Real Decreto 1465/1978, de 26 de junio,por el que se amplía lo dispuesto en el Real Decreto 2723/1977, de 2 de noviembre, por el que se estructura orgánica y funcionalmente el Ministerio de Defensa.
Marginal | BOE-A-1978-16578 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Ministerio de Defensa |
Rango de Ley | Real Decreto |
EL VICARIO GENERAL CASTRENSE ES EL JEFE SUPERIOR DEL SERVICIO ECLESIASTICO EN LOS TRES EJERCITOS, Y, COMO TAL, ATIENDE AL CUIDADO ESPIRITUAL DEL PERSONAL MILITAR DE TIERRA, MAR Y AIRE.
EL VICARIATO GENERAL CASTRENSE ES LA OFICINA DILIGENCIADORA DE LOS ASUNTOS DEL VICARIO GENERAL CASTRENSE, EN SU DOBLE VERTIENTE: RELIGIOSA, DEPENDIENTE DE LA SANTA SEDE, Y TEMPORAL DEPENDIENTE DE LA AUTORIDAD MILITAR. ESTA DEPENDENCIA TEMPORAL ERA HASTA AHORA TRIPLE, YA QUE EL VICARIO DEPENDIA DE LOS ANTIGUOS MINISTROS DEL EJERCITO, MARINA Y AIRE.
AL ESTRUCTURARSE LAS FUERZAS ARMDAS EN UN SOLO MINISTERIO, ESA DEPENDENCIA TEMPORAL DEBE SER DEL MINISTRO DE DEFENSA, QUE HA ASUMIDO LAS COMPETENCIAS DE LOS TRES ANTIGUOS MINISTROS MILITARES. Y COMO DERIVACION NATURAL Y CONEXA, EL VICARIATO GENERAL CASTRENSE DEBE ESTAR EN LA MISMA LINEA DE DEPENDENCIA.
EN CONSECUENCIA, SE HACE PRECISO AMPLIAR LO DISPUESTO EN EL REAL DECRETO DOS MIL SETECIENTOS VEINTITRES/MIL NOVECIENTOS SETENTA Y SIETE, DE DOS DE NOVIEMBRE, POR EL QUE SE ESTRUCTURA ORGANICA Y FUNCIONALMENTE EL MINISTERIO DE DEFENSA, ESTABLECIENDO LA REFERIDA VINCULACION.
EN SU VIRTUD, A PROPUESTA DEL MINISTRO DE DEFENSA, TRAS SU APROBACION POR PRESENCIA DEL GOBIERNO Y PREVIA DELIBERACION DEL CONSEJO DE MINISTROS EN SU REUNION DEL DIA DIECISEIS DE JUNIO DE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y OCHO, DISPONGO:
EL VICARIATO GENERAL CASTRENSE QUEDA INCLUIDO ENTRE ORGANISMOS SEÑALADOS EN EL PUNTO DOS DEL ARTICULO TRECE DEL REAL DECRETO DOS MIL SETECIENTOS VEINTITRES/MIL NOVECIENTOS SETENTA Y SIETE, DE DOS DE NOVIEMBRE, ENCUADRADO EN LA SECRETARIA GENERAL PARA ASUNTOS DE PERSONAL Y ACCION SOCIAL DE LA SUBSECRETARIA DE DEFENSA; A TRAVES DE LA CUAL REALIZARA LA TRAMITACION NORMAL DE ASUNTOS, SIN PERJUICIO DE LO SEÑALADO EN EL ARTICULO ANTERIOR.
DADO EN MADRID A VEINTISEIS DE JUNIO DE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y OCHO.-JUAN CARLOS.-EL MINISTRO DE DEFENSA, MANUEL GUTIERREZ MELLADO.
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