres
de
dJclembre
de,
mil
noveclentos
~senta
y
uno.
FRANCISCO
FRANCO
LEY
193!19CL.
de
23
de
dlc!embre,
por
la
que
se
conc~
vanos
suplementos
de
crcdito.
lmportantes
en
total
!le-
setaı
11.925,000.
al
Ministeıio
de
Educac!6n
Nar:tonal.
pafa
satisfacer
remunerar:tones
del
personal
Clependlen-
le
d~
la
DirecC!cın
General
de
Arclılvos
y
Blblloteca.ı
durante
el
se,Quncto
semestre
del
aıio
en
curso,
Lıı
deJ!cada
naturnlezR
de
la
!uncl6n
que
t:ene
a
su
catgo
el
personal
de
!o~
diferentes
Cuerpos
afectos
il
la
D1recc16n
General
de
Archlvos
y
Bibliotecas
y
el
horario
de
trabajo
que
su
ndecuado
desempeıio
exlge
ncoııı;ejan
se
complementen
swı
·
escaSQS
remunew
cıones
actuales
en
forma
que
perm1ta
queden
debldamente
conıpensado~
el
celo
y
nsidu!dad
que
slempre
lıan
demostrado
en
el
cumpllmlento
de
sus
servlclos,
En
su
vlrtud.
y
de
conformldad
con
la
propuesta
elaborada
per
las
Cortes
Espaılolas.
D1SPQNOO,
tas.:
ru
~'ubconcepto och~.
«Para
atender.
eo
la
!anna
que
se
disponı;a
por
Orden
min1sterlal,
a
las
g~atlficaciones
ııl
personal
que
lııtegra
las
plantılla.>
de!
Cuerpo
Facultativo
y
Auıdllar
de
Archiveros,
Bibliotecarıos
y
Arquc6ioı:os)),
s~is
millones
seıs
cientas
doce
m11
quiıılenta,
p~setas.
y
al
subı:oncepto
nueve,
«Grııtificaci6n
a
!o>
Porteros
quc
prestan
serviclo
en
Archlvos
y
Blbllotecas».
set.ecientas
nıil
pesetas
Articula
segundo,-'-ı::ı
ımporte
a
qUe
wır.ienden
!os
menclona·
dvs
supl:mtnı.os
d·~
ıTtditu
s·!
cubrlra
en
la
forma
det2rminada
por
'e!
articulo
cuarenta
)'
W10
de
la
vigente
Ley
de
Admln1stra-
_don
y
Conlabliıd:ıd
de
la
Hacienda
Pt;bHca
Dada
en
el
Palacıo
d~
El
Pardo
ıl
veintitres
de
dicleın.bre
de
mil
noveclentos'
sesenta
y
una,
FRANC!SCO
FRANCO
MINISTERIO
DE
TRABAJO
'
ORDEN
de
20
cte
dici~mbrc
de
1961
por
la
que
se
modi·
fica
el
artzculo
·11
dei
Rcr;lamento
Nar:tonal
de
Trabaio
en
la
lndustria
PapCımı,
Ilustrisimo
seiıor:
tas
circunstancias
econ6mlc,o·sociales
dcl
momento
acoııı;e
jan
estim:ır
la
constante
peticiôD
de
los
Organismos
Sindica·
Ics.
en
el
sentido
de
l'educir
a
un;!
sola
las
zoııe.s
que.
a
e!ectos
de
fijacl6n
de
sal~rlos.
conllene
el
Reglamento
Nacional
de
1'rabajo
eD
la
ındustrla
Pape!era.
hacicndo
asi
realidad
la
uni·
!tcacl6n
prevista
en
el
articulo
10
del
Decreto
18014/1960.
de
21
de
septı,mbre,
En
su
virtud,
y
en
uso
de
tas
facultades
conferıdas
por
la
Ley
de
16
de
octubre
de
1942,
Este
:\1inisterio
ha
tcnido
a
bicn
dlsponer:
Articulo
iY
Se
modifica
artıculo
41
del
Reglamento
Na.
cional
de
Trabajo
en
la
Industri:l
Papelera.
aprabadu
per
Orden
de
22
de
diciembre
de
1958,
ell
el
sentido
de
que
ıoda
el
;errl.
torlo
nacioııal
queda
comprcndido
en
ıa
«zona
pr1mera».
que
en
10
sucesivo
tendra
por
denomlnaci6n
la
de
((zona
tiIıicaıı.
