Decreto 91/1968, de 25 de enero, sobre reorganización del Ministerio de Comercio.

MarginalBOE-A-1968-124
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorPresidencia del Gobierno
Rango de LeyDecreto
B.
O. del
E.-Núm.
24
27
enero
1968
----~.-,-----
1205
PAonfA
Hes Geoturísticas
de
la
denominación
{(Benamara».
solicitada
por
don
Francisco
Jiménez
Torres.
1226
Orden
de
29
de
diciembre
de
1967
por
la
que
se
dis-
pone
la
inscripción
en
el
Registro
de
Denominacio-
nes
Geoturísticas
de
la
denominación
({La
Parra»,
solicitada
por
don
Antonio
Van
de
Walle
y
de
Ponte.
L226
Resolución
de
la
Administración
T,unstlcn B::spafiola
por
la
que
se
nombra
Administrativos
de
cuarta
clase
en
dicho
Organismo
autónomo
n
lo,.,
aspirantes
que
superaron
las
pruebas
del
concurso-oposición
convocado
por
Resolución
de
14
de
abril
de
19B7.
1215
ADMIN!ST'JtAGION
LQC.A.L
Resolución
de
la
Diputación
Provincial
de
Madrid
por
la
que
se
hace
pública
la
composición
del
Tribu.ila1
caliticadol' del concurso convocado por
esta
Corpo-
ración
p:r-u
proveer
una
plaza
de
Ingenieros
de
Camino!>,
Canales
y
Puertos
del Servicio
de
Vias y
Obras
pnl\:mciale::-. .
1218
Resolución dei AyunUtlniento de
Irún
referente
al
concurso
para
la
provisión
de
la
plaza
de
Arqui~
tecto
municipal.
1218
1.
Disposiciones generales
PRESIDENCIA
DEL
GOBIERNO
DECRETO
91/1968, de 25 de enero, sobre reorgani-
zación del
Ministerio
de
Comercio.
El
Decreto dos mil setecientos
sesenta
y
cuatro/mil
nove.
ciehtos
sesenta
ysiete,
de
veintisiete
de
noviembre, sobre reor-
ganización
de
la
Administración
Civil del
Estado
para
la
re-
duección del
gasto
público,
suprime
determinados
Organismos
pertenecientes
aeste
Departamento,
y
en
sus
articulas
catorce
yQuince establece
las
normas
para
la
integración
en
las
Sub·
secretarias
y
Secretarias
Generales
Técnicas
de
los servicios
generales.
Por
otra
parte.
el
artículo
veintidós
reduce
los nive·
les orgánicos
QUe
pueden
existir
en
la
Administración
Civil del
Estado.
_
La
integración
de
las
funciones
de
los
Organismos
suprimi-
dos yel
cumplímiento
de
los
citados
preceptos
generales
hacen
necesaria
la
adaptación
de
la
organización
de
los
distintos
De·
Partamerttos
a
lo
que
dispone el Decreto de reorganIzaCión,
par
lo
que
la
dispOSición
transitoria
segunda
establece
Que
da
Pre--
sidencia
del Gobierno
antes
del
treinta
y
uno
de
diciembre del
presente
año, a
propuesta
de
los Ministerios
interesados
y
pre-
vio
informe
del Ministerio
de
Hacienda,
elevará al
Gobierno los
correspondientes
proyectos
de
Decretos
de
reorganización
de
las
Direcciones Generales,
Centros
directivos y
Organismos
de
acuerdo
con los preceptos del presente. Dec,Teto».
En
su
virtud, a
propuesta
del Ministerio
,de
Comercio y
de
la.
Presidencia
del Gobierno,
con
el
informe
del Ministerio
de
Hacienda.
y
previa
deliberación del Consejo
de
Ministros
en
Su
reunión
del
día
veintidós
de
diciembre
de
mil novecientos se-
senta
ysiete,
DISPONGO:
Artículo
primero.-El
Ministerio de Comercio
para
la
reali-
zación
de
las
competencias
que
tiene
atribuidas
Se
estructura
orgánicamente
en
las
siguientes
unidades
administrativas:
A)
ADMINISTRACIÓN
CENTRAL
Uno.
Subsecretaria
de Comercio.
Uno.Uno)
Secretaria
General
Técnica.
Uno.Dos) Dirección
General
de
Política
Comercial.
Uno.Tres) Dirección
General
de
Comercio Exterior.
Uno.Cuatro) Dirección
General
de
Política
Arancelaria.
