Orden AAA/525/2014, de 4 de marzo, por la que se convocan, para el ejercicio 2014, ayudas destinadas al fomento de la integración cooperativa de ámbito estatal.

MarginalBOE-A-2014-3549
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Rango de LeyOrden

La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece en su artículo 23, que el procedimiento para la concesión de subvenciones se iniciará siempre de oficio, mediante convocatoria aprobada por el órgano competente.

La Orden APA/180/2008, de 22 de enero, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 30, de 4 de febrero de 2008, establece las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas al fomento de la integración cooperativa de ámbito estatal. La citada Orden ha sido modificada por la Orden ARM/2759/2008, de 19 de septiembre, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 238, de 2 de octubre y Orden ARM/1219/2010, de 6 de mayo, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 117, de 13 de mayo de 2010.

Mediante la presente orden, se convocan, para el ejercicio 2014, las ayudas destinadas al fomento de la integración cooperativa de ámbito estatal.

En su virtud, resuelvo:

Primero. Objeto.

Es objeto de la presente orden convocar, en régimen de concurrencia competitiva, las subvenciones para el ejercicio 2014, destinadas al fomento de la integración cooperativa de ámbito estatal, previstas en la Orden APA/180/2008, de 22 de enero, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 30, de 4 de febrero de 2008.

Segundo. Beneficiarios y requisitos.

Podrán acceder a estas ayudas las entidades previstas en el artículo 2 de las bases reguladoras de estas subvenciones cuyos objetivos estén incluidos en el artículo 1 de las mismas y que cumplan los requisitos y compromisos establecidos en el artículo 3 de las referidas bases reguladoras.

Tercero. Solicitud de la subvención y plazo de presentación.

Las solicitudes de subvenciones, se dirigirán al Titular del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, de acuerdo con el modelo de instancia establecido en el anexo, y se presentarán en el registro de dicho Departamento o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Las solicitudes podrán presentarse en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente orden.

Cuarto. Documentación necesaria para la solicitud.

La solicitud deberá ir acompañada de los siguientes documentos:

  1. Un plan de integración que incluya al menos la siguiente información:

    1. Volumen de actividad y número de socios de todas y cada una de...

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