Orden de 31 de marzo de 1986 por la que se habilita para despachos aduaneros de exportación de frutos y productos hortícolas la estación de RENFE de Alquerías (Murcia).

MarginalBOE-A-1986-9575
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Economia y Hacienda
Rango de LeyOrden

Ilmo. Sr.: La Red Nacional de los Ferrocarriles Españoles (RENFE) solicita de este Ministerio que se habiliten las instalaciones de la estación de ferrocarril de Alquerías (Murcia) para los despachos de exportación de frutos y productos hortícolas frescos, refrigerados y congelados que hasta ahora venían realizándose en la estación de Murcia-capital (El Carmen), que fue habilitada por Orden de 8 de febrero de 1979 y que quedaría únicamente autorizada para el despacho de equipajes no acompañados, conforme se dispuso en resolución de ese Centro Directivo de 24 de junio de 1972.

Visto el informe del Administrador principal de Aduanas e Impuestos Especiales de Murcia, el artículo 13 de las vigentes ordenanzas de la Renta y el Decreto 1412/1966, de 2 de junio, este Ministerio ha tenido a bien disponer.

Primero.- Queda habilitada la estación de ferrocarril de Alquerías (Murcia) para los despachos de exportación de frutos y productos hortícolas frescos, refrigerados y congelados que se expidan por vía férrea.

Segundo.- Las expediciones habrán de conducirse en vagones completos conteniendo una sola clase de mercancías, o siendo más de una, para uno solo receptor.

Tercero.- El espacio de vías situadas entre las agujas de entrada y salida de la estación, así como las áreas o locales destinados al depósito o almacenaje de mercancías de exportación, o a las oficinas de aduanas y servicios técnicos relacionados con la exportación, constituirán recinto aduanero...

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