~,
2.'
La
pl'esente
Orden
surtira
e!ectos
a
partir
del
1
de
enero
de
1962.
Lo
que
d!zo
di,o
a
V.
I.
para
su
conocimiento
y
efectos,
Dios
~arcte
a
V,
i.
muchos
aıios.
Madrid.
20
de
diciembre
de
1961.
SANZ
ORRIO
IImo.
Sr,
Director
general
de
Ordenacl6n
del
Trabajo,
ORDEN
de
20
de
diciembre
de
1951
por
la
que
queda
m~
dtt:cada
la
«participar:iôn
en
bene!1cios»
en
la
Reglamen.
tacl6n
Nacional
de
Trabajo
en
las
Industrias
de
la
Coııstructi6n
y
Obras
Pıiblicas,
llustrislmo
seilor:
La
ordenacıôn
d~l
salario
dispuesta
por
el
Decreto
184411950.
de
21
d~
sept!embre.
reclama
para
su
dcsarrollo
y
cumplim!ento
!ntegrar
cada
concepto
retributivo
en
nuc1co
homo
ıeneo
que
por
su
ca.r:icter
corresponda,
con
10
que.
ademis
de
una
mayor
,
clarldad
y
simplificaci6n,
se
contribuyc
a
que
el
salario
cumpla
·
A:'tlculo
pr1mero,-8c
conceden
105
slgu!entes
suplementos
mejor
sus
f!nes
jurldlco-soclaıes.
como
contraprcstacl6n
ın·
e
de
cn\d!to.
por
un
Importe
total
de
once
mlllones
noveclentas
rnedlata
de
la
actlvldad
dd
Ll'3bajador.
·
velntl~inco
mil
pesetas.
para
satlsfacer
remuneraclones
del
se-
Tal
ocurre
con
la
llamada
((particlpac16n
en
beneficiosıı
gundc
semestre
deı
aıio
en
eursc.
ap!lcııdos
presupuesto
en
cuando
esta
vlene
conslltuycndo
rcglamentariamente
un
con·
vfsor
de
la
Scccı6n
dieclocho
de
Obllgııclones
de
loş
Depar·
cepto
salarlal
mas.
que
se
establec16
provi;ionalmente
hastA
tamentos
mini8terıale~.
«Ministel'10
de
Educacl6n
Nac!onaı»;
ca-
que
ten~a
el
debido
dcsarrollo
una
participaciôn
directacen
los
pitulo
clento,
«Personal»:
art!culo
clento
velnte.
«Otras
remu·
i
beneficlos
de
la
Eınpresa
neraclonesı);
servicl0
trescientoc
cuarenta
y
nueve.
«I>1recc16n
.
Ello
aconscja,
como
primer:ı
medida,
quc
dıcho
coııceptosea
General
de
Archivos
y
Bibliotecas»;
conccpto
clento
veintluno·
satis!echo
al
mismo
ticmpo
que
los
demas
inte;ıantes
del
tresclentos
cuarenta
y
nueve.,'
«Servlcics
comunes»).
y
con
sa!arlo
y
sujeto
a
la
s~~uridad
social,
Tal
adecuacl6n,
iniciada
Iırr~10
al
slgulent~
detalle:
Al
sUbconcepto
cuatro.
«Para
tra-
yıı
por
este
D~partamento
l'esp~cto
a
al:;unas
actividades.
pro-
·baJos
extraoıdlnarlas.
servlcios
especlııles
con
cariıcter
adm1nl:;.
i
cede
tambien
llevarla.s
a
cabe,
dadas
las
caractcristicas
que
con·
trativo
de
esta
D1recci6ıı
General
y
prolongacloıı
de
Jornada
en
I
curren,
en'
la
re~ulada
per
la
Rc:.:ıhm?ntacI6n
Nacional
de
Arch1vo8
y
Bibliotecruı
al
pmonal
facultatlvo.
nuxlllar
y
adnıl·
Trabajo
en
las
Industrias
de
la
Con5tru~ci6n
Y
Obras
Piıb1icas,
1Ii:itrııtivo»,
pesetas
cuatro
mi!lenfs
se1scıentas
doce
mil
qWıı1en.
En
su
virtud.
y
eıı
uso
de
las
facultadcs
conferida.s.

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