Uno.Cinco) Dirección
General
de
Comercio
Interior.
Dos)
Subsecretatia
de
la
Marina
Mercante.
Dos.Uno) Dirección
General
de Navegación.
Dos.Dos) Dirección
General
de
Pesca
Marítima.
Tres) El
Gabinete
Técnico del Ministro seguirá a
las
inme-
diatas
órdenes del mismo.
Dependerá
de dicho
Gabinete,
con el
rango
de Sección,
el
Gabinete
de Relaciones
Públicas
y
Prensa,
Cuatro)
La
Asesoría
Jundica,
que
dependerá
directamente
del
Ministro.
B)
ORGANISMOS
AUTÓNOMOS
Uno) Comisaría
General
de Abastecimientos y
Transportes.
Dos)
Instituto
EspañOl de Moneda
Extranjera.
Tres)
Caja
Autónoma
de
Propaganda.
dependiente
adminis-
tratiVRlTIf,nte
de
la
Secretaría
General
Técnica.
Cuatro)
Fondo
Económico
de
Practicajes.
Cinco) Escuelas Oficiales
de
Nliutica y
Máquinas
(Bilbao
Barcelona. Cádiz,
La
coruña
y
Santa
Cruz
de Tenerife).
Seis)
Patronato
de
Casas
para
Funcionarios
del Ministeri!.
de
Comercio.
Los
Organismos
y
Entidades
citados
seguirán
rigiéndose po:
sus
re~pectivas
normas
orgánicas
actualmente
en
vigor.
Subsecretaria de Camercio
Artículo
segundo.-Uno.
La
Subsecretaría
de
Comercio
se
estructura
en
las
sigwentes
unidades
centrales.
con
rango
de
Subdirección
General:
Uno)
Inspección
General.
Sección
pri:lnera.-Servicio
de
Administración
Territorial.
Negociado
primero.-Oficina
de
In!onnación
Territorial.
Negociado
segundo.-Oficina
de
Coordinación yEnlace.
Sección
segunda.-Servicio
de
Inspección.
Negociado
primero.-Oficina
de
Análisis del
Funcionamiento
de
los Servicios.
Negociado
segundo.-Oficina
de
Inspección.
Dos) SUbdirección
General
de
Personal.
Sección
primera.-Servicio
de
Personal
de
los
Cuerpos
Espeo-
cializados
de
Comercio.
Negociado pr1mero.-Ofic1na
de
Personal
de
los
Cuerpos
Es--
pecializados y
Gastos
en
el
::S:,xterior.
Negociado
segundo.-Oflcina
de
Personal
del
SOIVRE.
Sección segunda.-SerV1.cio
de
Personal
de
los
Cuerpos
Gene·
rales, Colaboradores y
Personal
Contratado.
Negociado primero.--Oficina
de
Programación,
Estudios
y
Per·
feccionamiento.
Negociado
segundo.-Oftcina
de
Gestión
de
Personal.
Sección tercera.---Servicio
de
Retribuciones
yClasUlcaclón,
del
que
dependerá.
la
Habilitación
de
Personal.
Tres) Oficialía Mayor.
Sección
primera.-8ervicio
de
Asuntos
Generales
e
Indeter·
minados, del
que
dependerán
las
siguientes
unidades:
Oficina
de
Arquttectura.
Registro
General.
.
Gabinete
Telegráfico, Telefónico yTélex.
Estafeta
de
Correos.
Sección segunda.-----Servicio
de
Gestión EconátI1ica.
Negociado
primeto.--Qilcina
de
presupuestos.
NegocIado
segundo.-Oficlna
de
Contabilidad.
Sección
tercera.-Secretaría
de
la
Junta
Central
de
Compras
ySmninistros,
de
la
que
dependerá
la
Habilitación
de
Material.
Dos.
Dependerán
directamente
del Subsecretario,
con
el
rango
orgánico
de
Sección,
las
siguientes
unidades:
Uno) Servicio
de
Recursos, .en el
que
Se
integran
dos Ofici-
nas
de
Recursos.
Dos)
8e"icl0
de
Cinematografia.
Tres)
Asesoria
de
Arquitectura.
Tres.
La
Intervención
Delegada
y
la
Qfioina
de
Contabili-
dad
del Ministerio
de
Hacienlia.
oonstituyen
una
sola
unidad
administrativa
adscrita
a
la
Subse.cretarla,
con
las
funciones
que
le
atribuyen
las
dispolJ1ciones vigentes.

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