Resolución de 15 de septiembre de 2006, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de creación, organización y funciones de las Dependencias Regionales de Relaciones Institucionales en determinadas Delegaciones Especiales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

MarginalBOE-A-2006-17353
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Economia y Hacienda
Rango de LeyResolución

Resolución de 15 de septiembre de 2006, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de creación, organización y funciones de las Dependencias Regionales de Relaciones Institucionales en determinadas Delegaciones Especiales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

La Orden de 11 de julio de 1997, por la que se reorganizan los Servicios Centrales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, desarrolló una nueva distribución de los cometidos de los Departamentos de la Agencia Estatal de Administración Tributaria para afrontar los nuevos retos de la Administración tributaria. Entre ellos destacan el desarrollo del nuevo marco de corresponsabilidad fiscal, la planificación y el desarrollo integrado de los trabajos de la Agencia concebida como un todo y el establecimiento de cauces de nivel adecuado para la relación externa del ente.

Al efecto, el apartado sexto de dicha Orden desarrolla las funciones del Departamento de Organización, Planificación y Relaciones Institucionales.

El Sistema de Financiación aprobado por Acuerdo del Consejo de Política Fiscal y Financiera de 27 de julio de 2001, amplía sustancialmente los recursos tributarios cedidos a las Comunidades Autónomas e introduce, por tanto, mayores necesidades de coordinación y participación de las Comunidades y Ciudades Autónomas en la gestión tributaria del Estado. Por ello, es necesario implantar nuevos cauces, procedimientos y ámbitos de participación de las Comunidades y Ciudades Autónomas en la gestión tributaria del Estado, para obtener mejoras comunes en la gestión que desarrollan las distintas Administraciones Tributarias. Ello implica efectuar los ajustes organizativos oportunos derivados de la propia estructura y funcionamiento del Sistema de Financiación.

En este sentido, la Ley 21/2001, de 27 de diciembre de 2001, por la que se regulan las medidas fiscales y administrativas del sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común y Ciudades con Estatuto de Autonomía establece, en su artículo 65, que el Jefe de la Dependencia Regional de Relaciones Institucionales con las Administraciones Tributarias u otro de los representantes de la Agencia Estatal de Administración Tributaria será quien desempeñe las funciones de Secretario del Consejo Territorial de Dirección para la Gestión Tributaria.

La Resolución de 21 de septiembre de 2004, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se establece la estructura y organización territorial de la Agencia...

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