Real Decreto 2317/1983, de 1 de Septiembre, por el que se determinan los Precios maximos para determinados aceites de Semillas.
Marginal | BOE-A-1983-23630 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Juntas Electorales Provinciales |
Rango de Ley | Real Decreto |
El Real Decreto 2035/1982 de 12 de agosto, establecía los precios máximos de venta al público de los aceites refinados y envasados de girasol, y los de mezcla de varias semillas sin inclusión de los de orujo y de soja. La entrada en vigor de lo que a su vez dispone el Real Decreto de regulación de la campaña 1983-84 de granos de girasol, cártamo y colza, hace preciso proceder a la modificación de aquellos precios, lo que se efectúa en su aspecto cuantitativo, manteniendo el mecanismo de fijaci6n de precios máximos correspondientes al precio de cesión a detallista y al precio de venta al público, que se ha mostrado eficaz en la campaña anterior, en el sentido de propiciar una mayor flexibilidad en la comercialización de los mencionados aceites.
En su virtud, previo informe de La Junta Superior de Precios y a propuesta de los Ministerios de economía y Hacienda y de Agricultura, pesca y alimentación, previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 3l de agosto de 1983, dispongo:
Art. 2. El precio máximo de venta al público de los mencionados aceites será de ciento setenta (170) pesetas por litro.
Art. 3. Los Ministerios de economía y Hacienda y de Agricultura, pesca y alimentación, por sí o a través de los organismos correspondientes, podrán dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo de lo establecido en el presente Real Decreto, que entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el
Dado en Palma de Mallorca a 1 de septiembre de 1983.- Juan Carlos R.- El Ministro de la Presidencia, Javier moscoso del prado y Muñoz.
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- Real Decreto 2035/1982, de 12 de agosto, por el que se determinan precios maximos para determinados aceites de Semillas.
- Real Decreto 1536/1984, de 30 de agosto, por el que se determinan los Precios maximos para determinados aceites de Semillas.
- Real Decreto 1789/1981, de 3 de agosto, por el que se fijan los precios máximos de venta al público de determinados aceites de semillas.
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