Orden de 31 de mayo de 1985 por la que se dictan normas para la homologación de neumáticos para véhiculos de turismo y sus remolques.

MarginalBOE-A-1985-13703
SecciónI - Disposiciones Generales
Rango de LeyOrden

El acuerdo de ginebra de 20 de marzo de 1958, al cuál se adhirió España con fecha 11 de agosto de 1961, publicado en el "Boletin ofical del estado" de 3 de enero de 1962, establece las condiciones uniformes y el reconocimiento recíproco de la homologación para equipos y Piezas de los véhiculos de motor.

En el "Boletín Oficial del estado" de 7 de octubre de 1983, se público el Reglamento número 30, Anexo al citado acuerdo, en el que se formulan las Prescripciones uniformes, relativas a la homologación de los neumáticos para Automoviles y sus remolques, y que incluye las enmiendas 01 y 02 al citado Reglamento.

Asimismo, el Decreto 2324/1969, de 2 de octubre, en su artículo 3., Establece que por el Ministerio de Industria se determinarán oportunamente las normas de seguridad que deben cumplir los neumáticos de los véhiculos Automoviles.

Por otra parte, las condiciones técnicas de fabricación de los neumáticos puedenafectar, de forma importante, a las condiciones de seguridad de los véhiculos, asi cómo a sus condiciones de frenado.

Por todo ello, se hace necesario el dictado de una Disposición para el desarrolló y cumplimiento en España del Reglamento número 30, al que nuestro país se adhirió con fecha 3 de septiembre de 1983.

En su virtud, Este Ministerio ha tenido a bien disponer:

Primero.-A partir de los séis meses desde la fecha de publicación de la presente Disposición, todos los neumáticos comprendidos en el ámbito de Aplicación del Reglamento número 30, Anexo al acuerdo de gienbra de 20 de marzo de 1958, sobre homologación de neumáticos para...

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