Real Decreto 1897/1979, de 22 de junio, por el que se acuerda la enajenación directa de una Finca sita en el término municipal de Cuatretonda (Valencia), en favor de sus ocupantes.

MarginalBOE-A-1979-19194
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Hacienda
Rango de LeyReal Decreto
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PISPONGO',
..
",
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19194
19193
.
DIS'PONGO,
JUAN
CARLOS
,
JUAN
CARLOS
..
,
19195
El
Ministro
da.
Hacienda,
JAIME
GARCIA.
Af.{OVE.~OS
REAL
DECRETO
18BB/1fJ79.
de
22
de
junio,
par
el
Que se
acuerda
1(1.
ima¡'enación
directa
de
una
finca,
'
sUa
en.
el
término
rhunictpal
de
Cristóbal
(Sala-
1'!1anca,),
en'
fa"'~or
de
su.
ocupante.
.
Dan
V-alentin 'Luis
Sánchez
ha
interesado'
laadquisici6n
de
una
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rústica,
sita
en
el,
térmilio
muniCipal
de
Cristóbal
(SlalamancaJ.
propiedad
del
Estad>J,
de
la
'que
el
solicitante
es
ocupante
de
.
buena
fe.
Dicha
finCA.
ha
sido
ta6ada·e.n,
lacanti-
dad
de
ocho
mil
seiscientas
pMetas
por
los
Servi(:'i05
Técnicos
del·
Ministerio
de
Hacienda.
. . -
._
La
circunstancia
expue,sta
Justifica
hacer
uso
de
la.
autoriza..
ción
concedida
por
el
artíc.ulo
se5enta
y
tres
de,
la
Ley'
d&l
Patrimonio
del
Estado,
de
quince'
de
abril
de
mil
novecientos
sEl'S-enta
y
cuatro.
- .
En
BU
virtud,
a
propuesta
del
Ministro
de
Hacienda,
y
previa
deliberación
del
Consejo
'de
Min.i'1tros en:¡;u
reunión
del
día: ,vein-
tidós.
de
junio
de
mil
novecientos
setenta
y
nueve.
El
Ministro
de'
Hac1enda,
JAIMEGARCIA
AR'OVEROS -
Articulo
primero.~De.
-conformidad
con
10
dispuesto
en
el
-arti:culo
sesen.ta
y'~,
t:'9sde
la.Leydel
,Patrimonio
del
Estado,:'
'de
quince
de
.abrll
de-·.milnoveclentossesent&
"f
'cuatro
•.
8&.
acuerda
la
enaienaci6nI11recta'
a-
favor
de,
dOl\a·Enca.rnac16n
Tormo'
Benavent
•..
doiia.·
,Angeles
Francés:
Tormo,
con",.
domiCilio·
.
en
Víllanueva·
de
Ca.stellón(Valencia),,~Ue
General
Aranda,
número
.
treinta,
.de
la
mea
propiedad
del·.Estado'"que
conti-
n'uación
p,e
describe:
.
.'
.'.
" '
-Rústica,
sita
en
el
término
municipal
de
'Cuatretonda
{Va·
lenCíal,
parcela
'seis
del
~ol1goncr
cuarenta-
y
ocho~con
una
.
superficie
de
,cero
coma
ocho
treinta
y
una
hectáreas
-y
los'
lir.deros
siguientes:
Norte.
Alfredo
Benavent Benavent
(de
Eli~
.seo);
Sur
yOeste:
herederos:
de
Juan
OltraBañWs;
Este, ca-:
mino.~
'....
.
~
Inscrita
en
el
RegiStro·
de
la
Propiedad
de
Albaida.
'al
tomo
doscient.os
cuarenta
'1
cinco,
libro
catorce,
folio.
ciento
treinta..
i'incanún'lero
ml1
.
setecientos
.
cinco.
inscripción
primera,
.
,
Artículo
segtU:.dó,"""":'El
precio
totai
de
diclta·
enaJenac1~n
M
el
de
veinte
mil
pesetas.
las
cuales
de-berán
ser,
ingresadas
en·
el
'tesoro
por
el,
adquirente
en
~eJ
plazo
de
quince
días
a
Partir
de'.la.
notificación·
de
la
adjucUeactórJ.·
por
la
Delegación'
de
Ha-
cienda
de
Valencia,
siendo,
también,
de
cuecta
dél
interesado
todos'
los
gastos
originados
-en
la
tramlta<1~
del
expediente
y
10$
que
se
cau~
en
cumplimiento
del
pre'5@te
Real
Decreto.
