Resolución de 28 de febrero de 2011, de la Tesorería General de la Seguridad Social, por la que se determinan las condiciones de prestación de un servicio de apoyo para facilitar el cumplimiento de obligaciones en materia de cotización a la Seguridad Social.

MarginalBOE-A-2011-4394
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Trabajo e Inmigración
Rango de LeyResolución

La Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, consagra el derecho de los mismos a comunicarse con las administraciones públicas por medios electrónicos. Para ello se requiere una actuación por parte de esas administraciones que facilite la extensión y generalización de la sociedad de la información a través de dichos medios.

En el mismo sentido, las empresas desempeñan un papel coadyuvante clave para favorecer la expansión de la cultura electrónica, integrando en su operativa diaria las tecnologías de la información y las comunicaciones. La Ley 11/2007, de 22 de junio, promueve un tratamiento específico de los procedimientos y gestiones al respecto con mayor repercusión en el desarrollo de la actividad empresarial.

Por otra parte, el artículo 1 de la Orden de 3 de abril de 1995, sobre uso de medios electrónicos, informáticos y telemáticos en relación con la inscripción de empresas, afiliación, altas y bajas de trabajadores, cotización y recaudación en el ámbito de la Seguridad Social, faculta a la Tesorería General de la Seguridad Social para determinar la forma y el contenido de los programas, aplicaciones, diseños y estructuras de datos que vayan a ser utilizados a través de los referidos medios técnicos en relación con dichas actuaciones.

Igualmente, la disposición final primera de la misma orden prevé que la utilización de tales medios se implantará progresivamente mediante resoluciones de la Dirección General de la Tesorería General de la Seguridad Social en función de las posibilidades de gestión y de los medios técnicos de que se disponga en cada momento.

En línea con la estrategia de la Tesorería General de la Seguridad Social, tendente a la incorporación del total de colectivos a la transmisión de cotizaciones por medios electrónicos, informáticos y telemáticos, y en atención a las dificultades personales, reducida dimensión o localización geográfica de determinados sujetos responsables del pago de las cotizaciones obligados a incorporarse de manera efectiva al sistema de remisión electrónica de datos (Sistema RED), la disposición adicional cuarta de la Orden TAS/1562/2005, de 25 de mayo, por la que se establecen normas para la aplicación y desarrollo del Reglamento general de recaudación de la Seguridad Social, que ha sido introducida por la Orden TIN/2777/2010, de 29 de octubre, prevé la prestación de un servicio de asistencia técnica y asesoramiento para el efectivo cumplimiento de las obligaciones en materia de encuadramiento, cotización y recaudación en el ámbito de la Seguridad Social, por esos medios técnicos y en los términos y condiciones que determine la propia Tesorería General de la Seguridad Social.

En su virtud, y de acuerdo con las previsiones y facultades anteriormente expuestas, esta Dirección General resuelve:

[precepto]Primero. Objeto de la resolución y alcance del servicio de apoyo a la cotización.

  1. Esta...

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