Decreto 1439/1975, de 26 de junio, sobre calificación de la enseñanzas de la carrera de Náutica.

MarginalBOE-A-1975-14168
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorPresidencia del Gobierno
Rango de LeyDecreto
B.
O.
({el
E.-Niím.
158
3
julio
1975
\4439
PAGrNA PAGINA
Orden
de
3
de
junio
de
1975
por
la
que
se
considera
inCluíc,ia
en
el
111
Programa
de
.Red
FrigOi'ífica
Ná·
cional
a
la
central
hortofruticola
que
pretende
insta-
¡ar
don
Pascual
Beme·t
Diez
mediante
la
ampliación
de
su
centro
de
manipulación
y
,envasado
de
pro-
ductos
hortofrutícolas
en
Masamagrell
(V~lencia).
14477
MINISTERIO
DEL
AIRE
Orden
de
5
de
junio
de
1jH5
por
]a
que
se
convoca
el
Premio
-
",Juan
VigÓllD.
14477
MINISTERIO
DE
COMERCIO
Decreto
1461/1975, de-
12
de
junio,
por
el
que
se
amplía
el
régim:en
de
reposición
con
_
franquicia
-
atancelaria
concedido
a
"Cobas
y
Cía
.. S.
R.
C.»,-
por
Decre-
to
432/1967,
de
16
de
febrero,
en
el
sentido
de
incluir
la.
exportación.
de
nuevas
mercancías.'
14478
Orden
de
28
de
mayo.
de
1975
por
la
que
se
acoge
la
firma
..
Cerámica
Azulejera,
S.
A»,
a
los
beneficios
del
régimen
de
reposición
establecido
por
Becreto
.
prototipo
1676/1966,
de
30
/
de
junio,
modificado
por
Decreto
1547/1972~
de
2
de
junio,
para
la
importación
de
diferentes
productos
químicos
por
exp·ortaciones
de
anlejos.
14178
Resolución
del
Instituto
Español
,de
Oceanografía
por
la
que
se
convocan
pruebas
-selectivas
para
ingreso
en
las
plazas
de
Auxiliares
de
Oficina.
14458
Corrección
de
errores
de
la
Orden
de
17
de
ndviembre
de
1973
por
la
que
se
concede
a
la
firma
..
Papelera
Navarra.
S.
A».
el
régimen
de'
admisión
temporal
de
papeles
kraftliner
y
s€miquimico
para
la
confec-
,
ción
de
planchas
y
cajas
de
cartón
ondulado
con
des-
'tino
a
la
exportación.,
.
14478
Correc-ción
de
errores
de
la
-
Orden
do
22
de
noviembre
de
1973
por
la
que
se
concede
a
la
firma
..
Compañia
Anónima
de
Embalajes.
S.
A»,
el
régimen
de
admi-
sión
temporal,
de
papeles
kraftliner
y
semiquímico
para
la
confección
de
planchas
y
cajas
de
cartón
on-
dulado
con
destino
a
la
expoctación,
14478
MINISTERIO
DE
LA
VIVIENDA
Doc-reto 1462/1975,
de
30
de
mayo,
por
el
que
se
regulan
las
becas
..
Francisca
Franco...
14478
Decreto
1463/1975.
de
30
'de
mayo;
por
el
que
se
declara
urgente
la
expropiación
de
los
terrenos
necesarios
para
la
construcción
de
un·
grupo
de,
4B
viviendas
en
Boa de'
Aller
(Oviedo).
144~9
Decreto
1440/1975"
de
6_
de
junio,
por
el
que
se
nom-
bra
Delegado
especial
del
Ministerio
de
la.
Vivienda
en
MenorCa a
don
Lorenzo,
Villalonga
Sin
tes.
14446
Orden
de
22
de
mayo
de
1975
por
la
,que
se
dispone
el
cumplimiento
de
la
sentencia
dictada
por
la
Ma-
gistratura
de
Trabajo
de
Pamplona
de
31
de
diciem~
bre
de
1974,
.
14480
Orden
de
6
de
junio
de
,1975
por
la
que
se
descalifica
la
vivienda
de
protección
oficial,
sita
en
la
colonia
Ciudad
Jardín'
'Oñaurre,
número'
8',
de
Irúa
(Gui-
púzcoa),
de
don
José
Olavarri€,ta
Oliván.
14480
Orden
de
6
de
junio
de
1975
por
la
que
Se
descalifica
la
vivienda
de
protección
oficial;
,sita,
en
la
avenida
Dieciocho
de
Julio,
número
45,
de
León, de,.
don
t
Martín
Pedrosa
Millán,
14480
Resolución
de
la
Comisión
de
~laneamiento
y
Coordi~
nación,
del
Area
Metropontana
de
Madrid
por
la
que
se
convOCa
oposición
libre
para
'cubrir
una
plaza,
vacante
en
la
Escala
de
Ordenanzas
de
-dicho
Or~
.
ganismo.
14460
ADMINISTRACION
LOCAL
Resolución
del
Ayuntamiento
de
Orense
por
la
que
se
suspenden
provisionalmente
las
convocatorias
para
la
provisión'
de
las
pIa,zas
en
propiedad
que
se
citan.
'14461
I. Disposiciones generales
DISPONGO,
DISPOSICIONES
FINALES
Artículo
primero.-La
Ensefianza
NáutiCa
Superior
tendrá.
el
nivel
que
corresponde
al
segundo
ciclo
de
la
Enseflanza
Uni-
versitaria.
