Decreto 2922/1975, de 31 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento para el servicio y distribución de las aguas del Canal de Isabel II.

MarginalBOE-A-1975-23366
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Obras Publicas
Rango de LeyDecreto
23736
13
noviembr'l
1975
B. O. del
E.~Núm.
272
Cambios
Cambios
oficiales
del
día
12 de
noviembre
de
1975
BANCO
DE
ESPAÑA:
Meréado
de
Divisas
de
Madrid
JUAN
CARLOS
DE
BORBON
PRINCIPE
DE
ESPAÑA
UDlCO
acceso
para
los
nuevos
edificios
públicos
dentro·
del
re~
cinto
.universitario.
En
consecuencia
resulta
aconsejable
auto-
rizar
al
Ayuntamiento
de
Salámanca
para
que
utilice
este
pro-
cedimiento
en
la
ocupación
de
las
fincas.
determinadas
en
las
relaciones
obrantes
en
los
expedientfs
admini,strativos
ycon-
cretadas
en
el
acuerdo
de
la
Corporación
Municipal
de
quince
de
junio
del
presente
año,
afectadas
parla
ejecución
de
las
obras
de
referencia,
En
,su
virtud,
a
propuesta
del
Ministerio
de
la
GobernaC1ón,
y
p.revia
deliberación
del
Consejo
de
Ministros
en
su
reunión
del
día
diez
de
Qctubre
de
mil
novecientos
setenta
y
cinco,
DISPONGO,
Artículo
único,-Se
declara
de
urgente
ocupación
por
d
Ayun~
tamiento
de
Salamanca,
a
efectos
de
lo
dispuesto
en
el
artícu-
lo
cincuenta
y
dos
de
la
Ley
de
Expropiación
Forzosa,
los
bienes
dEterminados
en
las
relaciones
de
parcelas
obrantes
en
el
ex-
pediente
adminístrativo,
sometidas
a
información
pública,
y
con~
cret.adas
en
el
acuerdo
de
la
Corporación
de
quince
de
julio
del
presente
año,
neCesarios
para
la
ejEcución
de
las
obras
de
la.
ronda
de
Circunvalación
y
de
la
Gran
Via~Parque.
previstas
en
el
plan
parcial
de
ordenación
urbana.
del
recinto
universitario
de
dicha
ciudad.
Así
lo
dis'pongo
por
el
presente
Decreto,
dado
en
Madrid
a.
treinta
y
uno
de
octubre
de
mil
novecientos
setenta
y
cinco.
!1
Ministro
de
la
Gobernación,
JaSE
CARCIA
HERNANDEZ
Vendedor
59,073
59,243
58,216 58,443
13,479 13,533
121,814 122,401
22,343 22,450
152,21Q 153,043
22,948
23,058-
8,730 8,768
22,343 22,450
13,485 13,554
9,839
9,884
10,722
10,772
15,363 15,447
323,599 326,317
Sin
cotización
19,557 19,646
Comprador
-~:------.
Divisas
convertibles
23363
1
dólar
U.
S.
A.
(l)
..
1
dólar
canadiense
..
.
1
franco
francés
..
1
libra
esterlina
.
1
franco
suizo
. . .
100
francos
belgas
.
1
marco
alemán
,,'
.
100
liras
italianas
, ,.., .
1
florín
holandés
. .
1
corona
sueca
..
.
1corona.
danesa
, .
1corona. noruega: .
1
marco
finlandés'
, .
100
chelines
austriacos
.
100
escudos
portugueses
100
yens
japoneses
23364
DISPONGO,
El
Ministro
de
·la
Gobernación,
lOSE
GARCIA HERNANDEZ,
JUAN
CARLOS
DE
BORBON
PRINCIPE
DE
ES~AflA
MINISTERIO
OBRAS PUBLICASDE
23366
DECRETO
2922/1975,
de
31
de
octubre-,
por
el
qUe se
aprueba
el
Reglamento
para
el
servicio
:Y
distribución
de
las
aguas
del
Carwl
de
habel
If.
.
Por
Real
Decreto
de
seis
de
febrero
de
mil
novecientos
tres,
fué
aprobado
el
Reglamento
para
servicio
y
distribución
de
las
aguas
del
Canal
de·
Isabel
11.
23365
DECRETO
2921/1975,
de
31
de
octubre,
pór
el
que
se
autoriza
al
Cabildo
Insular
de
La
Palma,
de
la
provincia
de Santift.
Cruz
de
Tenerife,
pa.ra
adop-
tar
su
escudo
heráldico
municipal.
El
Cabildo
Insular-
de
La
Palma,
de
la
provincia
de
Santa
Cruz
de
Tenerife,
ha
estimado
conveniente
adoptar
'un
escudo
heráldico,
a.
fin
de
perpetuar
en
él,
con
adecuada
simbología,
conforme
a
las
normas
de
la
Heráldica,
los
hechos/
más
re~
l€:vante.s y
peculiares
de
su
pasado
histórico.
A
tal
efecto,
y
de
acuerdo
con
las
facultades
que
le
confieren·
las
disposiciones
legales
vigentes,
elevó,·
para
su
definitiva
aprobación,
el
co·
rrespondiente
proyectQ
y
Mómoria
descriptiva
del
mismo.
El
expediente.
se
sustanció
con
arreglo
a
las
normas
-dé
pro~
cedhniento
establecidas
en
la
Ley
de
Régimen¡
Local
y
en
el
Reglamento
de
Organización,
Funcionamiento
y
Régimen
Ju·
rídico'
de
las
Corporaciones
Locales,
La
Real
Academia
de
la
Historia
emitiÓ'
su
dictamen
en
sentido
favorable
con
algunas
sugerencias
que
fueron
debidamente
observadas.