·Articulo
teroero:-Por
el
Ministerio
de
Hacienda,
a
través
de
la
Dirección
~
Ge'J::eral
dal
Patrimonio
·,del
'Estado,
se
lle'Varán a
cabo
106
trámites
conducentes.
a
la
efectividad
de
cuanto
se
dispone
en
el
~resente'
R.eal. Decreto,.
Dado
en
Madrid
a
veintidós
,de
junio
de
mUnovecientos
setenta
y
nueve.
I-
Artículo
prlm~o,-De
conformidad
con
lo
dispuesto
en
el
articulo
sesenta
y
tres
de
la
Ley
del
Patrimonio
del
Estado.
de
quince
de
abril
de
mil
n.ovecientod
sesenta
y
cuatro,
se
acuerda
la
ena.jenaci.ón
directa
a
favor
de
don
Valentfn
Luis,
Sánchez.
con
domicilio
en
Cri5tób$.l,
caBe
MalLar,
nÚmero
treinta
yo::ho
(Salamanca).
de
la
finca
propiedad
-del
Estado
que
a
conti-,
,
nuaC"Íoo
&e
describe:
. - .
-Parcela·
rústica.
sita
en
el
término
municipal
de
Cristóbal
{Salamanca},
con
una
superficie
de
0,2460
hectáreas
y
los
lin-
deros
siguientes:
Norte,
99;
Tomás
López
Gama.
·0.2600;
Sur,
101,
Guillenno
García
Gama,
O,2340¡ Este.
33,
Gerardo
García,
0,8800,
y
Oeste,
97,
Esteban-Cano
SAnchez.
0,8884..
.
Inscrita
en
el
Registro
de
la
Propiedad
de
Béjar
al
libro
ocho,
folio
ciento,
ochenta
y
cqatro,
finca
número
ochocientos
veinti-
~
siete,
inscripción
primera.,·.
.
.
Artículo
segundo.-El
precio
total
de
dicha
enajenación
es
el
de
ocho
mil
seiscientas
'pesetas.
las
cuales
deberán
ser
ingresadas:
en
el
Tesoro
por
el
adquirente
en
el
plazo
de'
quince
días
a
partir
de
la
notificación'
de
la
ad'udiC'&cióli
por
la
Delegación
de
Ha-
cienda
de
Salamanca.
siendo';
también.
de
cuenta-del
intere'sado
todos
los
gastos
originados
en
la:
tramitación
del
expediente
ylos
que
se
cau.sen
en
cumplimiento
del
presenta
Rea}
Decreto·
Artí~ulo
ter:ero.-Por
el
Ministerio
de
Hacienda.
a
través
de
la
Dirección
Genera-l
del
Patrimonio
del
Estado,
se
llevarán
a
cabo
los
trámites
condlolC'entes a.
la
efectividad
de
cuanto,
se
dispone
en
el
presente
Real
DeCTeto. .<
Dado
en
Madrid
a
veintidós
de
Junio
de
mil
novecientos
.
se.tentay
nueve.
REAL
DECRETO
1898li979,
de'
22
d¿,
junio,.
por
el
que
se
acuerda
la
,enaienact6ndirccta
ele
una
finca
sita·
en
el
término'
mumctpal.
de
Sán
Lorenzo
de
la
_
Muga
(Gerona)
en
favor
de
s,tI
C?cupante.
Don
Angel
Arche
Pou
ha
interesado
la"
adquisición
de
una
finca
urbana.
sitae:e.
'e1término
municipal
de
San.
Lorenzo'
de
la
Muga
(Gerona).
calle,
Nueva,
número
siete,
propiedad
del
Estado.
-de
la
que
el
solicitante
es
CX';upai:l,te
de
buena
fe.
Dicha
finca
ha.
sido
tasada
en
la
cantidad
de
~ta
mil
'setecientas
veinticuatro
pesetu
por
los
Servici06
Técnicos
del.
Ministerio
de
Hade:cda.
-'
-
La
circuns~ncia
expuesta
justifica
hacer
uso
de
la
autorIza-
ción
concedida
por
e~
artículo
6esenta
ytres
de
la
Ley
del
P~trimoli1o
del
Estado,
'de
-quince
de
ab-dl
de
mil
novecientos
sesenta
y
cuatro.