Artícl!lo
segundo
..,-Se
consideran
estudios
de
Enseñanza
NAu-
j;ic~
Superior'
los
cursados
en
las
Escuelas
Oficiales
de
Náutica.
para
la
formación
completa
de
Capitán
de
la
Marina
Mercan-
te,
MaquiiIista
nav-al
Jefe
y
Oficial
de
primera
clas'e
del
Servi-
cio
Radioeléctrico
{fe
la
Marina
'Mercante.
Artículo
tercero.-Tendrán
nivel
de
Escuela
Universitaria
los
estudios-
cursados
en
las
ESClielas -Oficiales
de
Náutica
para
la
formación
completa
de
los
Pilotos
de
segunda
clase
de'
la
Ma-
rina
Mercante,
Oficiales,
de
Máquinas
de
segunda-clase
de
la
Marina
Mercante
yOficiales
de
segunda
clase
del
Servicio
Ra-
dioeléctrico
de
·la
Marina
Mercante.
ArtícuJocuarto
..,-Se
en'tenderá
por
formación
completa,
a
los
efectos
prevenidos
en
los
dos
artículos
anteriores,
la
-
obtenida
una
vez
superado
el
plan
de
estudios
correspondiente
y
las
prácticas
formativas
reglamentarias
exigibles
para
tener
de-
recho
alos
titulas
mencionados.
Artículo
quinto.-Los
planes
de
estudio
para
la
obtención
de
los
títulos
referidos
y
horarios
correspondientes,
así
como
la
fijación
de
las
titulaciones
que
habrá
de
poseer
su
profeso-
rado,
serán
aprobados
por
el
Ministerio
de
Educación
y
Ciencia.
Primcra.-Se
equiparará
al
nivel
universitario
yciclo
que
se'
indica,
según
los casos, a
los
titulados
que
se
mencionan
en
este
Decreto
y
correspondientes
~
planes
de
estudios
anteriores
mediante
el
cumplimiento
de
los
requisitos
que
se
establezcan
conjuntamente
por
los
Ministerios
de
Educación
y
Ciencia
y
de
Comercio,
y
de
acuerdo
con
lo
que,
se deterIWlina
en
el
artícu-
lo
ciento
treinta
yseis
de,la
Ley
General
de
~ducación.
Segunda.-Se
autoriza
a
los
Ministerios
de
Educaci6n
y
Cien~
da
y
de
Comercio
para
dictar
conjuntamente
cuantas
disposi-
ciones
complementarias
slilan
necesarias
para
el
desarrollo
y
cumplimiento
de
est19
Decreto.
.
GOBIERNO
DEL
PRESIDENCIA
14168
DECRETO
1439/1975,
de 26 de
junio,
sobre
califica-
ción
de las
enseñanzas
de
la
carrera
de
Náutica.
La
progresiva
complejidad
de
conocimientos
que
exige
el
ejercicio
de
la
carrera
de
Náutica
.y,
en
consecuenc~a,
la
ne-
cesidad
de
ofrecer
la
adecuada
preparación
técnica,
han
hecho
necesaria
una
constante
renovación
de
las
enseñanzils
para
mantenerlas
en
todo
momento
en
su's
grados
elevados,
al
nivel
de
Enseñanzas
Superiores,
Fiel
reflejo
de
est.a
preocupación
han
sido,
entre
otras,
la
Ley
ciento
cuarenta
y
cuatro/mÍl
no-o
vecientos
sesenta
yuno,
de
veintitrés
de
diciembre,
'sobre,
'Reorganización
de
las
.Enseñanzas
Náuticas
y
de
Pesca, y
el
De,creto
mil
setecientos
setenta
y
dos/mil
novecientos
setenta
y
dos,
de
treinta
de
junio,
por
el
que
se
exige
tener
aprobado
el
Curso
de
Orientación
Universitaria
para
el
ingreso
en
cual·
quiera
de
las
tres
secciones
'de
la
carrora
de
Náutica.
Actualmente
existe
una
disparidad
de
interpretaciones
res-
pecto
a'
la
clasificación
que
debe
darse
a
estas
enseñanzas,
pues
si
bien
hasta
alcanzar
el
primer
titulo
profesional
están
clasi-
flcadas·
como TécnicaS
de
Grado
Medio,
los
título"s
superiores.
de
la
'carrera,
para
la
obtención
de
los
cuales
es
necesario
su~
perar,
con
posterioridad
a
la
,obtención
de
los
prrmeros,
unas
prácticas
formativas
y
estudios
teóricos,
no
osteqJ;an
.clasift~
cación
alguna,
por
lo
cual
se
hace
necesaria
la
fijación
de
un
,ro:riterio
único
que
señale
el
nivel
y
clasificación
de
los
deter~
minadc¡¡;
grados
de
las
Enseñanzas
Náuticas
en
el
ámbito
de
la:
edupación
universitaria.'
La Ley
catorce/mil
novecip.ntos
setenta,
General
de
Educación
y
Financiamiento
de
la
Reforma
Educativa,
promulgada-
con
posteri0ridad
á
la
Ley
citada
8üteriormente,
contempla
en
,su
generalidad
la
regulaCión·
de
todas
las
enseñanzas
de
la
Nación,
par
lo
que,
de
acuerda
cen
·10
dispuesto
en
su
artículo
ciento
treinta
yseis, y
en
virtud
_de
la
disposición
final
primera
de
la
Ley
ciento
cuarenta
y
cuatro/mil
noveeientos
sesenta
y
uno,
con
audiencia
del
Consejo
Nacional
de
Educación,
a
propuesta'de
los
Ministros
de
Educación'y
Ciencia
y
de
Comercio,
y
previa
deli~
oeración
del
Consejo
de
Ministros
en
SU
reunión
del
día
seis
de
junio
de
mil
novecientos
setenta
ycinco,
¡
,
r
,

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