Resolución de 18 de enero de 1979 por la que se dispone la publicación del acuerdo de convalidación del Real Decreto-ley 50/1978, de 29 de diciembre (publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 6, de 6 de enero de 1979).

MarginalBOE-A-1979-5618
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorCortes Generales
Rango de LeyResolución
111UIW~
B.
O. íiel
E.-Núm.
47
23 felirero
1979
4847
ADMINISTJ\ACION LOCAL
Diputación
Provincial
de
Cádtz.
Concurso
para
impre-
sión,
publicación
y
distribución
del
-Boletin
Oficial-
de
la
provincia.
....
Ol""
4927
Diputación
Provincial
de
Pontevedra.
Concurso~subasta
de
obras.
Ayuntamiento
de
Oviedú.
Subasta
de
solares.
PAGIN:A
4928
4923
Otros anuncios
{Páginas
4929 a4934}
1.
Disposiciones generales
..
PRESIDENCIA
DEL
GOBIERNO
DIPUTACION PERMANENTE DEL CONCRESO
DE LOS DIPUTADOS
5620
llEAL
DECRETO 3414/1978,
..
de
diciembre,
por
el
que
se
regulan
las
Asesorías
Informativas
)'
la.
Oficinas
de
Prensa
de
Jos
Ministerios.
La
necesidad
.de
f6cílitar
JDformación
sobre
ISs
actividades
administrahve.s
ha'
hecho
que
en
todós
los
Departamento9·
exig...
tan
unidad~s
administrativas,
con
diversas
denominaciones,
eD.
En
su
sesión
del
día
de
hoy,
convocada
en
aplicación
de
lo
dispuesto
en
los
articulas
78 y86
de
la
Constitución,
la
Dipu~
taci6n
Permanente
del
Congreso
de
los
Diputados
se
ha
p~
nunciado
en
favor
de
la
derogación
del
Real
Decreto-ley
1/1979,
de
8
de
enero,
por
el
que
se
prorroga
por
el
tiempo
indispen-
sable
la
actuación
,de
la
Junta
Central
de
Acuartelamiento.
Palacio
del
Congreso
de
los·Diputados,
6
de
febrero
de
1979.
El
Presidente
de
la
DipUtación
Permanente
del
'C:ongreso
de
los
Diputados,
FERNANDO ALVAREZ DE MIRANDA
YTORRES
Articulo
primero.-En
todos
los
Departamentos
ministeriales
exi6tirá
un
Asesor
Informativo
y
una
Oficina
de
Prensa.
Articulo
segundo.-El
Asesor
Informativo
realiza
estudios
y
asesora
en
las
siguientes
materias:
al
Sobre
los
factores
de
formación
de
la
opinión
pública,
asi
como
su
manifestación
y
estado
en
cualquier
momento.
b)
Sobre
la
incidencia
y
efectos
de
los
medi06
de
comunica-
ción
social.
e)
.sobre
las
técnicas
de
difusión
de
los
datos,
hechos
y
circunstancias
de
la
actividad
del
Ministerio.
,
d)
Sobre
los
planes
de
difusión
del
Depártamento~
en
aspe·
elal
·los
que
ti-anen
por
fin
realizar
una
tampaña
informativa,
respecto
a
temas
de
la
competencia
del
Ministerio.
e) Y
en
general,
sobre
las
actividedas
de
relaciones
pú·
bliee.s
del
Departamento
y
sobre
toda9
aquellas
que
tengan
una
incidencia
en
la
opini6n
pública.
El
Asesor
Informativo,
dependiente
del
titular
del
Departa·
mento,
será
UIl
funcionario
de
carrera,
nombrado
por
el
Mi·
nistrocorrespondiente,
a
pn~,uesta
del
Secretario
de
Estado
para
la
Informeción.
Articulo
tercero
.
....:..ÚL8
Ofici:nas de-
PreIl6a
facilitan
informa-
ci6n
a
los
medios
de
comunicaci6n
$ocial
sobre
los
teinas
de
la
competenck
del
Departamentoj
recogen
y
sistematizan
la
in~
formaci6n
aparecida
eIi
los
diStintos
:medios
sobre
los
tem.
relacionados
con
el
Ministerio,
y,
en
general.
constituyen
el
órpno
de
relación
del
Departamento
con
105
medios
informa-
tivos.
