Orden DEF/1590/2008, de 30 de mayo, por la que se modifica la Orden DEF/2424/2004, de 20 de julio, por la que se delegan competencias en autoridades del Ministerio de Defensa en relación con determinadas materias administrativas.

Fecha de Entrada en Vigor 7 de Junio de 2008
MarginalBOE-A-2008-9818
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Defensa
Rango de LeyOrden

El apartado primero.3 de la Orden DEF/2424/2004, de 20 de julio, por la que se delegan competencias en autoridades del Ministerio de Defensa en relación con determinadas materias administrativas, determina que se delegan en el Secretario General de Política de Defensa las competencias relacionadas con salidas, depósitos y asignaciones de fondos integrantes del patrimonio histórico militar documental y museístico, actividades todas ellas, que, en aplicación del artículo 16 del Real Decreto 1551/2004, de 25 de junio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Defensa, son responsabilidad de la Dirección General de Relaciones Institucionales de la Defensa, como órgano directivo perteneciente a la Secretaría General de Política de Defensa, al que corresponde la planificación y desarrollo de la política cultural del departamento.

Por otra parte, el Real Decreto 438/2008, de 14 de abril, por el que se aprueba la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, modifica la dependencia de la Dirección General de Relaciones Institucionales de la Defensa, en el sentido de que pasa a depender directamente del titular del departamento.

Por este motivo, y en aras de agilizar el procedimiento de impulso de las decisiones propias de ese ámbito competencial, es necesario modificar el apartado primero.3 de la Orden DEF/2424/2004, de 20 de julio, para delegar la competencia en el Director General de Relaciones Institucionales de la Defensa.

En consecuencia, al amparo del artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, dispongo:

Apartado único. Modificación de la Orden DEF/2424/2004, de 20 de julio, por la que se delegan competencias en autoridades del Ministerio de Defensa en relación con determinadas materias administrativas.

El punto 3 del apartado primero...

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