Resolución de la Secretaría General Técnica por la que se notifica a don César Franco Dávila la Resolución del Secretario General Técnico, de 13 de enero de 2006, por la que se tiene por desistida y se archiva su solicitud de reconocimiento de título para el ejercicio de la profesión de Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos.

MarginalBOE-B-2006-109037
SecciónV - Anuncios
EmisorMinisterio de Fomento
Rango de LeyResolución

Habiendo sido intentada repetida e infructuosamente, en el domicilio señalado por el interesado, en Calpe (Alicante), la notificación en la que se comunica a don César Franco Dávila, la Resolución del Secretario General Técnico, de 13 de enero de 2006, por la que se tiene por desistida y se archiva su solicitud de reconocimiento de título, a efectos del ejercicio en España de la profesión de Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos, motivada por no haber optado, en el plazo concedido para ello, por someterse a una prueba de aptitud o realizar un período de prácticas. Se publica en cumplimiento de lo previsto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero:

Primero.-Se tiene por desistida la solicitud presentada ante el Ministerio de Fomento por don César Franco Dávila, con fecha 23 de junio de 2005, de reconocimiento de título para el ejercicio en España de la profesión de Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos, al amparo del Real Decreto 1665/1991, de 25 de octubre, por el que se regula el sistema general de reconocimiento de los títulos de Enseñanza Superior de los Estados miembros de la Comunidad Económica Europea, archivándose de acuerdo con lo previsto en el apartado séptimo de la Orden del Ministro de Relaciones con las Cortes y de la Secretaría del Gobierno, de 12 de abril de 1993, por la que se desarrolla el citado Real Decreto. El desistimiento y archivo de la solicitud deja a salvo el derecho del interesado a instar nuevamente el reconocimiento de su titulación, una vez que complete los requisitos establecidos en la citada normativa, conservándose en este Centro la ya aportada.

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