Orden de 8 de octubre de 1981 por la que se dicta Norma de calidad para el Comercio exterior de Calabacines.

MarginalBOE-A-1981-24160
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Economia y Comercio
Rango de LeyOrden

El desarrolló experimentado en los últimos años en el Comercio exterior de Calabacines, aconseja contar con una Norma de calidad para esté producto y concertar de está forma la intervención que actualmente tienen los centros de Inspeccion del Comercio exterior (soivre), en la exportación e importación de dichos productos

En consecuencia , de acuerdo con el Ministerio de agicultura y oído el sector interesado , Este Ministerio ha tenido a bien dictar la siguiente Norma de calidad para los Calabacines

I. Norma técnica

1.1. Definicion del producto .-La presente Norma se refiere a los Calabacines, recolectados tiernos , antes de que sus semillas se hayan endurecido, de las variedades (cultivares) obtenidas del "cucurbita pepo l", destinados a ser entregados al consumidor en estado fresco, con exclusión de los Calabacines destinados a la transformación industrial

1.2. Disposiciones relativas a la calidad .-La Norma tiene por objeto definir las calidades que deben presentar los Calabacines en el momento de la expedición, despúes de su Acondicionamiento y envasado

1.2.1. Características mínimas .-En Todas las categorías, sin perjuicio de las Disposiciones particulares previstas para cada una de Ellas y de las tolerancias admitidas los Calabacines deben presentarse:

-Enteros y provistos de un pedúnculo que pueda estar ligeramente dañado

-Con aspecto fresco

-Firmes

-Sanos , se excluyen los productos afectados de podredumbre o alteraciones tales, que los hagan impropios para el consumo

-Exentos de daños causados por los insectos u otros parásitos

-Exentos de cavidades

-Exentos de grietas

-Limpios, prácticamente exentos de materias extrañas visibles

-Con un grado de desarrolló suficiente, sin que sus semillas se hayan endurecido

-Exentos de humedad exterior anormal

-Exentos de olor y/o sabor extraños

Los calabaciones deben presentar un desarrolló y un estado tales que les permita:

-Soportar un transporte y una manipulación y llegar en condiciones satisfactorias al lugar de Destino

1.2.2. Clasificación.-Los Calabacines se clasificados en las dos categorías que a continuación se definen:

A) categoría i. Los Calabacines clasificados en está categoría deben ser de buena calidad y presentar las características del tipo varietal

Sin embargo, pueden presentar los defectos siguientes, a condición de que no perjudiquen al aspecto , la calidad, la Conservacion ni la presentación del producto

-Ligeros defectos de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR