ORDEN SCO/582/2003, de 6 de marzo, por la que se establecen las directrices para la elaboración del Plan Integral de Cardiopatía Isquémica.

MarginalBOE-A-2003-5631
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Sanidad y Consumo
Rango de LeyOrden

ORDEN SCO/582/2003, de 6 de marzo, por la que se establecen las directrices para la elaboración del Plan Integral de Cardiopatía Isquémica.

La Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, establece en su

artículo 70

que el Estado y las Comunidades Autónomas aprobarán planes.

de salud en el ámbito de sus respectivas competencias, en los que se

preverán las acciones sanitarias a desarrollar anual o plurianualmente.

También establece que la coordinación general sanitaria incluirá la

determinación de fines u objetivos mínimos comunes en materia de promoción,

prevención, protección y asistencia sanitaria; el marco de actuaciones y

prioridades para alcanzar un sistema sanitario coherente, armónico y

solidario, y el establecimiento con carácter general de criterios mínimos,

básicos y comunes de evaluación de la eficacia y rendimiento de los programas,

centros o servicios sanitarios. El artículo 71 dispone que el Estado y las

Comunidades Autónomas podrán establecer planes de salud conjuntos

que, cuando impliquen a todas ellas, se formularán en el seno del Consejo

Interterritorial del Sistema Nacional de Salud. En la misma idea abunda

el artículo 73.2 cuando señala que el Estado y las Comunidades Autónomas

podrán elaborar programas sanitarios y proyectar acciones sobre los

diferentes sectores y problemas de interés para la salud.

Por otra parte, la experiencia internacional más reciente sugiere que

una buena vía para afrontar estas actuaciones conjuntas puede ser la

elaboración de Planes Integrales de Salud sobre las enfermedades o

condiciones más relevantes con el objetivo de lograr un enfoque homogéneo

en el ámbito del Sistema Nacional de Salud. Estos Planes establecen

estándares y proponen modelos de actuación basados en las mejores pruebas

disponibles en los ámbitos de la promoción, la prevención, el manejo

clínico, la rehabilitación y la reinserción social, los sistemas de información

y la investigación. Son elaborados con amplia participación de las

sociedades científicas y otros agentes sociales y se revisan periódicamente.

La utilidad de los Planes Integrales se basa en establecer criterios de

coordinación. Cada Comunidad, una vez marcados estándares generales, bases

y criterios, elige el modelo que más se adapta a sus peculiaridades y

necesidades. Los Planes integrales se basan en tres pilares: estándares de

servicio claros, prestación adecuada y monitorización de resultados. Sus

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