Real Decreto 488/1984, de 22 de Febrero, por el que se desarrolla el Centro informatico del Presupuesto y el Plan de la Secretaria de Estado de Hacienda.
Marginal | BOE-A-1984-6121 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Juntas Electorales Provinciales |
Rango de Ley | Real Decreto |
El Real Decreto 221/1984, de 8 de febrero ("BoletÌn Oficial del Estado" del 9), que modifica la estructura organica del Ministerio de Economia y Hacienda, establecida por Real Decreto 2355/1983, de 4 de agosto , establece en su articulo 4. Que dependera directamente de La Secretaria de Estado de Hacienda, entre otros centros directivos y Unidades Administrativas, el centro informatico del presupuesto y el plan La Ley 10/1983, de 16 de agosto, de organizacion de la Administracion Central del Estado, dispone en su articulo duodecimo que la creacion , modificacion, refundicion o supresion de los Organos superiores de los Departamentos Ministeriales y de las Unidades Administrativas superiores se realizara a iniciativa del Departamento o departamentos interesados y a propuesta del Ministro de la Presidencia, mediante Real Decreto acordado en Consejo de Ministros
Por el presente Real Decreto se desarrolla el centro informatico del presupuesto y el plan, con el fin de dotarle de una adecuada estructura organica que le permita alcanzar los fines que motivaron su creacion
En su virtud, a iniciativa del Ministro de Economia y Hacienda y a propuesta del Ministro de la Presidencia, previa deliberacion del Consejo de Ministros en su reunion del dia 22 de febrero de 1984, dispongo :
-
Dentro de los procesos y Sistemas de Informacion relacionados con las diversas fases de la programacion, gestion, contabilidad y rendicion de cuentas del presupuesto y gasto publico, seran objetivos de caracter priorotario:
-
la elaboracion del anteproyecto de los Presupuestos Generales del Estado y de sus Organismos Autonomos, asi como de sus modificaciones y la informacion complementaria correspondiente a los creditos y su distribucion por programas y territorial
-
crear y mantener un sistema informatico que permita la necesaria coordinacion entre el presupuesto y el proceso de planificacion
-
el desarrollo del soporte informatico necesario para la implantacion de un sistema descentralizado de contabilidad de los distintos Centros Gestores del gastos publico
-
la creacion y mantenimiento de una base de datos de plantillas, efectivos y retribuciones de personal y de sus correspondientes dotaciones presupuestarias, que permita el Seguimiento y Control de la getion economica del Personal al Servicio de la Administracion del Estado, asi como el analisis y prevision de sus costes
-
la creacion y mantenimiento de un censo nacional de perceptores de haberes pasivos con cargo al Presupuesto de Gastos del Estado, asi como la informatizacion de la gestion y liquidacion de las pensiones y obligaciones que se reconozcan
-
la creacion y mantenimiento del soporte informatico necesario para el seguimiento de la actividad economica del sector publico empresarial, de sus niveles de empleo y de sus balances y cuentas de resultados, que posibilite su analisis, programacion y control
-
la creacion y mantenimiento del Sistema de Informacion necesario sobre la actividad economica del sector publico territorial (Comunidades Autonomas y Corporaciones Locales), que permita desarrollar adecuadamente la Coordinacion con las Haciendas Territoriales y suministre la informacion necesaria para la elaboracion de las cuentas consolidadas de las Administraciones publicas, que ofrezcan una vision integral del conjunto del gasto publico
-
la creacion y mantenimiento de las bases de datos que suministren informacion necesaria a La Secretaria de Estado de Hacienda, asi como cualquier otra aplicacion que le sea encomendada por dicha Secretaria de Estado
-
-
Con objeto de mantener un Sistema de Informacion Unico relativo a la elaboracion , ejecucion y contabilidad de los Presupuestos Generales del Estado , el centro informatico del presupuesto y el plan ejercera las siguientes competencias:
-
respecto a las unidades informaticas existentes o que se puedan crear en los centros directivos directamente dependientes de La Secretaria de Estado de Hacienda, actuara de coordinador y asesor de los Sistemas Informaticos que en dichos centros se instalen , asi como de toda la informacion que en ellos se procese
-
en cuanto a las unidades informaticas dependientes de otros centros directivos de la Administracion, y en parte que se refiera a aplicaciones descentralizadas relacionadas con el presupuesto y la contabilidad , establecera las normas adecuadas para que la informacion que se procese se ajuste a criterios homogeneos, Determinando igualmente los momentos en que dicha informacion deba generarse y transmitirse para su integracion
Art. 2. 1. El centro informatico del presupuesto y el plan queda estructurado en los siguientes Organos:
-
La Direccion del Centro
-
La Subdireccion General de Planificacion y programacion
-
La Subdireccion General de explotacion
-
-
El Director del Centro informatico del presupuesto y el plan sera nombrado por Real Decreto , a propuesta del Ministro de Economia y Hacienda
-
La Subdireccion General de Planificacion y programacion tendra como mision el diseÒo , desarrollo, implatacion y mantenimiento de los Sistemas de Informacion necesarios que permitan la consecucion de los objetivos enunciados en el articulo 1.
Como funciones mas importantes se destacan
-
la elaboracion de las normas y de la metodologia que haya de aplicarse en los mencionados Sistemas de Informacion, manteniendo las relaciones de coordinacion y asesoramiento con los responsables de las aplicaciones informaticas descentralizadas que se refieren a los Presupuestos Generales del Estado y sus Organismos Autonomos
-
el diseÒo de las bases de datos de caracter presupuestario, economico y contable que resulten necesarias para La Secretaria de Estado de Hacienda asi como de los centros directivos de ella dependientes
-
-
La Subdireccion General de explotacion tendra como mision principal la ejecucion de todos los trabajos centralizados en el centro informatico del presupuesto y el plan
Como funciones mas importantes se citan:
-
recepcion, preparacion, codificacion, grabacion y control de la informacion de entrada
-
Planificacion y Control de los procesos que se ejecuten en el ordenador del centro
-
Administracion de ficheros y bases de datos
-
vigilancia del funcionamiento del sistema de comunicaciones
-
vigilancia del funcionamiento del sistema de comunicaciones
-
mantenimiento de sistemas operativos y lenguajes del ordenador central
-
formacion del personal del centro
-
asesoramiento y mantenimiento de relaciones tecnicas con los centros de proceso que acometan las aplicaciones descentralizadas relativas al presupuesto y la contabilidad
-
-
Dependiendo del Director del Centro informatico del presupuesto y el plan, existira un vocal asesor
Primera.-el Ministro de Economia y Hacienda, con la aprobacion de la Presidencia del Gobierno, dictara las disposiciones necesarias para el desarrollo de lo dispuesto en el presente Real Decreto
Segunda.-por El Ministerio de Economia y Hacienda se realizaran las modificaciones presupuestarias pertinentes en orden a la habilitacion de los creditos necesarios para el cumplimiento de lo previsto en la presente disposicion
Tercera.-quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en el presente Real Decreto, que entrara en vigor el mismo dia de su publicacion en el BoletÌn Oficial del Estado
Dado en Madrid a 22 de febrero de 1984.-Juan Carlos R. -el Ministro de la Presidencia, Javier moscoso del prado y MuÒoz