Decreto 405/1976, de 20 de febrero, por el que se crea una Comisión para el estudio de un régimen especial de las cuatro provincias catalanas.
Fecha de Entrada en Vigor | 29 de Marzo de 1976 |
Marginal | BOE-A-1976-5191 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Ministerio de la Gobernacion |
Rango de Ley | Decreto |
El mensaje de Su Majestad el Rey de la Nación, la declaración de intenciones del Gobierno y el discurso programático de su Presidente, contienen un expreso reconocimiento de la región y de la necesidad de institucionalizarla. Tal reconocimiento, contenido en la Ley de Bases del Estatuto de Régimen Local, actualmente en período de articulación, enriquece el entramado tradicional de los entes públicos territoriales, con la consagración de entidades intermedias tales como la comarca y la región.
En esta línea de propósitos, y en el camino de una posible institucionalización futura de la región, parece oportuno dar satisfacción a las solicitudes formuladas al Gobierno por las Diputaciones Provinciales de Barcelona; Gerona, Lérida y Tarragona, en el sentido de constituir una Comisión para estudiar la implantación de un régimen administrativo especial que permita en un próximo futuro institucionalizar la región catalana.
El Gobierno, al acceder a todas estas solicitudes, plenamente acordes con las previsiones de la Ley de Bases del Estatuto de Régimen Local, considera, no obstante, que la proyección futura de signo regionalizador que la inspira, exige contar desde el primer momento con un único órgano de trabajo, en cuyo seno, sin pérdida de la visión analítica de los problemas peculiares de cada entidad provincial, puedan abordarse de manera conjunta y armónica las preocupaciones y aspiraciones comunes a la totalidad de Cataluña. Por ello, la Comisión que se crea surge con la misión de estudiar la posible implantación de un régimen administrativo especial para las provincias de Barcelona, Gerona, Lérida y Tarragona, estructurándose sobre una base paritaria de representantes designados por las cuatro Diputaciones y por la Administración Central.
En su virtud, a propuesta del Ministro de la Gobernación y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día veinte de febrero de mil novecientos setenta y seis,
DISPONGO:
Se crea una Comisión para el estudio de las medidas a adoptar en orden al establecimiento de un régimen administrativo especial para las provincias de Barcelona, Gerona, Lérida y Tarragona, integrantes de la región catalana.
La Comisión a que se refiere el artículo precedente estará constituida por un Presidente, designado por el...
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