.
Su
titular
tendrá
1&
condición
de
Periodista
titulado
o
ti-
cenciado
en
Ciencias
de
la
Informacioo;
será
nombrado
libre-
mente
por
el
Ministro,
bien
entre
funcionarios
de
carrera
o
bien
al
amparo
de
lo
d1spuesto
en
el
articulo
séptimo,
número
dos,
del
Real
Decreto·ley
veintldós/mil
novecientos
setenta
y
siete,
de
treinta
#.d<6_
mano.
Articulo
cuarte.-Los
Asesores
Informativos
tendrán
depen·
denda
funcional
de
la
Secretaría
de
Estado
para
la
Informe--
c16n;
dicha
Secretaria
de
Estado
coordinará
la$
actividades
d-e
las
Oficinas
de
Prensa.
d-e
conformidad
con
lo
dispuesto
en
el
Real
Decreto
dos
·mil
ciento
cmcuent8
y
siete/mil
nove-
cientos
setenta
y
ocho,
de
uno
de
septiembre,
DISPONGO,
·cargadas
de
informar
sobre
las
actuaciones
del
propio
Deltarta·
mento
a
los
medios
de
comunicación
5Cicial ya
la
opinión
pública.
Para
garantizar
la
idoneidad
de
los
medios
personales
y
técnicos
a
los
que
Se
atribuyen
competenCias
en
esta
materia,
resulta
conveniente
regular
la
estructure
de
los
órganos
en-
cargados
ae
esta
activ:dad,
sin
perjuicio
de
que
las
necet;idad€6
de
determinados
Ministerios
exijan·
una
organización
peculiar
de
estos
servicios,
como
es
el
caso
del
MiniSterio
de
Defensa,
que
ha
de
tener
una
organización
propia,
y
el
Ministerio
de
Asuntos
Exteriores,
donde
la
Oficina
de
Información
Diplomática
cum-
ple
ya
ootas
funciones.
En
su
virtud,
a
propuesta
del
Ministro
de
la
Presidencia,
y
previ&.
deliberación
del
Consejo
de
Ministros
en
su
reunión
del'
dia
veintidóS
de
diciembre
de
mil
nove<:ientos>
setenta
y
ocho,
GENERÁLES
El
Presidente
de
la
Diputación
Permanente
del
Congreso
de
los
Diputados,
FERNANDO ALVAREZ DE MIRANDA
YTORRES
RESOLUCION
de 6
de
febrero
de 1979
por
la
que
se
dim:me
la
publicación
del
aCllerdo
sobre
dero-
gaci.ón
del
Real
Decreto-ley
1/1979,
de
8de
enero
(publ~ado.
en
el
..
Boletín
Oficial
del
Estado_
núme·
ro
23,
del
26.)
CORTES
RESOLUCION
de
18
de
enero
de 1979
por
la
que
Be
dispone
la
Publicación
del
acuerdo
de
convalidación
del
Real
Decreto-ley' 5/J/1978,
de
29 de
diciembre
(publicado
en
el
-Boletín
Ofletal
del
Estado-
nú-
mero
6,
de
6
de
enero
de
lfll9).
En
su
sesión
del
dia
de
hoy,
convocada
en
aplicación
de
lo
dispuesto
en
los
articulas
78 y
86
de
la
Constitución,
la
Dipu-
tación
Permanente
del
Congreso
de
los
Diputados
ha
acordado
la
convalidación
del
Real
Decreto~ley
50/1978,
de
29
de
diciem~
bre,
por
el
que
se
anticipa
la
aplicación
de
los
articulos
relati-
vos
a
los
créditos
de
personal
comprendidos.
en
el
proyecto
de
Ley
de
Presupuostos
Generales
del
Estado
para
1979.
Palacio
del
Congreso
de
los
Diputados,
18
de
enero
de
1979.
5618
5619

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