-'
_ -
En
&u
virtud.
aproPUe6ta
del
Ministro
de
Hacienda.
yprevia-
deliberación
del
Consejo
de
Mir.istros
en
SU
.
reunión
del
día
veintídós
de
junio
de
mil
novecientos
setenta
y
nueve,
R,EAL
DECRETO
1897/1979.
de
22
de
junio.
por
el
Que se acuerda
la
enajenación
directa
de
una4inca,
sita
en
el
término
mu,nicipal
de
Cuatretonda
(Va~
lencía),
en
favO,r
de
sus
ocupantes.
'
Doña
Encarnación
Tormo
Benavent
y
dofta
Angeles
Francés
Tormo
han
interesado
la
adquisición
de
una
finca
rúsUca.
•.
sita
en
el
término
municipal
de
Cuatr~tonda
!Va.lencia)
parcela
6eis
del
polígono
cuarenta
y
ócho
propiedad
del
Estado
de
la.
que
.las
solicitantes
són
ocupantes
de
buena
fe..
'
DIcha
finca
ha
sido
tasada
en·la
cantidad
de
veinte
mil
pese-
tas
por
los
Servicios
TéCnicos
del
Ministerio
de
Hacienda.
La
circunstancia
expuesta
JuStifica
hacer
uso
de
la
autoriZa-
ción:
concedida
por
el
artículo
sesenta
y
tres'
de
la
Ley
del
Patnmonio
del
Estado,
de
quince
de
abril
de-
mil
novecientos
sesenta
y
cuatro,
' ,
~n
su
virtud,
a
pro:p~ta
del
Ministro
de
Hacienda,
y
previa
delIberación
del
Conse1o
de
Mtriistros
en
su
reunión
del
día.
vem.
tidós
de
junio
de
mn
novecientos
set~ta
y
nueve.
JUAN
CARLOS
DISPONGO,
El
Ministro
de
Hacienda.
JATh1E
GARelA
A:f~OVEROS
Artículo
primero
.......
De·
conformidad
con
lo
dispuesto~
en
el
a7ticul0
sesenta
ytres
de
la
Ley
del
Patrimonio
del.
Estado,
de
quince
de
abril
de
mil
novecier.tos
sesenta
y
cuatro.
se
'~cuerda
la
enajenadón
'directa
a
favor
de
don
Angel
Arche'
Pou.
con
domicilio
en
San,
Lorenzo
de
la
Muga
(Gerona),
calle
Nueva
•.
numerados,
de
'la
finca
propiedad
del
Estado
que
acontiI:.ua:--
Ción
&&
describe:'
.
cUrbana
sita
en
el
termino
municipal
de
San
Lorenzo
de
la
Muga
{Gerona).
calle
Nueva"
número
siete,
con
una
superficie
de
treinta
ycil:.co
coma
setenta
y
dos
'metros
cuadrados
y
los
linderos
siguientes:
Norte.
acequia.
del
Molino;
'ESte,
Angel
AI-·
che
Pou:
Sur"
cane
Nueva;
oeste,
Ayuntamiento..
. .
Inscrita
en'
el
Regístro
de
la
Propiedad
de
FJgueras
al
tomo
seiscientos
veinticuatro.
Ubro
nueve,
folio
doscientas
nueve.
finca
:cúmero
quinientos,
inscripción
segunda.
< . '
Articulo
segund,o.-El
precio
total
de
dicha
'enajenación
es
'101
de
sesenta
mil
setecientas
veinticuatro,
pesetas.
las
cua-
le3
deberán
ser
ingresadas
en
~
el
Tesoro
por. el
adquirente
en
el
plazo
de
quince
días'
a
partir
de
la
notificación
de
la
adju-
dicación
por
la
Delegación.
de
Hacienda
de
Gerona
.siendo.
también,
de
cuenta
del
interesado
todos
los
gatitos
originados
en
la
tramitación
del
expediente
y
los,
que
5&
causen
en
cumplí-
mier.to
del
presente
Real
Decreto.'
.'
,
Articulo
tercero
.
....:.Por
el
Ministerio
de
Hac1endaa-
través
de
la
Dirección
General
del
Patrimonio
del
Estado
se
llevarAn a
cabo
105
trámites
conducentes
4
la
efectividad
de
cuanto
se
dis-
P?ne
en
el
present~_
Real
Decreto.
Dado
en
Madrid
a
veintidós
de
junio
de'
mil
novecientos
€etenta
y
nueva
¡
I
I
,",

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