Orden JUS/337/2009, de 12 de febrero, por la que se modifica la Orden JUS/3770/2008, de 2 de diciembre, por la que se delegan competencias del Ministro y se aprueban las delegaciones de competencias de otros órganos del Ministerio de Justicia.

MarginalBOE-A-2009-2846
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Justicia
Rango de LeyOrden

El Real Decreto 1125/2008, de 4 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Justicia, y se modifica el Real Decreto 438/2008, de 14 de abril, por el que se aprueba la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, estableció un nuevo marco de distribución de competencias entre los diferentes órganos superiores y directivos del Departamento.

Esta nueva organización del Ministerio, junto con la conveniencia de mejorar el funcionamiento interno del Departamento, determinó la necesidad de dictar la Orden JUS/3770/2008, de 2 de diciembre, por la que se delegan competencias del Ministro y se aprueban las delegaciones de competencias de otros órganos del Ministerio de Justicia, con la finalidad de lograr la máxima agilidad, coordinación y eficacia en la gestión de los servicios.

En el corto espacio de tiempo transcurrido desde su entrada en vigor, la práctica ha puesto de manifiesto ciertas disfunciones derivadas de su ejercicio que aconsejan su revisión y puesta al día, con el único objetivo de alcanzar la mayor agilidad y eficacia en la gestión ordinaria de los asuntos y, fundamentalmente, en la prestación de los servicios encomendados al Ministerio, coordinando la actividad de los órganos administrativos encargados de su ejecución.

En su virtud, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la disposición adicional decimotercera de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, y en el artículo 20 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, dispongo:

Artículo único Modificación de la Orden JUS/3770/2008, de 2 de diciembre, por la que se delegan competencias del Ministro y se aprueban las delegaciones de competencias de otros órganos del Ministerio de Justicia.

Uno. Se modifica el apartado cuarto. A de la Orden JUS/3770/2008, de 2 de diciembre, por la que se delegan competencias del Ministro y se aprueban delegaciones de competencias de otros órganos del Ministerio de Justicia, que queda redactado en los siguientes términos:

Cuarto. Subsecretaría.–El titular de la Subsecretaría de Justicia ejercerá por delegación de los órganos que se indican las siguientes competencias:

A. Del titular del Departamento:

1. La convocatoria de las pruebas selectivas para la contratación del personal laboral del Departamento.

2. La provisión de puestos de trabajo de funcionarios mediante el sistema de libre designación, sin perjuicio de las competencias delegadas en otros órganos.

3. La convocatoria y resolución de concursos para la provisión de puestos de trabajo, sin perjuicio de las competencias delegadas en otros órganos.

4. Proponer la aprobación o modificación de la relación de puestos de trabajo del Departamento.

5. Fijar los criterios para la evaluación del personal y la distribución del complemento de productividad y de otros incentivos al...

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