En
su
virtud,
a
propuesta
del
MinistrQ
de
la
Gobernación,
y
previa
deliberación
del
Consejo
de
Ministros'en
su
r~unión
del
!lfa
diez
de
Octubre
de
mil
novecientos
setenta
y
cin.:::o.
Articulo
único.~Se
autoriza.
al
Cabildo
Insular
de
1&
Palma,
de
la'
provinCia
de
Sahta
Cruz.
de
Tenerife,.
para
adoptar
su
es~
eudo
heráldico
municipal,
que
quedará
orga..nizado
en
.lljl
forma
siguiente,
de
acuerdo
con
el
dictamen
de
la.
Real
Academia
de
la
Historia:
De
azur,
sobre
ondas
de
plata
y
azur.
una
torre
de
oro,
almenada:
y
mazonada
de
sable,'
y
saliendo.
de
ella,
un
busto
de
San
Miguel,
de
plata,
vestido
de
gules,
sosteniendo
en
la
diestra
una
balanza
de
oro,
el
todo,
siniestrado
de
una
pal-
mera
de
oro.
Bordura
de
oro,
con
cinco
violetas,
de
púrpura.
Al
timbre,
corona
real
cerrada.
Así
lo
dispongo
por
el"presente
Decreto,
dado
en
Madrid.
treinta
y
uno
de
octubre
de
mil
novecientos
setenta
y
cinco.
MINISTERIO
DE
LA
GOBERNACION
11l
Esta
cotización
será
aplicable
por
el
Banco
de
España
a
los
dó-
lares
de
cuenta
en
que
se formalicf,l
intercambio
con
los
siguientes
paf-
ses:
Colombia,
Cuba
y
Guinea
EcuatoriaL
DECRETO
2920/1,975,
de
31
de
octubre,
por
el
que
se
declara
de
urgente
ocupaciÓi1 p.or
el
Ayunta-
miento
de
Salamanca,
a
efectos
de
expropiación
forzosa,
los
bienes
necesarios
para
la
ejecución
de
las
obras
de
la
Ronda
de
Circunvalación
yde
la
Gran
Vía-Parque.
Por
el
Ministerio
de
la.·
Vivienda,
con
fecha
uno
de
junio
de
mil
novecientos
sesenta
y
cinco,
se
aprobó
el
plan
parcial
de
,
ordenación
urbana
del
recinto
universitario
de
la
ciudad
de
Sa-
lamanca,.
aprobando
el
Ayunta.miEnto
de
dicha
capital,
en
se-
siones
celebradas
los
días
veinticinco
de
junio
y
veintiuno
de
_
diciembre
de
mil
novecientos
setenta
y
tres,
respectivamente,
los
expedientes
de
expropiación
forzosa,
por
causas
de
utilidad.
pública
y
motivos
~rbanfsticos,
de
las
fincas
afectadas
por
la
ejecución
de
las
obras
de
la
ronda
de
circunvalación,
en
su
tramo
Sur,
entre
el
río
Tormes
y
el
casco
antiguo
de
la
ciu~
dad,
y
las
de
la
Gran
Vía-parque,
comprendidas
desde
su
ini~
clación,
en
el
paseo.
del
Desengaño,.
hasta
la
bifurcación.
con
la.
cuesta.
de
San
BIas
y
calle
de
Cervantes
y
Ancha,
ambas
obras
previstas
en
el
repetido
plan
parcial
de
ordenación;
soli-
citando
la
expresad:a
Corporación
en
base
a
las
circunstancias
concurrentes,
ea
cada,
caso,
que
se
declare
de
urgente
ocupa-
ción,
a
efectos
de
expropiación
forzosa,
-los
bienes
inmuebles
afectados
.por
su
ejecución,
de
conformidad
con
lo
dispuesto
en
el
articulo
cincue;nta
y
dos
de
la
Ley
de
Expropiacióp.
For·
zosa.
Estos
bienes
inmuebles
están
determinados
e
individuaÚza.-
dos,
con
los
datos
suficientes
para
su
identificación,
en
las
re·
l&ciones
confeccionadas·
al
efecto,
que
obran
en
los
expedientes,
sometidas
en
su
momento
a
información
pública,
y
concretados
en
el
acuerdo
de
la
Corporación
Municipal
de
guincé
de
julio
del
presente
año.
.
La
ejecución
de
las
obras
de
la
rQuda
de
circunvalación
y
de
la
Gran
Via~parque,
de
acuerdo
con
el
plan
parcial
de
ordenación
urbana,
resultan
inaplazables
y
urgentes
para
la
dudad,
en
razón
a
la
neCEsidad
de
ordenación
de
la
circunva-
lación
vial
en
aquella
zona,
siendo
imprescindible
la
realiza~
ción
de
las
obras
de
la
ronda
de
circunvalación
con
el
fin
de
dar
soludóh
alos acce."os
tangenciales
del
puente
de
Sánchez
Fabres.
utilizados
principalmente
por
el
tráfico
pesado
interur-
bano
y
la
ejecución
de
las
de
la
Gran
Vía-parque,
con
el
ob·
jeto
d:'
resoiver
definitivamente
la
congestión
del
tráfico
vial
que
actualmente
S'e
produce
en
los
accesos
a
la
ciudad
en
la
parte
Sur,
completándose
asf
el
sistema
de
accl¡lSOS
al
nuevo
puente
de
Sánchez
Fabres,
amén
de
constituir
técnicamente
el

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR