Real Decreto 1633/1980, de 24 de julio, por el que se determina el descuento por oreo que se aplicará a las canales de vacuno y porcino en las compras acogidas al precio de garantía.

MarginalBOE-A-1980-17012
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorPresidencia del Gobierno
Rango de LeyReal Decreto

Las compras por la Administracion de canales de Ganado Vacuno y ovino de acuerdo con el Decreto mil cuatrocientos setenta y tres/mil novecientos setenta y cinco, de veintiseis de junio, se han venido Realizando descontando el uno por ciento en concepto de oreo. Las modificaciones registradas en los tipos de canales han conducido a que en la practica comercial se descuente por oreo el dos por ciento sobre el peso de la canal caliente. Esta situacion diferencial para las compras oficiales produce graves problemas aplicativos en el comercio normal de la carne, diferenciando las transacciones comerciales y estableciendo diferentes criterios, segun que las canales vayan destinadas al comercio normal o a ser adquiridas por la Administracion en compras en regimen de garantia.

En su virtud, a propuesta de los Ministerios de Agricultura y de Comercio y Turismo, y previa deliberacion del Consejo de Ministros en su reunion del dia veinticuatro de julio de mil novecientos ochenta, dispongo:

Articulo primero A las canales de vacuno y porcino acogidas a garantia cuyo pesaje se realizara inmediatamente despues del sacrificio y faenado, se le aplicara en su posterior liquidacion el descuento del dos por ciento en concepto de merma por oreo.
Articulo segundo Queda derogado el articulo cuarenta y seis del Decreto mil cuatrocientos setenta y tres/mil novecientos setenta y cinco, de veintiseis de junio, prorrogado por el Real Decreto dos mil cuarenta y ocho/mil novecientos setenta y nueve, de tres de agosto, que a su vez se prorroga en el Real Decreto trescientos cuarenta y cuatro/mil novecientos ochenta.
Articulo tercero El presente Real Decreto entrara en vigor el dia siguiente de su publicacion en el "Boletín Oficial del Estado".

Dado en Palma de Mallorca a veinticuatro de julio de mil novecientos ochenta.- Juan Carlos R.- El Ministro de la Presidencia, Rafael Arias-salgado y montalvo.

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