Ley 4/1979, de 13 de septiembre, sobre concesión de un crédito extraordinario de 8.472.346.961 pesetas para cubrir la diferencia entre el déficit de explotación de RENFE y el importe del suplemento de crédito aprobado por Ley 34/1978, de 17 de julio.

MarginalBOE-A-1979-22315
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorJefatura del estado
Rango de LeyLey

DON JUAN CARLOS I, REY DE ESPAÑA,

A todos los que la presente vieren y entendieren,

Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente Ley:

Artículo primero

Se concede un crédito extraordinario por un Importe de 8.472.346.961 pesetas al Presupuesto en vigor de la Sección 24, "Ministerio de Transportes y Comunicaciones"; servicio 10, "Red Nacional de los Ferrocarriles Españoles"; capitulo 4, "Transferencias corrientes"; artículo 45, "A empresas"; concepto 452, "Para cubrir la diferencia entre el déficit de explotación de RENFE y el importe del suplemento de crédito aprobado por Ley treinta y cuatro/mil novecientos setenta y ocho, de diecisiete de julio".

Artículo segundo

La financiación del crédito extraordinario se realizará con anticipos a facilitar por el Banco de España al Tesoro Público.

Por tanto,

Mando a todos los españoles, particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar esta Ley.

Palacio de Marivent, Palma de Mallorca, a trece de septiembre de mil novecientos setenta y nueve.

JUAN CARLOS R.

El Presidente del Gobierno,

ADOLFO SUAREZ GONZALEZ

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