Resolución de 11 de mayo de 1992, del Departamento de Recaudación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se dictan instrucciones en relación con los ingresos o solicitudes de devolución por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas e ingresos sobre el Impuesto Extraordinario sobre el Patrimonio de las Personas Físicas para el ejercicio 1991, a través de la Entidad colaboradora, en el caso de residentes en el extranjero sujetos por obligación personal.

MarginalBOE-A-1992-10992
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Economia y Hacienda
Rango de LeyResolución

La presente Resolución tiene como objeto facilitar el cumplimiento de las obligaciones por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y por el Impuesto Extraordinario sobre el Patrimonio de las Personas Físicas a las personas físicas de nacionalidad española a las que se refiere el artículo 8. de la Ley 44/1978, de 8 de septiembre, y por el artículo 5. de la Orden de 14 de enero de 1978, es decir, aquellas que aun residiendo en el extranjero quedan sujetas a la obligación personal de contribuir por su condición de:

  1. Miembros de misiones diplomáticas españolas, ya fuere como Jefe de la misión o como miembro del personal administrativo y técnico o del personal de servicios de la misma.

  2. Miembros de las Oficinas consulares españolas, ya fuere como Jefe de las mismas o como funcionario o personal de servicios a ellas adscritos, con excepción de los Vicecónsules honorarios y Agentes consulares honorarios y del personal dependiente de los mismos.

  3. Titulares de cargo o empleo oficial del servicio del Estado español como miembros de las Delegaciones permanentes acreditadas ante Organismos o Conferencias internacionales, o formando parte de Delegaciones o misiones de observadores en el extranjero.

  4. Funcionarios en activo que ejerzan en el extranjero cargo o empleo oficial no diplomático ni consular.

Para ello se hace necesario posibilitar la actuación como colaboradoras a las oficinas situadas en el extranjero de las Entidades de depósito que se relacionan en esta Resolución, quedando en la prestación de este servicio sujetas a las condiciones que en la misma se establecen.

Por Orden de 31 de marzo de 1992 se aprueban los modelos de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto Extraordinario sobre el Patrimonio de las Personas Físicas para el ejercicio 1991, fijándose asimismo los plazos de presentación de dichas declaraciones.

El artículo 103 de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1991, modificado por la Disposición adicional decimoséptima de la Ley 18/1991, de 6 de junio, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, creó la Agencia Estatal de Administración Tributaria, y por su parte, la Orden de 26 de diciembre de 1991, por la que se estructura dicha Agencia, señala que las competencias que en materia de recaudación estuviesen atribuidas a la desaparecida Dirección General de Recaudación se entenderán atribuidas a la citada Agencia desde el día 1 de...

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